Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
SA648A - Certificado técnico-sanitario de vehículos de transporte sanitario.
El objeto del presente decreto es regular :
a) El transporte sanitario terrestre que transcurra íntegramente en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Las características técnicas, equipamiento sanitario y dotación de personal, de los vehículos de transporte sanitario por carretera.
c) Las certificaciones técnico-sanitarias de los vehículos de transporte sanitario por carretera.
d) Los requisitos mínimos de formación del personal que preste servicios en vehículos de transporte sanitario.
e) El procedimiento de expedición de certificaciones en los supuestos de habilitación por experiencia profesional acreditada.
f) El régimen jurídico del Registro de Transporte Sanitario.
Obligatoriedad .
1. Los vehículos de transporte sanitario a que se refiere el presente decreto deberán contar con la correspondiente certificación técnico-sanitaria, expedida por la jefatura territorial de la consellería competente en materia de sanidad, teniendo en cuenta el lugar en el que se domicilie la autorización de transporte sanitario en la que pretendan ampararse.
2. Para la expedición de dicha certificación, los vehículos deberán reunir las características técnicas y las dotaciones previstas en este decreto. Las certificaciones estarán referidas a un vehículo concreto, y deberán presentarse en el momento de la inspección del vehículo en la entidad concesionaria de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
3. Dicha certificación no exime ni sustituye la obtención de otras autorizaciones o permisos, para cuyo otorgamiento sean competentes otras consellerías de la Xunta de Galicia, u otras administraciones, según lo previsto en la normativa vigente en materia de transporte.
Expedición de las certificaciones técnico-sanitarias .
1. Las certificaciones otorgadas se documentarán mediante la expedición de un certificado en el que conste:
a) Titularidad y domicilio indicado en el permiso de circulación del vehículo.
b) Matrícula.
c) Número de bastidor.
d) Clase y antigüedad del vehículo.
e) Fecha de expedición y renovación de la certificación técnico-sanitaria.
2. La certificación técnico-sanitaria deberá ir, en todo momento, junto con la documentación del vehículo.
3. El órgano concedente remitirá copia de las certificaciones técnico-sanitarias expedidas al Registro de Transporte Sanitario.
Vigencia y renovación .
1. Las certificaciones técnico-sanitarias se otorgarán por un plazo de duración de dos años para vehículos nuevos y anual a partir del segundo año de antigüedad, hasta los 10 años que fija como antigüedad máxima el artículo 32.a) de la Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, que desarrolla el Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres en materia de transporte sanitario por carretera.
2. Con independencia de la duración de la certificación, el órgano competente para su otorgamiento podrá, cuando lo estime oportuno, comprobar el cumplimiento de las condiciones que lo justificaron y proceder a las inspecciones pertinentes.
3. Los/las titulares de vehículos de transporte sanitario deberán solicitar la renovación de la certificación técnico-sanitaria correspondiente a cada uno de estos con, por lo menos, un mes de antelación al final del plazo de vigencia de la anterior, aportando a tal efecto la documentación prevista para la solicitud de otorgamiento de la certificación.
La renovación se podrá solicitar mientras el vehículo no cumpla el plazo de antigüedad máxima indicado en el párrafo 1 del artículo 12 de este Decreto.
4. De no solicitarse la renovación en plazo, la certificación perderá su validez.
Los propietarios de vehículo destinado a realizar desplazamientos de personas enfermas, accidentadas, o por otra razón sanitaria.
Para la obtención de la certificación técnico-sanitaria será necesario acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos :
a) El vehículo deberá estar matriculado y habilitado para circular y no podrá superar la antigüedad de 10 años, contados desde su primera matriculación.
b) Deberá encontrarse vigente la última inspección técnica periódica que, según las normas vigentes en materia de industria, legalmente corresponda realizar en relación con el vehículo.
c) El vehículo deberá cumplir las condiciones técnico-sanitarias que para cada clase de vehículo se exigen en el presente decreto y en el Real decreto 836/2012, de 25 de mayo.
d) La empresa certificará que disponen del personal adecuado y con la cualificación o habilitación que, según lo especificado en el Real decreto 836/2012, de 25 de mayo, y en el presente decreto o normativa que lo desarrolle, resulten necesarias para el servicio del tipo de vehículo de que se trate, aportando la documentación justificativa de estos requisitos.
