Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
MT411A - Ayudas a entidades locales para la asistencia técnica en la elaboración de estrategias de sostenibilidad ambiental.
Actuaciones subvencionables.
1. Serán subvencionables los trabajos de asistencia técnica para la elaboración de estrategias de sostenibilidad ambiental que propongan las entidades locales en materia de adaptación al cambio climático, entendiendo por tales, aquellas que contribuyan a mejorar el comportamiento de las entidades locales frente al cambio climático, en base al estado ambiental actual (energía, residuos, sectores productivos, ecosistemas singulares, ciudadanía), y que ayuden a la definición de las mejores opciones de adaptación al cambio climático.
2. Las entidades solicitantes podrán subcontratar la totalidad o parte de la realización de la actividad subvencionada en los términos del artículo 27 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia.
Gastos subvencionables.
1. Tendrán la consideración de gastos subvencionables los costes realizados relacionados directamente con la actuación para la que se solicita la ayuda.
2. No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes:
- Los gastos realizados fuera del plazo de ejecución establecido para el desarrollo de la actuación objeto de subvención.
- Los gastos no justificados correctamente o que no sean objeto de subvención, así como los gastos no imputables a la inversión.
- Ningún gasto propio de la entidad solicitante tales como los gastos de personal de la misma (tanto propio como contratado), gastos de mantenimiento y explotación (alquiler, comunidad, seguros, reparación y conservación del local y mobiliario de la oficina ...), gastos de suministro como servicio de telecomunicación (teléfono, fax e internet), servicio de Correos, material de oficina, electricidad, agua y limpieza...
- El IVA (impuesto sobre el valor añadido), excepto cuando no sea recuperable. Los ayuntamientos y demás entidades de derecho público no tienen la consideración de sujeto pasivo, en los términos previstos en el artículo 13, apartado 1, de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, por lo que el IVA soportado por éstos se considerará subvencionable.
- Las tasas de cualquier tipo, así como los gastos financieros.
- Así como todos aquellos gastos que figuren en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, como no subvencionables.
Obligaciones de los beneficiarios.
1. Las actuaciones subvencionadas deberán tener su inicio a partir del día 1 de enero de 2016 y estar finalizadas, como máximo, el 30 de noviembre de 2016.
2. Según lo establecido en el Artículo 15, apartado 3º, de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, toda actividad o material (incluido el que se difunda de manera electrónica o empleando medios audiovisuales) que se realice contando con financiación obtenida a partir de estas ayudas deberá incluir expresamente la colaboración de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, así como la imagen de la identidad corporativa de este departamento de acuerdo con las normas gráficas aprobadas al efecto y que se pueden consultar en la dirección web:
http://www.xunta.es/identidade-corporativa/composicion-con-presidencia-e-consellerias
3. Al tratarse de subvenciones cofinanciadas con fondos estructurales de la Unión Europea, en relación con la publicidad de la financiación, de conformidad con lo previsto en el anexo XII, número 2.2, del Reglamento (UE) nº 1303/2013, el beneficiario deberá:
a) Reconocer el apoyo del Feder a la operación, mostrando en todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo el emblema de la Unión, así como una referencia al Feder que da apoyo a la operación.
b) Durante la realización del proyecto el beneficiario informará al público del apoyo obtenido del Feder:
i. Haciendo una breve descripción en su sitio de internet, en caso de que disponga de uno, de la actuación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión;
ii. Colocando, por lo menos, un cartel con información sobre la actuación (de un tamaño mínimo A3), en el que se mencionará la ayuda financiera de la Unión, en un lugar visible para el público. Se elaborarán de acuerdo con las características técnicas adoptadas por la Comisión en el Reglamento de ejecución (UE) nº 821/2014 de la Comisión, de 28 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1303/2013.
La Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio facilitará modelos a los beneficiarios a través de su página web.
4. Ceder, con carácter gratuito y no exclusivo, a la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el derecho de utilización de la información técnica, gráfica o de otro tipo contenida en la documentación presentada, así como la resultante de la realización de la actuación subvencionada, para su uso e incorporación en los sistemas de información de este departamento autonómico.
- Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones que se les exige en el artículo 11 de la Ley 9/2007.
- Ninguna entidad solicitante podrá presentar o figurar en más de una solicitud de subvención, ya sea individualmente o de manera agrupada.
Xunta de Galicia
Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático
Dirección Xeral de Calidade Ambiental e Sostibilidade
Servizo de Xestión Económica e Orzamentaria
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981541743
Fax: 981541750
Servizo de Xestión Económica e Orzamentaria
Orden de 26 de abril de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la asistencia técnica en la elaboración de estrategias de sostenibilidad ambiental con la finalidad de integrar la adaptación al cambio climático en la gestión y planificación públicas, y se hace pública su convocatoria para el año 2016, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (DOG nº 84 del 3 de mayo de 2016).
