Guía de procedimientos y servicios

ED516A

Plan de mejora de bibliotecas escolares en centros no universitarios.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2019 - Plazo cerrado: 17/04/2019 00:00 - 16/05/2019 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

1. A través del procedimiento de esta orden (ED516A) se pretende seleccionar nuevos centros públicos para su incorporación al Plan de mejora de bibliotecas escolares, así como apoyar la continuidad de este programa mediante la concesión de nuevas cuantías a los centros educativos incluidos en anteriores convocatorias (siempre que a través del seguimiento que se realiza desde la coordinación del programa, y muy especialmente, a través de la memoria correspondiente al actual curso 2018/19, consigan una valoración positiva).

2. El plan de mejora busca incentivar e impulsar el desarrollo de proyectos de biblioteca escolar que recojan:

a) La organización, actualización y dinamización de la biblioteca de centro, entendida como un centro de recursos de lectura, información y aprendizaje, en evolución hacia un «centro creativo de los aprendizajes».

b) El diseño de la biblioteca con un enfoque inclusivo, con atención a los espacios, a los recursos, a las oportunidades y a la actitud para una correcta atención de la diversidad.

c) La incorporación de nuevas tendencias en materia bibliotecaria: espacios para la creación, el aprendizaje manipulativo, la investigación, el trabajo colaborativo y la construcción del conocimiento de manera compartida.

d) Su contribución en la mejora de los procesos de enseñanza y de aprendizaje y en la adquisición de las competencias clave del alumnado.

e) El concepto de alfabetización múltiple (o multialfabetismo) a la hora de abordar la formación lectora del alumnado.

f) El diseño y desarrollo de programas para la adquisición de competencias en información y mediáticas, es decir, las competencias de uso, tratamiento y producción de información en los diferentes soportes y formatos, así como el tratamiento de los lenguajes de los diferentes medios de comunicación.

g) La imprescindible integración de la cultura impresa y la cultura digital.

h) La realización de actividades de formación de usuarios de las bibliotecas y sus recursos.

i) El papel de la biblioteca escolar en el desarrollo del proyecto lector de centro.

j) El fomento de la lectura y de la escritura.

k) La contribución de la biblioteca en la compensación de las desigualdades sociales y en la calidad de la enseñanza que se imparte en el centro.

l) Las posibilidades que ofrece para la incorporación de metodologías innovadoras y consecuentes con las necesidades educativas actuales.

m) La implicación de la biblioteca en actividades de extensión cultural destinadas a toda la comunidad escolar.

3. Pueden participar en esta convocatoria los centros no universitarios de titularidad de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional incluidos en los siguientes apartados:

a) Los centros integrados en el programa en convocatorias anteriores:

1º. Centros incorporados en las convocatorias de 2005 a 2010 (Plambe 1-6), que recibirán asignaciones para fondos.

2º. Centros incorporados en las convocatorias de 2011 a 2013 (Plambe 7-9), que podrán recibir asignaciones para fondos, así como para mobiliario y otros equipamientos.

3º. Centros incorporados en las convocatorias de 2014 a 2017 (Plambe 10-13), que recibirán asignaciones para fondos.

b) Los centros integrados en la convocatoria de 2018 (Plambe-14), que podrán recibir cuantías para fondos, mobiliario u otros equipamientos, así como para gastos de funcionamiento específicos de la biblioteca.

c) Se seleccionarán un mínimo de 25 nuevos centros, para su integración en el Plan de mejora de bibliotecas escolares en el curso 2019/20 (número que podrá incrementarse en el caso de producirse bajas o renuncias de centros ya integrados anteriormente en el Plambe). En igualdad de puntuación tendrán preferencia los centros situados en ayuntamientos rurales.

4. Los centros incluidos en este programa podrán recibir formación específica, en el contexto del Plan anual de formación del profesorado del propio programa, así como asesoramiento a través de la asesoría de bibliotecas escolares de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, dependiente de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos (Subdirección General de Centros), desde donde se coordinará el plan de mejora y se llevará a cabo el seguimiento y supervisión oportunos.

