Guía de procedimientos y servicios

PR946B

Modificaciones del registro de entidades deportivas.

Procedimiento dirigido a: Asociaciones y ong

Cerrado

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

Sobre el procedimiento

Desde el 23/09/2024, incluido, las solicitudes relativas a ese procedimiento PR946B - Modificaciones del Registro de Entidades deportivas deberán formularse a través del procedimiento PR946A - Inscripción en el Registro de Entidades Deportivas.

Comunicar al Registro de Entidades Deportivas y Deportistas de Galicia las modificaciones surgidas en el club que afecten a este registro, como: cambio de denominación, de junta directiva, de dirección social, de estatutos y creación de secciones deportivas.
Entidades deportivas.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Secretaría Xeral para O Deporte

Subdirección Xeral de Xestión Deportiva

San Lázaro, s/n. Estadio Multiusos

15890  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981542626

Fax: 981542638

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes da Coruña

Servizo de Deporte da Coruña

Praza de Agustín Díaz nº 1

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981132443

Fax: 981132527

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Lugo

Servizo de Deporte de Lugo

Rolda da Muralla nº 70-1º

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294559

Fax: 982294565

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Ourense

Servizo de Deporte de Ourense

Avda. da Habana, nº 79-4º andar

32004  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386044

Fax: 988386051

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Pontevedra

Servizo de Deporte de Pontevedra

R/ Fernández Ladreda nº 43-5º

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986803926

Fax: 986803924

Subdirección Xeral de Xestión Deportiva
Requisitos y documentación

Desde el 23/09/2024, incluido, las solicitudes relativas a ese procedimiento PR946B - Modificaciones del Registro de Entidades deportivas deberán formularse a través del procedimiento PR946A - Inscripción en el Registro de Entidades Deportivas.

Plazo de presentación: CERRADO

El 22/09/2024 ás 23:59 horas se cierra el plazo para realizar las solicitudes de “ Modificaciones del Registro de Entidades Deportivas” a través del procedimiento PR946B.

A partir de esta fecha las solicitudes deberán formularse a través del procedimiento PR946A “Inscripción en el Registro de Entidades Deportivas”: https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=PR946A&gateway=true

  • Inscripción en registros oficiales. Primera inscripción. Modificaciones de la primera inscripción. ( 30.02.00)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

  • Solicitud según el Anexo III de este Decreto.

  • Documentos necesarios para la inscripción de las modificaciones estatutarias de las entidades deportivas y entidades mercantiles

    Para la inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia de las modificaciones estatutarias de las entidades, se deberá presentar la instancia de solicitud de inscripción de la modificación estatutaria, además de la siguiente documentación:

    • a) La versión íntegra de los nuevos estatutos de la entidad.

    • b) Certificación por el/la secretario/a de la entidad con el visto bueno del/de la presidente/a del acuerdo de aprobación del nuevo texto estatutario.

    • c) Documentación acreditativa de la inscripción de la modificación estatuaria en otros registros cuando sea preceptiva.

  • Documentos necesarios para la inscripción de la composición de órganos de gobierno

    • La composición inicial del órgano de representación y administración de las entidades deportivas y de las entidades mercantiles previstas por la Ley del deporte, y todas las variaciones posteriores, serán inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia.

    • La inscripción de los nombramientos se practicará mediante certificación del acuerdo de nombramiento.

    • No se inscribirá el nombramiento de los miembros del órgano de administración y representación de los que no conste la aceptación expresa de los/las titulares entrantes.

    • La inscripción del cese de los miembros del órgano de gobierno por muerte, declaración de defunción o extinción de la personalidad jurídica se practicará previa certificación del correspondiente registro.

    • Si el cese se hubiese acordado por resolución judicial o administrativa se practicará mediante testimonio de la misma.

    • La inscripción de la renuncia se practicará mediante comunicación a la persona encargada del registro por la entidad deportiva o la persona interesada o mediante comparecencia ante la persona encargada del Registro.

    • Si el cese se hubiese acordado por resolución judicial o administrativa se practicará mediante testimonio de la misma.

    • La falta de inscripción de la nueva composición o reelección de los órganos de representación y administración de las entidades deportivas por causas imputables a estas, comportará, a partir de la entrada en vigor del presente reglamento, la cancelación registral de la entidad si en un plazo de un año a partir del fin del mandato del anterior órgano directivo no se produce ninguna comunicación al Registro.

  • Disolución o extinción de las entidades deportivas

    Para recoger la disolución, liquidación y extinción de una entidad deportiva se aportará, además de la instancia dirigida al Registro de Entidades Deportivas de Galicia, de la solicitud de la baja de la entidad, la siguiente documentación:

    • a) La certificación de los oportunos acuerdos de disolución y liquidación.

    • b) El nombramiento, suspensión y cese de las personas liquidadoras.

    • c) Certificación por parte de las personas liquidadoras, del destino dado, en su caso, al remanente existente.

  • Documentos para la inscripción de la declaración de utilidad pública y de otras declaraciones análogas

    Para la inscripción de la declaración de utilidad pública de una entidad deportiva, declaración de institución privada de carácter cultural u otras de análoga naturaleza, deberá presentarse testimonio de la resolución administrativa correspondiente.

  • Transformación de entidades deportivas en asociaciones de regimen general

    La transformación de una entidad deportiva inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia en una asociación de regimen general supondrá la cancelación registral, para lo cual se aportará la siguiente documentación:

    • a) Instancia dirigida al Registro con la solicitud de cancelación.

    • b) Certificación del acuerdo de transformación.

  • Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.es, de acuerdo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos y del 24 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y de las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede de la Xunta de Galicia.

    Alternativamente, tambien se podrán presentar las solicitudes en soporte papel por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

    Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente del formulario principal, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.

  • * El plazo para solicitar la inscripción de la escritura de constitución y de la escritura de modificación de estatutos será de dos meses desde su otorgamiento.

Después de presentar

Desde el 23/09/2024, incluido, las solicitudes relativas a ese procedimiento PR946B - Modificaciones del Registro de Entidades deportivas deberán formularse a través del procedimiento PR946A - Inscripción en el Registro de Entidades Deportivas.

Plazo de resolución:

Tres meses

Sentido del silencio:

Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia (DOG nº 71 del 13 de abril de 2012).

    • Decreto 85/2014, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Entidades Deportivas de Galicia (DOG nº 136 del 18 de julio de 2014).

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