Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR349I - Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial de personas jóvenes inscritas en el sistema nacional de garantía juvenil.
- Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial de las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil.
En el caso de sociedades civiles, comunidades de bienes y Uniones Temporales de Empresas deberá hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención que se va a aplicar para cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiario. En cualquier caso, deberán nombrar una persona representante o apoderada única de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir los obligaciones que, como beneficiaria, le correspondan a la agrupación. En el supuesto de Uniones Temporales de Empresas cada empresa que forme parte de esta unión deberá reunir los requisitos exigidos para acceder a las ayudas.
2. Como consecuencia de la contratación indefinida inicial por la que se solicita subvención tiene que incrementarse la plantilla fija de la empresa, en el ámbito territorial de Galicia, respeto al mes anterior al mes de realización de la contratación por la que se solicita subvención.
3. Como consecuencia de la contratación indefinida que se fomenta tiene que incrementarse el empleo neto de la empresa en el ámbito territorial de Galicia, respeto al mes anterior al mes de realización de la contratación por la que se solicita subvención.
4. Para el cálculo del incremento de la plantilla fija y neta no se computarán a las personas trabajadoras fijas cuyo contrato de trabajo se extinga por causas objetivas o por despido disciplinario que no sean declarados improcedentes o cuyas bajas se produjeran por dimisión de la persona trabajadora o por muerte, jubilación, incapacidad permanente total o absoluta o grande invalidez legalmente reconocidas o por resolución durante el período de prueba.
En el supuesto de que en el mes anterior a la contratación por la que se solicita la subvención coincida con períodos de inactividad de personas trabajadoras fijas-discontinuas, estas se computarán como personal fijo.
5. La jornada de la contratación indefinida inicial a tiempo parcial deberá ser como mínimo del 50 % de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, de la jornada máxima legal.
6. Las contrataciones por las que se solicita subvención deberán formalizarse y comunicarse a la oficina pública de empleo en la forma reglamentariamente establecida.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Dirección Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración da Coruña
Servizo de Emprego, Relacións Laborais, Traballo Autónomo e Economía Social da Coruña
Avda. Salvador de Madariaga, 9-1º
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 881881586 / 881881583
Fax: 881881581
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Dirección Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración de Lugo
Servizo de Emprego, Relacións Laborais, Traballo Autónomo e Economía Social de Lugo
Ronda da Muralla, nº 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294274
Fax: 982294358
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Dirección Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración de Ourense
Servizo de Emprego, Relacións Laborais, Traballo Autónomo e Economía Social de Ourense
Avda. da Habana, 79, 7º
32004 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386825
Fax: 988386770
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Dirección Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración de Pontevedra (Vigo)
Servizo de Emprego, Relacións Laborais, Traballo Autónomo e Economía Social de Vigo
Rúa Concepción Arenal, nº 8
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817076
Fax: 986817010
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Orden de 29 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos a la contratación de las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2016 (DOG nº 248 del 30 de diciembre de 2015).
Orden de 13 de enero de 2016 por la que se publican los anexos de la Orden de 29 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos a la contratación de las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2016 (DOG nº 15 del 25 de enero de 2016).
Resolución de 17 de enero de 2018, de la Secretaría General de Empleo, por la que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo de la Orden de 29 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de incentivos a la contratación de las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2016 (Diario Oficial de Galicia número 248, de 30 de diciembre de 2015) (DOG nº 23 del 1 de febrero de 2018).
Plazo de presentación: CERRADO
31/12/2015 00:00 - 30/09/2016 23:59
Comenzará al día siguiente de la publicación de la presente orden y finalizará el 30 de septiembre de 2016.
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Las solicitudes deberán presentarse en el modelo normalizado que figura como anexo I-A, junto con la siguiente documentación, original o copia compulsada o cotejada:
1. En el caso de no presentar la autorización para la consulta de los datos de identidad de la persona solicitante y/o de la persona representante de la entidad en el Sistema de verificación de datos de identidad, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 255/2008, de 23 de octubre, copia del DNI o del NIE.