5. Las asignaciones o ayudas, en su caso, para los centros de nueva incorporación estarán destinadas a la actualización de los fondos documentales de la biblioteca escolar, a la renovación del mobiliario y otros equipamientos necesarios, así como para otros gastos de funcionamiento y se fijarán previo análisis de las necesidades descritas en la solicitud presentada, en función de la mayor adaptación a los criterios recogidos en esta orden (que se materializará en la puntuación conseguida por la memoria y programas presentados), y de las características de cada centro: número de unidades y de alumnado matriculado.

Criterios de selección.

Para la selección de los centros participantes se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

1. Calidad global del programa presentado, considerando el punto de partida, las propuestas y previsiones de mejora, así como la dinámica de atención a la biblioteca escolar ya creada, como espacio para la lectura, información y aprendizaje (hasta 6 puntos).

2. Coherencia interna del programa, entre propuestas presentadas, situación real de la biblioteca y modelo propuesto por la consellería (hasta 9 puntos).

3. Viabilidad del programa presentado con una correspondencia real entre las intervenciones programadas y los objetivos previstos (hasta 9 puntos).

4. Grado de adecuación del programa a las orientaciones contempladas en esta convocatoria, según la disposición adicional primera, en la que se desarrollan los objetivos y funciones de la biblioteca como centro de recursos que favorezca la lectura y la escritura (en sus variados contenidos, soportes y formatos), la autonomía en el aprendizaje, el estudio, el trabajo colaborativo, la adquisición de habilidades en el uso y tratamiento de la información, el acceso a las tecnologías de la comunicación y de la información, la adquisición de las competencias clave en su conjunto, y el acercamiento de los bienes culturales a toda la comunidad escolar:

a) Utilización de la biblioteca escolar como centro de recursos centralizado de la información y participación activa en el desarrollo del proyecto lector (hasta 12 puntos).

b) Existencia de actividades para el fomento de la lectura y otros programas de difusión cultural a la comunidad y propuestas de utilización como lugar de trabajo (hasta 12 puntos).

c) Existencia de fondos en diferentes soportes con una colección equilibrada y con atención a la diversidad (hasta 12 puntos).

d) Apertura de la biblioteca a la comunidad de manera amplia y accesible incluyendo la atención a actividades formativas (hasta 9 puntos).

5. Integración del programa en las actuaciones destinadas a la adquisición de las competencias clave del alumnado y el cumplimiento de los objetivos contemplados en el proyecto educativo, así como el grado de participación de la biblioteca, de sus recursos materiales y humanos, en el desarrollo del proyecto lector de centro (hasta 15 puntos).

6. Formación específica de la persona responsable de la biblioteca escolar y horario destinado a la atención de la biblioteca (la formación se acreditará mediante copia de los certificados correspondientes; hasta 9 puntos).

7. Composición del equipo de apoyo, formación específica y dedicación horaria de atención a la biblioteca por parte de este profesorado (la formación se acreditará mediante copia de los certificados correspondientes; hasta 9 puntos).

8. Grado de implicación del equipo directivo y del profesorado del centro en su conjunto (hasta 12 puntos).

9. Atención a la biblioteca escolar por parte del centro en los dos cursos anteriores en cuanto a presupuesto, mejoras, organización y actividades realizadas, especialmente las destinadas a la formación del alumnado como usuario de distintas fuentes informativas, así como el apoyo a programas y actividades del centro:

a) Existencia de intervención en el espacio físico de la biblioteca, así como en la colección (fondos bibliográficos, recursos...) y equipamiento en los dos últimos cursos con fondos propios (hasta 9 puntos).

b) Utilización de sistemas estandarizados de clasificación (CDU) con registro y préstamo actualizado y automatizado en los dos últimos cursos (hasta 12 puntos).