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Dirección Territorial da Consellería de Sanidade de A Coruña
Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de A Coruña
R/ Durán Loriga, 3
15003 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981155817/ 981155823
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Dirección Territorial da Consellería de Sanidade de Lugo
Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de Lugo
Montevideo, 9
27001 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982292107
Fax: 982292115
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Dirección Territorial da Consellería de Sanidade de Ourense
Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de Ourense
Avda. Zamora, 13
32071 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988066321
Fax: 988386302
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Dirección Territorial da Consellería de Sanidade de Pontevedra
Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de Pontevedra
Fernández Ladrera, nº 43, 1º
36071 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986885880
Fax: 986814186
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Dirección Territorial da Consellería de Sanidade de Pontevedra
Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de Pontevedra
Sección de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria (Vigo)
Concepción Arenal, 8
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817624
Fax: 986817627
Dirección da Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia - 061
Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera (BOE nº 180 del 29 de julio de 2013).
Real Decreto 22/2014, de 17 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera (BOE nº 22 de 25 de enero de 2014).
Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera (BOE nº 137 de 8 de junio de 2012).
Decreto 52/2015, de 5 de marzo, por el que se regula el transporte sanitario (DOG nº 69 del 14 de abril de 2015).
Corrección de errores. Decreto 52/2015, de 5 de marzo, por el que se regula el transporte sanitario (DOG nº 73 del 20 de abril de 2015).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
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Solicitud según el Anexo III.
Documentación que se presenta o se declara estar en poder de la administración actuante.
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Escritura de constitución, en el caso de personas jurídicas.
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Documento acreditativo de la representación que ostente, en el caso de personas jurídicas.
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Justificación del pago de la tasa
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Permiso de circulación del vehículo al que se pretenda referir la certificación, en el que conste como destino del vehículo la actividade de transporte sanitario
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Ficha de inspección técnica del vehículo, en la que figure encontrarse vigente el reconocimiento periódico legalmente establecido.
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Memoria referida al vehículo.
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En caso de disponer de humidificadores no desechables , deberá acreditarse el cumplimiento de las medidas de prevención da legionelosis
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En caso de disponer de desfibrilador semiautomático externo, se aportará certificación de la Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia 061 del cumplimiento de los requisitos previstos.
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En caso de ambulancias asistenciales,se aportará la documentación acreditativa de la adaptación a la normativa vigente en materia de gestión de residuos, de la dispoñibilidad de dotación de fármacos para subministrar únicamente cuando dispongan de personal sanitario capacitado, así como el protocolo de esterilización del material sanitario que lo precise.
Documentación de entidades titulares de vehiculos de transporte sanitario público.
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Licencia de apertura del local, en su caso.
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Relación del parque móvil disponible.
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Justificación de la disposición de los medios que permitan la inmediata localización las 24 horas del día.
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Tener un local abierto al público con nombre o título registrado, en poblaciones de más de 20.000 habitantes.
Comprobación de datos.
Lo s documentos relacionados serán ob jeto de consulta a las administraci one s públicas. En el caso de que l as perso n as interesadas se opo ngan a esta consulta, deberán indica r lo y aportar una copia d e l os documentos.
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DNI/NIE de la persona solicitante.
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DNI/NIE de la persona representante.
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NIF de la entidad solicitante.
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Alta en el impuesto de actividades económicas (IAE) que obran en poder de la AEAT.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Devolución de las tasas de derechos de examen de las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera.
Recurso en materia de movilidad.