Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IN619A - Ayuda para el soterramiento de infraestructuras eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Los proyectos a subvencionar al amparo de esta convocatoria deberán desarrollarse a lo largo del año 2013.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Las ayudas concedidas con cargo a la presente orden se destinarán a financiar los gastos derivados del soterramiento y/o retranqueo de infraestructuras eléctricas de alta y baja tensión ya existentes, considerándose gastos subvencionables los relativos tanto a la obra eléctrica cómo a la obra civil.
El cumplimiento del fin para el cual fue concedida la ayuda se considerará alcanzado cuando la actuación objeto de la subvención esté totalmente finalizada, entendiendo por esto la realización tanto de la obra civil como de las instalaciones eléctricas.
Período de gasto subvencionable admitido: se considerarán subvencionables todos los gastos imputados desde el 1 de enero de 2013.
En ningún caso serán gastos subvencionables los costes salariales propios ni los gastos derivados del pago de permisos de paso o expropiaciones, ni tampoco los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
Se podrá considerar subvencionable el impuesto sobre el valor añadido (IVA) cuando no sea recuperable por el solicitante.
Las actuaciones a realizar al amparo de la presente orden se encuadran dentro del eje 4 (transporte y energía), tema prioritario 33 (electricidad), actuación 5 (soterramientos, retranqueos y otras adecuaciones de líneas), del programa operativo de Galicia Feder 2007-2013.
El beneficiario de la subvención queda obligado a:
a. Ejecutar el proyecto que fundamente la concesión de la subvención.
b. Justificar ante el órgano concedente la realización de la actividad, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determina en la concesión y el disfrute de la subvención. El cumplimiento de este deber de justificación se realizará en los términos previstos en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
c. Las infraestructuras subvencionadas deberán permanecer destinadas al fin concreto para el cual se concedió la subvención por un período no inferior a cinco años tal como recoge el artículo 31.4.a. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el artículo 29.4.a de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la revocación de la subvención, con el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora legalmente establecido desde el momento del pagado de la subvención, según lo establecido en el artículo 21.3 de la presente orden.
d. Someterse a las actuaciones de comprobaciones que efectuará el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como a cualquier otra actuación, sea de comprobación explícita de ejecución de obra y control financiero, que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto autonómicos como estatales o comunitarios, para lo cual aportará cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
e. Comunicarle al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la modificación de las circunstancias que hubiesen fundamentado la concesión de la subvención. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
f. Los beneficiarios de la ayuda deberán hacer referencia, en su publicidad o en la información que generen en relación a los proyectos subvencionados, a la cofinanciación de sus activos con fondos europeos Feder, cumpliendo las medidas en materia de información y publicidad establecidas en las disposiciones comunitarias de aplicación y, en especial en el Plan de comunicación Feder Galicia 2007-2013 y en la Guía de publicidad e información de las intervenciones cofinanciadas por los fondos estructurales 2007-2013, la cual puede consultarse en la página web http://www.conselleriadefacenda.es/web/portal/guia-intervencions-cofinanciadas-fe.
En concreto, durante la ejecución de las obras subvencionadas deberá estar visible un cartel informativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.3º de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
Durante la ejecución de los proyectos con un coste total (en contribución pública total) superior a 500.000 , el beneficiario colocará un cartel informativo en el propio enclave de la obra, de acuerdo con el artículo 8.3 del Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, debiendo permanecer instalado durante todo el período de ejecución del proyecto. Una vez finalizado, el cartel se sustituirá por una placa explicativa permanente, en un plazo máximo de 6 meses.
Se recomienda que si el coste total no supera los 500.000 se coloque un cartel informativo en el propio enclave de la obra, de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, especialmente si se superan los 100.000 .
Sólo se admitirá una solicitud de ayuda por ayuntamiento o agrupación de ayuntamientos y una única actuación por solicitud, no aceptándose el agrupamiento de varios proyectos diferentes en una misma solicitud.
No se admitirán aquellas solicitudes conjuntas en que no se acredite la realización conjunta de una actuación o servicio y que supongan actuaciones independientes en cada entidad local.
A tales efectos, se entenderá que para que una actuación de soterramiento y/o retranqueo de infraestructuras eléctricas se considere una actuación conjunta debe tratarse de una infraestructura que físicamente tenga continuidad y que afecte a varios términos municipales.
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Secretaría Xeral de Industria e Desenvolvemento Enerxético
Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Minas
Subdirección Xeral de Enerxía e Planificación de Recursos
Servizo de Infraestruturas e Promoción Enerxética
Edificios Administrativos. San Caetano, s/n bloque nº 5
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545573
Fax: 981545515
Servizo de Infraestruturas e Promoción Enerxética
Orden de 13 de mayo de 2013 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el soterramiento de infraestructuras eléctricas que transcurran por uno o varios términos municipales en la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) dentro del marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede a su convocatoria (DOG nº 97 del 23 de mayo de 2013).
Orden de 8 de octubre de 2013 por la que se amplía el plazo de presentación de la documentación justificativa establecido en la Orden de 13 de mayo de 2013 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el soterramiento de infraestructuras eléctricas que transcurran por uno o varios términos municipales en la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) dentro del marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede a su convocatoria (DOG nº 199 del 17 de octubre de 2013).
Plazo de presentación: CERRADO
24/05/2013 00:00 - 25/06/2013 23:59
Un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el DOG
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Junto con las solicitudes (Anexos II, III y IV) deberá aportarse la siguiente documentación:
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Documento acreditativo de la capacidad con la que actúa el representante del Ayuntamiento solicitante.
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NIF del ayuntamiento solicitante en vigor. Si el NIF a presentar dispone de código electrónico de verificación con la AEAT, podrá presentar documento sin compulsar.
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Declaración responsable, incluida en el anexo II de la orden, acerca de la veracidad de los datos consignados relativos a la cuenta bancaria de titularidad municipal.
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En el caso de tratarse de soterramientos o retranqueos de instalaciones de distribución, acuerdo firmado por el ayuntamiento con la empresa distribuidora para la ejecución de la obra solicitada.
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Certificado de la secretaría o intervención donde se recoja si el IVA derivado de la inversión objeto de la solicitud de ayuda es o no recuperable.
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Certificado en el que se consigne la calificación urbanística de los terrenos donde se van a desarrollar las actuaciones objeto de la solicitud.
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Acuerdo del pleno del ayuntamiento para acometer la actuación solicitada.
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Memoria tecnica y presupuesto detallado de la actuación. En el caso de solicitudes efectuadas por agrupaciones de ayuntamientos, deberá acreditarse la realización conjunta de la actuación o servicio y que no supongan actuaciones independientes en cada entidad local.
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Planos de la actuación a escala adecuada.
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Declaraciones expresas recogidas en el anexo IV.
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La documentación complementaria presentada incluirá originales o copias cotejadas.
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Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es
Tambien se podrán presentar las solicitudes en soporte papel por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
En caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado, con sello de correos en la primera hoja del formulario para garantizar que la fecha de remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria.
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En el plazo de presentación de solicitudes, se entenderá cómo último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: 6 meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
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- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Expedición directa del carné profesional en instalaciones térmicas de edificios.
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