c) Realización de actividades de formación de usuarios y actividades de trabajos con la información en los dos últimos cursos (hasta 12 puntos).

d) Coordinación de proyectos de carácter interdisciplinario y realización de actividades para la competencia mediática en los dos últimos cursos (hasta 12 puntos).

e) Sistematización de actividades de fomento de la lectura (hora de leer, mochilas, lecturas compartidas...) en los dos últimos cursos (hasta 12 puntos).

f) Integración de la cultura impresa y la cultura digital desde la concepción de la lectura como alfabetización múltiple en los dos últimos cursos (hasta 12 puntos).

g) Publicación de diferentes recursos como boletines informativos, recomendaciones, guías de lectura... contemplando la atención a la diversidad y la implicación de las familias en los dos últimos cursos (hasta 12 puntos).

10. Propuestas de mejora en los servicios ofertados por la biblioteca y uso que de ellos hacen los diversos sectores de la comunidad escolar, así como en la atención a los usuarios de la biblioteca, con especial atención a la diversidad:

a) Oferta de servicios de lectura en sala, consulta de libros y otros soportes, acceso a Internet y préstamo individual y colectivo (hasta 9 puntos).

b) Realización de actividades de fomento de la lectura, formación de lectores y asesoramiento en materia de lectura y de información (hasta 9 puntos).

c) Programas específicos de apoyo al estudio con atención a la diversidad (hasta 6 puntos).

d) Horario de apertura de la biblioteca, adaptación a las necesidades de la comunidad educativa, colaboración e integración en el entorno sociocultural (hasta 9 puntos).

11. Criterios, procedimientos, indicadores y herramientas previstas para la evaluación de la calidad de los servicios prestados por la biblioteca a la comunidad educativa, así como del desarrollo y resultado de las actividades desarrolladas:

a) Existencia de criterios para la evaluación del proyecto contemplando procedimientos e instrumentos e indicadores de calidad (hasta 12 puntos).

b) Existencia de herramientas para la evaluación de los servicios y su calidad siguiendo las recomendaciones de la Asesoría (hasta 6 puntos).

Pueden participar en esta convocatoria los centros no universitarios de titularidad de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional incluidos en los siguientes apartados:

a) Los centros integrados en el programa en convocatorias anteriores:

1º. Centros incorporados en las convocatorias de 2005 a 2010 (Plambe 1-6), que recibirán asignaciones para fondos.

2º. Centros incorporados en las convocatorias de 2011 a 2013 (Plambe 7-9), que podrán recibir asignaciones para fondos, así como para mobiliario y otros equipamientos.

3º. Centros incorporados en las convocatorias de 2014 a 2017 (Plambe 10-13), que recibirán asignaciones para fondos.

b) Los centros integrados en la convocatoria de 2018 (Plambe-14), que podrán recibir cuantías para fondos, mobiliario u otros equipamientos, así como para gastos de funcionamiento específicos de la biblioteca.

c) Se seleccionarán un mínimo de 25 nuevos centros, para su integración en el Plan de mejora de bibliotecas escolares en el curso 2019/20 (número que podrá incrementarse en el caso de producirse bajas o renuncias de centros ya integrados anteriormente en el Plambe). En igualdad de puntuación tendrán preferencia los centros situados en ayuntamientos rurales.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos

Subdirección Xeral de Centros

Servizo de Apoio Económico e Axudas ao Estudo

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546547 / 881997330

Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

17/04/2019 00:00 - 16/05/2019 23:59

El plazo límite de presentación de instancias será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entiende por último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Los centros solicitantes deberán reunir los requisitos siguientes:

1. Contar con un espacio destinado exclusivamente a la biblioteca escolar del centro.

2. Presentar un programa para el funcionamiento y utilización de la biblioteca escolar, acorde con las pautas recogidas en esta convocatoria, con una gestión centralizada de los fondos documentales y una organización que permita su aprovechamiento por toda la comunidad escolar, con prioridad del alumnado y el profesorado.

