Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IG510I - Bases reguladoras del IGAPE para producciones audiovisuales
La ayuda del Igape para el beneficiario consistirá en una subvención al tipo de interés del 4% del principal del préstamo dispuesto. El importe resultante de la ayuda se destinará a la amortización anticipada del principal del préstamo.
En cualquier caso, deberán ejercer o tener intención de ejercer la actividad de producción audiovisual y que haya radicado el centro de su actividad económica en Galicia. A efectos de acreditar la actividad desarrollada podrá considerarse el alta en el Impuesto de Actividades Económicas, Declaración Censual, o certificación de pertenencia a alguna de las asociaciones empresariales del sector. A efectos de acreditar la participación en la producción audiovisual se considerarán los siguientes documentos: el contrato de coproducción y/o distribución, o la acreditación de poseer los pertinentes derechos de propiedad intelectual sobre el guión, y si es el caso, el de opción sobre la obra preexistente (contrato o documento de cesión al productor y Registro de la Propiedad Intelectual del guión).
Los solicitantes tendrán que cumplir los requisitos para obtener a condición de beneficiario establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia y cumplir las obligaciones del artículo 11 de la citada Ley de subvenciones.
No podrán ser beneficiarias de la línea de financiación contemplada en estas bases las empresas en crisis, de acuerdo con la definición de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (del C 244 del 1/10/2004).
-Plazo de realización de las inversiones. Podrán ser financiadas las producciones iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2010.
-El importe de las operaciones que se formalicen al amparo de estas bases será como máximo de 1.500.000 euros. Una misma empresa no podrá acogerse durante tres años consecutivos a préstamos por importe conjunto superior a 2.300.000 .
-El importe de los préstamos subvencionables acogidos a estas bases podrá conseguir hasta el 100% del coste, excluyendo los impuestos indirectos recuperables y la aportación a la SGR, determinándose en función del porcentaje de la participación de productoras gallegas en la producción.
-Plazo de disposición. El número de disposiciones y/o su cuantía mínima podrá pactarse libremente entre la entidad financiera y el prestameiro, dentro del plazo máximo hasta el 31 de diciembre de 2011.
Plazo de reembolso. Los préstamos tendrán un plazo de vigencia entre 3 y 5 años, con una única amortización a su vencimiento. Los importes percibidos como consecuencia de los derechos de crédito endosados en garantía de la operación, serán destinados a la amortización anticipada del préstamo.
-Amortización anticipada. La operación financiera podrá ser amortizada sin coste de forma anticipada, total o parcialmente, a voluntad del beneficiario.
-Las sociedades de garantía recíproca y las entidades financieras adheridas no les repercutirán a los prestameiros y avalados ningún tipo de gasto o comisión derivados de las operaciones aprobadas en aplicación de estas bases. A estos efectos, no se considerará comisión el cobro de la tarifa de reclamación de posiciones deudoras.
-Los prestameiros deberán realizar, si es el caso, la aportación para adherirse a la sociedad de garantía recíproca, que corresponda.
-Las operaciones formalizadas al amparo de estas bases podrán contar alternativamente:
a) Con aval de sociedad de garantía recíproca por el 100% del importe de la financiación. En este caso la entidad financiera no requerirá garantías adicionales, y las sociedades de garantía recíproca podrán afectar como garantía los acuerdos contractuales sobre difusión o vendas de producciones que formalice el prestameiro, y tomar otras garantías personales.
b) Con otro tipo de garantías: en este caso las entidades financieras podrán afectar como garantía los acuerdos contractuales sobre difusión o vendas de producciones que formalice el prestameiro, así como tomar otras garantías personales o reales.
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Complexo Administrativo San Lázaro, s/n
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
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Fax: 986817361
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Instituto Galego de Promoción Económica – Igape
Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 121 del 25 de junio de 2007).
Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 20 del 29 de enero de 2009).
Resolución de 1 de diciembre de 2010 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), que aprueba las bases reguladoras de las ayudas del Igape para la habilitación de una línea de financiación subsidiada para producciones audiovisuales a realizar por las pymes gallegas, instrumentada mediante convenio de colaboración entre el Instituto Gallego de Promoción Económica, las sociedades de garantía recíproca y las entidades financieras adheridas, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (DOG nº 235 de 9 de diciembre de 2010)
Ley 30/1992, del 26 de Noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285 del 27 de noviembre de 1992).
Plazo de presentación: CERRADO
10/12/2010 00:00 - 30/06/2011 23:59
Desde el 10 de diciembre de 2010 hasta el 30 de junio del año 2011.
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Cumprimentar o Cuestionario Electrónico na páxina web do Igape.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: 3 meses.
Sentido del silencio: NEGATIVO
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas a los servicios de desarrollo estratégico, profesionalización, innovación y adopción de soluciones de digitalización para su realización en empresas gallegas (programa Re-Acciona), cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020
Ayudas del Igape a las inversiones de las Pymes en equipos productivos, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013.