Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
FA006A - Punto general de entrada de facturas electrónicas y el Registro Contable de Facturas de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Lo previsto en la presente orden será de aplicación:
a) A la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) A los organismos autónomos.
c) A las agencias públicas autonómicas.
d) A los consorcios autonómicos.
e) Al resto de entidades dependientes de la Xunta de Galicia en las que concurran las circunstancias a las que hace referencia el artículo 3.2 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por el Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
- Todos los proveedores que entregasen bienes o prestasen servicios a cualquiera de las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden podrán expedir y remitir factura electrónica.
- En todo caso, estarán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del Punto general de entrada las entidades siguientes:
a) Sociedades anónimas.
b) Sociedades de responsabilidad limitada.
c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.
e) Uniones temporales de empresas.
f) Agrupaciones de interés económico, agrupaciones de interés económico europeas, fondos de pensiones, fondos de capital riesgo, fondos de inversiones, fondos de utilización de activos, fondos de regularización del mercado hipotecario, fondos de titulización hipotecaria o fondos de garantía de inversiones.
- No obstante, quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica las facturas de importe igual o inferior a 5.000,00 euros y las emitidas por los proveedores de servicios prestados en el exterior.
Todas las facturas electrónicas emitidas contra cualquiera de las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden se presentarán en el Sistema Electrónico de Facturación de la Xunta de Galicia (SEF).
La recepción de la factura en el Punto general de entrada de facturas electrónicas y su anotación en el Registro Contable de Facturas tendrá únicamente los efectos que, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se deriven de su presentación en un registro administrativo.
La presentación de estas facturas producirá un envío automático de las mismas al Registro Contable de Facturas que, en tiempo real, asignará un número de asiento registral único. El número servirá para identificar de manera unívoca cada una de las facturas presentadas y permitirá identificar a la entidad receptora de las mismas y el año de presentación de la factura.
El SEF proporcionará al presentador un acuse de recibo electrónico en el que constará, cuando menos, la fecha y hora de la presentación, el órgano gestor destinatario y el número de asiento registral de la factura. Asimismo, incluirá un código seguro de verificación que permita en cualquier momento validar ante el sistema la exactitud del documento.
Una vez emitido el acuse de recibo electrónico al que se refiere el párrafo anterior, el SEF pondrá la factura a disposición del órgano gestor destinatario de la misma para su tramitación.
2. PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE FACTURAS EN SOPORTE PAPEL.
1. Las facturas emitidas en soporte papel contra alguna de las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden deberán presentarse ante un registro administrativo en los términos previstos en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
2. El registro administrativo informará electrónicamente al Sistema Electrónico de Facturación de la Xunta de Galicia (SEF) acerca de la entrada de la factura, indicando, como mínimo, la fecha de entrada, el número de registro de entrada en el registro administrativo y el órgano gestor al que va dirigida. Junto con los datos anteriores, se remitirá una copia digitalizada de las facturas presentadas.
Cada factura debe ir en un número de entrada único. En el caso de que en el mismo acto se presenten varias facturas ante el registro administrativo, este registro proporcionará un número de entrada diferente para cada una de las facturas.
La recepción por el SEF de la información a la que se refiere este punto producirá un envío automático al Registro Contable de Facturas que, en tiempo real, asignará un número de asiento registral único. El número servirá para identificar de manera unívoca cada una de las facturas presentadas y permitirá identificar a la entidad receptora de las mismas y el año de presentación de la factura.
Una vez realizada la anotación en el Registro Contable de Facturas, el SEF pondrá la información relativa a la factura a disposición del órgano gestor destinatario de la misma para su tramitación.
3. El registro administrativo remitirá el original de la factura en soporte papel al órgano gestor destinatario de la misma, que procederá a su tramitación.
A la recepción del original en papel, el órgano gestor completará en el SEF los datos relativos a la factura a partir de los datos de entrada en el registro administrativo que figuren en el sistema.
El órgano gestor podrá ir avanzando en la captura de los datos y en la tramitación de la factura a la vista de la copia digitalizada que figura en el sistema. Cuando la copia digitalizada hubiese sido realizada en los términos previstos en el artículo 30 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, el órgano gestor podrá proceder a la tramitación de la factura sin esperar a la recepción física del original en soporte papel. No será necesario remitir la factura en soporte papel en el caso de que el proceso de digitalización en la oficina de registro dé lugar a una copia auténtica en soporte electrónico a partir del documento en papel.
Cuando el órgano gestor receptor de las facturas observe que figuran varias facturas asociadas a un mismo número de entrada o que la factura corresponde a otras administraciones públicas, procederá a devolver la factura al registro administrativo de procedencia con indicación de la causa de dicho rechazo, a efectos de su correcta tramitación.
4. La Intervención General de la Comunidad autónoma determinará el contenido que con carácter obligatorio deba ser trasladado al SEF. La información de cada factura debe incluir, como mínimo, los datos siguientes:
a) Fecha de expedición de la factura.
b) Fecha de presentación de la factura en el registro administrativo.
c) Número de identificación fiscal o número de identificación equivalente del expedidor de la factura.
d) Nombre, apellidos y razón o denominación social completa del obligado a expedir factura.
e) Número de factura y, en su caso, serie.
f) Importe total de la factura, incluyendo el IVA.
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Intervención Xeral da Comunidade Autónoma
Edificio Administrativo San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Axencia para a Modernización Tecnolóxica de Galicia (AMTEGA)
Rúa Domingo Fontán, 9
15702 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981541300
Fax: 981541614
Intervención Xeral da Comunidade Autónoma
Orden de 26 de febrero de 2015 por la que se regulan el Punto general de entrada de facturas electrónicas y el Registro Contable de Facturas de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 50 del 13 de marzo de 2015).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
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