Si el solicitante es persona jurídica, NIF de la empresa en caso de que se deniegue expresamente su consulta a traves del servicio de interoperabilidad correspondiente, y poder suficiente para actuar en nombre de la entidad.
2. Declaración de la plantilla, neta y fija, de todos los centros de trabajo de la empresa en Galicia en el mes anterior al mes de inicio de la relación laboral de la persona trabajadora contratada por la que se solicita subvención (anexo I-B).
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3. Relación nominal de las personas trabajadoras por las que se solicita subvención en la que se incluyan los costes salariales anuales de cada persona trabajadora por la que se solicita subvención (anexo I-C) y la nómina del mes de contratación.
4. Documentos TC2 correspondientes a la mensualidad anterior al mes de realización de la contratación y, en su caso, documentos TC2 correspondientes a la mensualidad de la contratación objeto de solicitud de subvención.
En su caso, documentos acreditativos de las bajas previstas en el artículo 20.4 de esta orden.
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De no aportarse con anterioridad, el pago de las subvenciones quedará condicionado a la presentación de la documentación justificativa para el pago en el plazo, en los terminos y en el modo establecido en la resolución de concesión, o en su caso, hasta el 20 de diciembre de 2016. Excepcionalmente y por causas debidamente justificadas el órgano concedente podrá otorgar una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación que no exceda de la mitad de este. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a las personas o entidades beneficiarias.
La documentación a presentar es la siguiente:
a) Documento TC2 correspondiente a la mensualidad de la contratación objeto de subvención.
b) Cumplimiento por parte de la empresa del deber de informar a las personas trabajadoras acerca de la financiación comunitaria de la subvención de sus contratos, según el modelo del anexo I-E.
c) Declaración complementaria de la presentada con la solicitud, del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, para la misma finalidad de las distintas administraciones públicas competentes u otros entes públicos o, en su caso, una declaración de que no solicitó ni percibió otras ayudas o subvenciones, según el modelo del anexo I-D.
d) Documentación acreditativa del cumplimiento de los obligaciones de información y publicidad a las que se refiere el artículo 14.2.la) de esta orden.
e) Información de los indicadores de ejecución sobre las entidades y los participantes a los que se refieren los anexos I e II del Reglamento (UE) número 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de septiembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo, de acuerdo con el modelo que estará disponible en la página web del Programa de Garantía Juvenil (http://garantiaxuvenil.xunta.es).
f) Declaración responsable de que posee la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.
g) En su caso, extracto del balance provisional contable de la entidad beneficiaria, firmado y sellado, que permita verificar la contabilidad separada de los gastos subvencionados y de la subvención concedida. Los documentos contables que se aporten deben incluir las cuentas o las subcuentas en que se contabilizaron los gastos imputados, las fechas y los números de los asientos contables, y la indicación especifica de su cofinanciación por el Fondo Social Europeo. Estos documentos contables pueden ir acompañados de una breve explicación sobre la sistemática de contabilización de los gastos.
No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la entidad beneficiaria no este al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o tenga pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración pública de la comunidad autónoma o sea deudora en virtud de resolución firme declarativa de origen de reintegro.
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Las solicitudes deberán presentarse, preferiblemente, por vía electrónica a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de acuerdo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y 24 del Decreto 198/2010, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes por vía electrónica será necesario el Documento Nacional de Identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, de la persona solicitante o de la persona representante que actúe con poder suficiente.
Tambien se podrán presentar las solicitudes en soporte papel por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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La documentación complementaria podrá presentarse electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.
La documentación complementaria tambien podrá presentarse en formato papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Las copias de los documentos disfrutarán de la misma validez y eficacia que sus originales siempre que exista constancia de que sean autenticas.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, la persona interesada o representante deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Programa de incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos.
Fomento del contrato para la formación y el aprendizaje.