3. Designar un profesor o profesora responsable de la biblioteca escolar, entre el profesorado definitivo en el centro, por un período mínimo de dos años y asignación de horas, dentro de su horario lectivo y/o complementario, en número suficiente para las funciones que le son propias, aprovechando los márgenes que ofrece la actual configuración del régimen horario del profesorado. Este responsable se integrará en la Comisión de coordinación pedagógica del centro.

4. Crear un equipo de biblioteca o grupo de apoyo, de carácter interdisciplinario, formado por profesorado de los diferentes ciclos o departamentos presentes en el centro, con disponibilidad y dedicación específica para la realización de las distintas tareas derivadas del programa, que se contemplará en la elaboración de los horarios del profesorado a comienzo del curso escolar. Preferentemente, será este profesorado el que realice las «guardias de biblioteca», con el fin de garantizar la unificación de criterios en la gestión y organización de los fondos, y un mayor aprovechamiento de ese tiempo lectivo para formación, orientación, asesoramiento del alumnado como usuarios de fuentes informativas, como lectores críticos y como productores de información en diversos soportes y formatos; también para la propia organización de todas las actuaciones en las que interviene la biblioteca.

5. Integrar la biblioteca en el desarrollo del proyecto lector de centro. Incluir el programa de la biblioteca en la programación general anual de centro.

6. Detallar una serie de compromisos para el próximo curso:

a) Asignar un presupuesto anual específico (entre un 5 % y un 10 % del presupuesto del centro), para el funcionamiento y actualización de la biblioteca escolar, independiente de las asignaciones a las que pudiera dar lugar la participación en la presente convocatoria.

b) Destinar la totalidad de la financiación conseguida al amparo de esta convocatoria para la actualización y funcionamiento de la biblioteca escolar del centro.

c) Crear una Comisión de biblioteca en el seno del Consejo escolar (excepto en aquellos centros que no cuenten con este órgano).

d) Participar en las actividades de formación sobre biblioteca escolar que se oferten de forma específica desde la Dirección General de Centros y Recursos Humanos para los centros integrantes del programa. Además, todos los centros que se incorporan a este programa deberán solicitar un PFPP al centro de formación y recursos de referencia, en los plazos establecidos, para realizar a lo largo del período 2019-2021, relacionado con el funcionamiento de la biblioteca escolar y sus principales aspectos, o incluir una línea específica de biblioteca escolar en los PFPP ya en marcha, en su caso.

7. Presentar las actividades de la biblioteca escolar en las actividades de formación organizadas por la consellería, si fuesen requeridos por la unidad de seguimiento del Plan de mejora de bibliotecas escolares.

8. Contar con la aprobación del Claustro y presentar el proyecto al Consejo Escolar, en su caso, para su valoración, así como el compromiso de ambos órganos para facilitar la puesta en práctica del proyecto.

  • Las solicitudes (modelo del anexo I) se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de forma presencial, se le requerirá que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que hubiera sido realizada la enmienda.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave 365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).

  • Documentación complementaria necesaria para tramitación del procedimiento.

1. Los centros del Plambe-1 a Plambe-13 (convocatorias de los años 2005-2017) deberán cubrir la solicitud en el anexo I, indicando si desean continuar o no en el programa, y definir, según el anexo VIII, las líneas prioritarias de actuación en la biblioteca escolar, para el curso 2019/20. Su continuidad en el Plan de mejora dependerá, en cualquier caso, de la valoración positiva de la memoria correspondiente al presente curso 2018/2019.

2. Los centros del Plambe-14, que fueron integrados en este programa en la convocatoria del año 2018, presentarán la solicitud de confirmación (anexo I), y deberán definir, asimismo (según el anexo VIII), las líneas prioritarias de actuación en la biblioteca escolar, para el curso 2019/20. Incluirán también los anexos V y VI.

