Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR341L - Programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
- Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo (capítulo III).
La finalidad de este programa es favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral mediante su contratación en empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
El objeto de este programa es subvencionar a las entidades promotoras de proyectos de empleo con apoyo para financiar los costes laborales y de seguridad social derivados de la contratación de los preparadores y de las perparadoras laborales que lleven a cabo las acciones de empleo con apoyo.
a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual ó superior al 33 %.
b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 %.
c) Personas sordas y con discapacidad auditiva, con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.
2. Dichas personas trabajadoras deberán ser contratadas por una empresa del mercado ordinario de trabajo para ser empleadas efectivamente en la organización productiva de la empresa.
Las empresas tendrán derecho a los beneficios previstos en la normativa sobre contratación de personas trabajadoras con discapacidad en los términos establecidos en la misma, y en concreto, podrán solicitar las subvenciones del Programa de fomento de la contratación de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria, regulado en el capítulo II de esta orden.
3. Podrán ser personas destinatarias finales de este programa las señaladas en las letras a), b) y c) del apartado 1 de este artículo que, estando empleadas mediante un contrato de carácter indefinido, requieran el desarrollo de las acciones de empleo con apoyo previstas en el artículo 31 de esta orden, como consecuencia de una alteración de las condiciones de prestación de su trabajo o de su entorno laboral que produzcan agudos problemas de adaptación que amenacen la continuidad de su actividad productiva.
1. Los proyectos de empleo con apoyo deberán hacer constar, por lo menos, los siguientes extremos:
a) Identificación de la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad que van a recibir apoyo, así como su compromiso de contratación de dichas personas trabajadoras.
b) Identificación de la entidad promotora que va a llevar a cabo las acciones de empleo con apoyo a través de los preparadores y de las preparadoras laborales que tiene contratados o que va a contratar, en este caso, deberá expresar su compromiso de contratación.
c) Número de personas trabajadoras con discapacidad que van a recibir las acciones de empleo con apoyo, con indicación del tipo de discapacidad y grado de discapacidad, tipo y duración del contrato que se les va a formalizar y del centro o centros de trabajo en los que van a efectuar la prestación laboral, así como la descripción de cada uno de los puestos de trabajo.
d) Relación de los preparadores y de las preparadoras laborales que van a prestar el apoyo a las personas trabajadoras con discapacidad, con indicación del tipo y duración del contrato de trabajo formalizado o que van a formalizar con la entidad promotora del empleo con apoyo.
e) Descripción de la previsión de las acciones de empleo con apoyo que cada preparador o preparadora va a prestar a cada una de las personas trabajadoras con discapacidad que le corresponda atender, especificando la duración de dichas acciones y la distribución temporal prevista de las mismas.
f) Nombramiento, por parte de la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad que van a recibir apoyo, entre su personal, de la figura del coordinador o coordinadora del proyecto con apoyo, que desarrollará acciones para facilitar las relaciones entre las personas con discapacidad, los preparadores y las preparadoras laborales y el personal de la empresa, así como el seguimiento y evaluación por parte de la empresa.
g) Convenio o convenios de colaboración a que se refiere al artículo 35, en caso de que la entidad promotora sea distinta de la empresa que contrata las personas trabajadoras con discapacidad.
2. Las acciones de empleo con apoyo se desarrollarán en el marco de proyecto de empleo con apoyo que, a efectos de esta orden, tendrán una duración máxima de un año, prorrogable hasta otro año más.
No obstante, en el caso de personas trabajadoras con el tipo y grado de discapacidad establecido en el artículo 32, número 1. letra a), el plazo máximo de dos años podrá ampliarse hasta seis meses más, siempre y cuando se detecten situaciones de especial dificultad que exijan necesidades específicas de apoyo.