Orden de 26 de mayo de 2016 por la que se modifica el plazo de presentación de solicitudes previsto en la Orden de 26 de abril de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la asistencia técnica en la elaboración de estrategias de sostenibilidad ambiental con la finalidad de integrar la adaptación al cambio climático en la gestión y planificación públicas, y se hace pública su convocatoria para el año 2016, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (DOG nº 104 del 2 de junio de 2016).
Plazo de presentación: CERRADO
04/05/2016 00:00 - 21/06/2016 23:59
Según la Orden de 26 de mayo de 2016, se amplía el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda hasta el 21 de junio, incluido.
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Junto con la solicitud se deberá presentar, además de la documentación tecnica señalada en el artículo 7 de esta Orden, la generica que se relaciona a continuación:
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a) Certificación del secretario o secretaria del ayuntamiento en la que consten los siguientes extremos:
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El acuerdo adoptado por el órgano competente de la entidad local por el cual se aprueba su participación en esta convocatoria de ayuda.
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La representación que desempeña la persona que firma la solicitud.
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b) Tratándose de solicitudes presentadas por un ayuntamiento para una agrupación de ellos, deberá aportarse un documento firmado por el secretario o secretaria de cada una de las entidades participantes, por el que se autorice al solicitante a actuar en el nombre de su ayuntamiento en la presente convocatoria.
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c) En el caso de presentarse la solicitud por una agrupación de ayuntamientos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, deberán hacerse constar en aquella los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención que se va a aplicar por cada uno de ellos.
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d) Acreditación de que la entidad local cumplió su deber de remisión de las cuentas generales de cada ejercicio al Consejo de Cuentas. En el caso de las agrupaciones deberán acreditar este requisito todos los ayuntamientos que la forman.
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e) Declaración responsable firmada por el representante legal de cada miembro del proyecto de tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir los objetivos del proyecto para el cual se conceda la ayuda.
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f) Asimismo, además de lo señalado con anterioridad, la entidad solicitante deberá remitir cualquier otra documentación que considere oportuna.
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Documentación tecnica relativa a la actuación objeto de la solicitud
Junto con la documentación establecida en el artículo 6 de esta Orden, se deberá remitir una memoria motivada de la conveniencia y utilidad de elaborar una estrategia de sostenibilidad ambiental en el ámbito local al que represente/n la/las entidad/es solicitante/s, que deberá cumplir los siguientes puntos:
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No podrá superar las 10 páginas de extensión.
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Incluirá la información tecnica oportuna en relación con los datos y extremos que a continuación se señalan.
Contenido de la memoria explicativa:
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1) Denominación y breve descripción de la actuación objeto de la solicitud.
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2) Enumeración y concreción de los motivos para la elaboración de la estrategia, en base a las características y potencialidades (sociales, territoriales, ambientales, económicas, etc.) de la/las entidad/es local/es solicitante/s.
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3) Objetivos perseguidos y destinatarios, con especificación de la población total beneficiada por la elaboración de la estrategia de sostenibilidad. Será preciso en este punto hacer referencia a las potenciales mejoras o beneficios ambientales que se pretenden con la elaboración de la estrategia.
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4) Si procede, y de forma detallada, las medidas de participación pública que se preven para la elaboración (y desarrollo) de la estrategia de sostenibilidad ambiental.
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5) Cronograma y duración de la elaboración de la estrategia, teniendo en cuenta el plazo límite establecido en el artículo 19.
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6) Presupuesto detallado del coste de elaboración de la estrategia.
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7) Financiación (importe total de la actuación solicitada, fuentes y porcentaje de subvención que se solicita sobre el coste total, en su caso).
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8) Cualquier otra información que se considere de interes.
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La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24.2 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.es/chave365).
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Será admisible una única solicitud por entidad. Además, una misma entidad no puede figurar simultáneamente en una solicitud individual y en una agrupada.
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La documentación complementaria se presentará electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para la comparación de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en los artículos 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, la persona interesada o representante deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.
En caso de que alguno de los documentos que va a presentar de forma electrónica la persona solicitante o representante superase los tamaños límite establecidos por la sede electrónica, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para ello, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaño máximo admitido de la documentación complementaria para cada procedimiento.
En la sede electrónica se encuentran publicados los formatos admitidos para la presentación de documentación. Si el solicitante desea presentar cualquier documentación en formatos no admitidos, podrá realizarlo de forma presencial a traves de cualquiera de los registros habilitados. La persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
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En el plazo de presentación de solicitudes, se entenderá cómo último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Concesión del distintivo Bandera Verde de Galicia.
Programa de ayudas para actuaciones de corrección de impactos paisajísticos destinadas a ayuntamientos de Galicia.
Subvenciones a entidades locales gallegas para la financiación de actuaciones en materia de residuos de competencia municipal. Fondos de recuperación y resiliencia
Subvenciones a entidades locales gallegas para la financiación de actuaciones destinadas a la mejora de la gestión de los biorresiduos. Fondos de recuperación y resiliencia.