3. Los centros que opten por primera vez a su inclusión en el Plan de mejora de bibliotecas escolares para el curso 2019/20, presentarán las solicitudes, según el modelo de instancia que figura como anexo I de la presente orden junto con la documentación que se especifica a continuación:

a) Análisis de la situación de la biblioteca del centro, según anexo II.

b) Breve memoria de actividades llevadas a cabo en el período 2017-2019 dirigidas a la puesta en marcha o reorganización y dinamización de la biblioteca escolar como recurso de apoyo a los proyectos y programas del centro, así como programas de fomento de la lectura, de educación en información o de extensión cultural, según el anexo III. Se indicará el número total de horas semanales destinadas a la biblioteca escolar, en el último curso, fijadas en el horario del profesorado del equipo de biblioteca, así como de la persona responsable de la misma (máximo 5 páginas, tamaño de fuente 12, a doble espacio; se pueden incluir imágenes de la situación actual del centro, y otras, en páginas aparte, con el correspondiente pie de foto).

c) Programa de biblioteca escolar para el curso 2019/20, según el guion previsto en el anexo IV. Contemplará los siguientes aspectos: optimización de los espacios, organización y automatización de los fondos, actividades para el fomento de la lectura y contribución al desarrollo del proyecto lector de centro; actuaciones en materia de formación de usuarios y de educación para la competencia informacional y mediática; contribución de la biblioteca al desarrollo del currículo de las diferentes áreas y materias; medidas para la compensación de las desigualdades sociales y dinamización cultural del centro (en materia de lectura y de extensión cultural: presentación de libros, recitales, lecturas públicas, edición de boletines informativos, etc). Se incluirá un análisis de la situación real de la biblioteca y de las necesidades más urgentes en materia de fondos, equipamientos, mobiliario u otros (máximo 16 páginas, tamaño de fuente 12, a doble espacio).

d) Relación del profesorado responsable de la biblioteca escolar e integrante del equipo de apoyo, y documentación acreditativa de la formación de este profesorado (en materia de bibliotecas, fomento de la lectura, escritura, competencia digital, metodologías activas...), mediante copia simple de los certificados correspondientes, así como el compromiso escrito de participar en la formación específica que se oferte durante el curso 2019/20 (según anexo V).

e) Certificaciones de la dirección del centro en que se haga constar las fechas de presentación de la propuesta del programa en el claustro para su aprobación, y en el consejo escolar para su información, y para la valoración de los compromisos necesarios para la participación en esta convocatoria, según los anexos VI y VII.

f) Certificados acreditativos de las actividades de formación del profesorado que se responsabiliza de la puesta en marcha del programa de biblioteca.

4. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria de forma presencial, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que hubiera sido realizada la enmienda.

5. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.

6. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá en presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

  • Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

a) NIF del centro solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitado en el formulario de inicio y presentar los documentos.

3. Excepcionalmente, si alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los datos citados se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

  • Los trámites administrativos que las personas interesadas deben realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución: Seis meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 2 de abril de 2019 por la que se convoca el Plan de mejora de bibliotecas escolares en centros públicos no universitarios de titularidad de esta consellería para el curso 2019/20 (DOG nº 74 del 16 de abril de 2019).

    • Orden de 10 de septiembre de 2019 por la que se resuelve la convocatoria del Plan de mejora de bibliotecas escolares en centros públicos no universitarios de titularidad de esta consellería, para el curso 2019/20 (DOG nº 181 del 24 de septiembre de 2019).

Descargar el contenido de esta ficha en formato PDF

Otros procedimientos relacionados

ED301G

Modificación da autorización de centros de enseñanzas de técnicos deportivos.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

ED301H

Extinción de la autorización de centros de enseñanzas de técnicos deportivos.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

ED515A

Solicitud de validación de módulos de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

Abierto todo el año

ED515B

Solicitud de exención do módulo de formación práctica en empresa, estudio o taller (FPEET) por la correspondencia con la práctica laboral.

Abierto todo el año