3. Las acciones de empleo con apoyo que tengan por personas destinatarias finales las recogidas en el supuesto señalado en el artículo 32, número 3 de esta orden, podrán desarrollarse en proyectos de empleo con apoyo con una duración entre uno y seis meses.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Dirección Xeral de Traballo Autónomo e Economía Social
Subdirección Xeral de Economía Social
Servizo de Fomento do Emprego en Economía Social
Edificio Administrativo San Lázaro S/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544682 / 981544716
Fax: 981544678
Servizo de Fomento do Emprego en Economía Social
Orden de 13 de julio de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria y del Programa de empleo con apoyo como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y se procede a su convocatoria para el año 2015 (DOG nº 137 del 22 de julio de 2015).
Orden de 13 de enero de 2016 por la que se publican los anexos de la Orden de 29 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria y del Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y se procede a su convocatoria para el año 2016 (DOG nº 16 del 26 de enero de 2016).
Corrección de errores. Orden de 29 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria, y del Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y se procede a su convocatoria para el año 2016 (DOG nº 226 del 25 de noviembre de 2016).
Orden de 1 de diciembre de 2016 por la que se hace pública la ampliación de la dotación presupuestaria para la concesión de las ayudas establecidas en la Orden de 29 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria y del Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y se procede a su convocatoria para el año 2016 (DOG nº 233 del 7 de diciembre de 2016).
Resolución de 2 de febrero de 2018, de la Secretaría General de Empleo, por la que se da publicidad de las ayudas concedidas al amparo de la Orden de 29 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria y del Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y se procede a su convocatoria para el año 2016 (Diario Oficial de Galicia número 248, de 30 de diciembre de 2015) (DOG nº 38 del 22 de febrero de 2018).
Plazo de presentación: CERRADO
27/01/2016 00:00 - 26/02/2016 23:59
Un mes, contado a partir del día seguiente al de la publicación de la Orden de 13 de enero de 2016 en el Diario Oficial de Galicia.
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Las solicitudes deberán presentarse en los modelos normalizados que figuran como anexos numericos a la orden y deberán ir acompañadas del original o copia compulsada o debidamente cotejada de la siguiente documentación:
a) Solicitude en el modelo anexo IV-B (procedimiento TR341L) que incluirá la declaración comprensiva del conjunto de todas las solicitudes efectuadas o concedidas, para el mismo proyecto o actividad, de las administraciones públicas competentes u otros entes públicos, o, en su caso, una declaración de que no solicitó ni percibió otras ayudas o subvenciones.
b) DNI o NIE de la persona solicitante o representante de la entidad en caso de no prestar la autorización, en el modelo de la solicitud, a la Consellería de Economía, Empleo e Industria para la consulta de los datos en el Sistema de verificación de datos de identidad.
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c) Si el solicitante es persona jurídica, poder suficiente de la persona representante para actuar en nombre de la entidad.
d) Documento constitutivo de la entidad promotora del proyecto de empleo con apoyo y sus posibles modificaciones, junto con los estatutos sociales.
e) Documentos acreditativos de la inscripción de la entidad en el registro correspondiente.
f) Memoria que permita valorar la competencia, experiencia y capacidad de la entidad promotora, con indicación de los recursos materiales de que disponen para desarrollar las actuaciones por las que se solicita subvención.
g) Currículum vitae de los preparadores o preparadoras laborales, junto con los documentos que acrediten su formación y experiencia profesional para la realización de las acciones de empleo con apoyo. En caso de tener formalizada la contratación, contratos de trabajo.
h) Certificación de gastos relativos a los costes salariales y de seguridad social a cargo de la entidad promotora de los preparadores y de las preparadoras laborales, en función de la duración del apoyo y de la jornada realizada, referido al período por el que se solicita la subvención, según el modelo del anexo VII-B, (deberá presentarse un anexo por cada preparador o preparadora). Se adjuntarán copias de las nóminas y de los documentos de transferencia bancaria que justifiquen su pago, correspondientes a las mensualidades ya abonadas en la fecha de la solicitud.
