Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
BS411A - Subvenciones plurianuales a desarrollar por las corporaciones locales para la puesta en marcha de programas de ayudas económicas a familias con menores a cargo para la compensación de sus gastos farmacéuticos.
Se entienden incluidos en el punto anterior los ayuntamientos, agrupaciones de ayuntamientos o mancomunidades válidamente constituidas, así como las entidades resultantes de la fusión de municipios a que se refiere la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.
Asimismo, aquellos ayuntamientos que pertenezcan a una misma zona sin constituir mancomunidad a estos efectos y acuerden desarrollar el programa conjuntamente, podrán solicitar las ayudas que regula esta orden. En este supuesto, todos los ayuntamientos quedarán obligados solidariamente al cumplimiento de las obligaciones que deriven de la concesión de la subvención.
No obstante lo anterior, y en relación a aquellas solicitudes presentadas por cualquier forma de agrupación de ayuntamientos, quedarán expresamente excluidas aquellas solicitudes en las que no se acredite la realización conjunta del programa. A estos efectos, se considerará que no queda suficientemente acreditado este extremo cuando los usuarios participantes del programa estén empadronados en un único ayuntamiento de los integrantes de dicha agrupación.
En todo caso, la solicitud conjunta de subvención para el desarrollo de un servicio o programa excluye la posibilidad de solicitud individual para el mismo programa.
2. En cualquier caso las corporaciones locales solicitantes deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales y, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas, será requisito para la concesión de subvenciones que las entidades locales cumplieran el deber de remisión al Consejo de Cuentas de las cuentas generales de cada ejercicio.
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Xeral de Inclusión Social
Edificio Administrativo San Caetano. Edificio a Píramide
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544655
Fax: 981544634
Dirección Xeral de Inclusión Social
Orden de 12 de agosto de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a desarrollar por las corporaciones locales para la puesta en marcha de programas de ayudas económicas a familias con menores a cargo para la compensación de sus gastos farmacéuticos, y se procede a su convocatoria para los años 2016 y 2017 (DOG nº 161 del 26 de agosto de 2016).
Orden de 1 de diciembre de 2016 por la que se modifica la Orden de 12 de agosto de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones que desarrollarán las corporaciones locales para la puesta en marcha de programas de ayudas económicas a familias con menores a cargo para la compensación de sus gastos farmacéuticos, y se procede a su convocatoria para los años 2016 y 2017 (DOG nº 232 del 5 de diciembre de 2016).
Plazo de presentación: CERRADO
27/08/2016 00:00 - 26/09/2016 23:59
Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
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1. La solicitud (anexo) deberá ir acompañada, además, por la siguiente documentación:
a) Certificación de la entidad en que conste el acuerdo o resolución de la entidad local de solicitar la subvención y porcentaje de cofinanciación sobre el presupuesto total.
b) Para el caso de gestión compartida de servicios, deberán aportar el convenio donde se haga constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada ayuntamiento miembro de la agrupación. Tambien debe constar el representante o apoderado único con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación.
c) A los efectos establecidos en el artículo 3, las mancomunidades, consorcios o áreas metropolitanas, a efectos de acreditar la realización conjunta del programa, deberá presentar una memoria de actuación en la que conste una relación de posibles destinatarios en la que figure su empadronamiento actual.
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d) Memoria de ahorro de costes presentada por cualquier tipo de agrupación de ayuntamientos respecto de la presentación individual.
e) Capacidad de representación legal de la persona firmante de la solicitud en aquellos supuestos en que el firmante sea persona distinta de aquella que tenga el cargo de alcalde/sa, presidente/a de la entidad local o representante de la agrupación de ayuntamientos. En este caso únicamente se incluirá la copia del DNI o NIE de la persona representante en el caso de no autorizar su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad.
f) Declaración responsable firmada por el/la representante legal de la entidad en la cual se exprese que la corporación local está al corriente en las obligaciones tributarias y sociales y que no concurre ninguna de las restantes circunstancias a que se refiere el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio (anexo).
g) Declaración del conjunto de todas las ayudas solicitadas, concedidas o percibidas para la misma finalidad, de las distintas administraciones públicas o entes públicos o privados nacionales o internacionales o, en su caso, declaración de que no se solicitaron otras ayudas o subvenciones (anexo).
h) Número previsto de personas beneficiarias del programa y presupuesto necesario para el desarrollo del programa (anexo).
2. La documentación complementaria se podrá presentar electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente del formulario principal, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.
En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar por parte de la persona solicitante, de forma electrónica, superase los tamaños límites establecidos por la sede electrónica, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para ello, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaño máximo admitido en la documentación complementaria para cada procedimiento.
En la sede electrónica se encuentran publicados los formatos admitidos para la presentación de documentación. Si el solicitante desea presentar cualquier documentación en formatos no admitidos, podrá realizarlo de forma presencial a traves de cualquiera de los registros habilitados. La persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.
4. La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados electrónicamente accediendo a la Carpeta del ciudadano de la persona interesada o presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Catro meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas para inversión en la mejora de las infraestructuras y equipamiento de las escuelas infantiles 0-3 y Puntos de Atención a la Infancia (PAI) dependientes de corporaciones locales.
Ayudas económicas a las familias para la conciliación en situaciones puntuales y períodos de vacaciones escolares a través del programa Bono Concilia Familia.
Ayuda para la inversion en la mejora de las infraestructuras y del equipamiento de los centros de protección de menores dependientes de entidades de iniciativa social (cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020).
Plazas en residencias de tiempo libre.
Ayudas correspondientes al programa de impulso de escolarización en el primer ciclo de educación infantil con nuevas plazas de titularidad pública, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia.
Validación de las medidas municipales de conciliación de promoción autonómica.