i) TC-2 y documento de ingreso de la cotización a la Seguridad Social, correspondientes a los meses por los que se solicita la subvención ya ingresados, conforme a las normas de la Seguridad Social, en la fecha de la solicitud.
j) Copia del proyecto de empleo con apoyo, que incluirá las acciones a desarrollar, según lo previsto en el artículo 31 de esta orden, así como los requisitos y duración, establecidos en el artículo 34, y recogerá los objetivos, recursos, presupuesto, fases de implantación y sistemas de evaluación de los resultados. Deberá indicarse expresamente si se trata de la solicitud de prórroga de un proyecto de empleo con apoyo conforme a lo previsto en el artículo 34, número 2.
k) Relación nominal de los trabajadores y de las trabajadoras con discapacidad que van a recibir las acciones de empleo con apoyo, con indicación del tipo y grado de discapacidad, del tipo, duración y jornada del contrato formalizado o que se les va a formalizar y del centro o centros de trabajo en los que efectúan o van a efectuar la prestación laboral (según el modelo del anexo V-B).
l) En el caso de estar formalizada la contratación, contratos de trabajo de los trabajadores y trabajadoras con discapacidad.
m) Descripción de cada uno de los puestos de trabajo que van a ocupar por los trabajadores o trabajadoras con discapacidad (según el modelo del anexo VIII) o cualquier otro que, respetando el contenido mínimo del mismo, quiera presentar la persona o entidad solicitante.
n) Relación nominal de los preparadores y preparadoras laborales que prestan o van a prestar el apoyo a las personas trabajadoras con discapacidad, con indicación del tipo, duración y jornada del contrato de trabajo formalizado, o que van a formalizar con la entidad promotora de empleo con apoyo, en cuyo caso deberá expresar su compromiso de contratación (según el modelo del anexo VI-B).
ñ) Descripción detallada de las acciones de empleo con apoyo que cada preparador o preparadora va a prestar a cada una de las personas trabajadoras con discapacidad que le corresponda atender, especificando la duración de dichas acciones y la distribución temporal prevista de estas. Se añadirá un cronograma con los apoyos realizados o a realizar en el total del período a subvencionar de 1 de octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2016.
o) En su caso, acreditación de las circunstancias que requieran la prestación de las acciones de empleo con apoyo a las personas con discapacidad en el supuesto de una alteración de las condiciones de la prestación de su trabajo, o de su entorno laboral que produzcan agudos problemas de adaptación que amenacen la continuidad de su actividad productiva.
p) En su caso, acreditación del pago de los gastos en concepto de desplazamiento en las nóminas de los preparadores o preparadoras laborales, junto con una declaración firmada por la entidad y el preparador o la preparadora laboral, relativa a los costes reales abonados, relacionando los desplazamientos a los ayuntamientos por los que se solicita la subvención.
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Las solicitudes de ayudas y subvenciones se dirigirán al órgano competente para resolver, y deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de acuerdo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio de acceso electronico de los ciudadanos a los servicios públicos y 24 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes por vía electrónica será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia de la persona solicitante o de la persona representante que actúe con poder suficiente.
Tambien se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en los registros de la Xunta de Galicia o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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La documentación complementaria se podrá presentar electronicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en los artículos 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.
La documentación tambien podrá presentarse en formato papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Las copias de los documentos gozarán de la misma validez y eficacia que los originales siempre que exista constancia de que sean autenticas.
En caso de que alguno de los documentos que se van presentar de forma electrónica por parte de la persona solicitante o representante, superase los tamaños límites establecidos por la sede electrónica, se permitirá la presentación de estos de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para eso, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaños máximos admitidos de la documentación complementaria para cada procedimiento.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitude, la persoa interesada o representante deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código de registro.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comunmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
- Solicitud
- Anexo IV-B
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Promoción del empleo autónomo.
Programa de ayudas a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo.