Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IN622B - Inscripción/modificación en el Registro de instalaciones térmicas en edificios.
Para la puesta en servicio de instalaciones térmicas, tanto de nueva planta como de reforma de las existentes, a las que se refiere el artículo 15.1 A) y b) del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, será necesario el registro del Certificado de la instalación en el Departamento Territorial de la Consejería de Economía e Industria correspondiente.
Las instalaciones térmicas a las que se refiere el artículo 15.1.c) no precisarán acreditar ante el Departamento Territorial de la Consejería de Economía e Industria correspondiente que cumplen el reglamento.
En los anexos de esta guía del ciudadano se encuentran los impresos oficiales necesarios para el cumplimiento del Reglamento, entre ellos las solicitudes del procedimiento, pero también los modelos de memoria técnica y certificado de instalación y el modelo de certificado de mantenimiento, entre otros.
Para mas información y consultas públicas acudir a:
http://oficinavirtualindustria.xunta.es/
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria da Coruña
Servizo de Industria da Coruña
Vicente Ferrer, 2 - 1ª planta
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184978/ 981184906
Fax: 981184790
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Lugo
Servizo de Industria de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294961/ 982294814
Fax: 982294681
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Ourense
Servizo de Industria de Ourense
Curros Enríquez, 1º-4º
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386748/ 988386744
Fax: 988386727
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Pontevedra
Servizo de Coordinación Industrial de Vigo
Praza da Estrela, s/n
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817551
Fax: 986817580
Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Minas
Resolución de 22 de julio de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se informa sobre la tramitación electrónica de diversos procedimientos (DOG nº 160 del 25 de agosto de 2014).
Resolución de 6 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se amplía el plazo para la presentación en soporte papel de diversas solicitudes (DOG nº 224 del 21 de noviembre de 2014).
Orden de 24 de febrero de 2010 por la que se regula la aplicación, en la Comunidad Autónoma de Galicia, del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios aprobado por el Real decreto 1027/2007, de 20 de julio(DOG nº 53 de 18 de marzo de 2010).
Orden de 5 de mayo de 2020 por la que se autoriza y se da publicidad de una relación de procedimientos que, por razones motivadas, deben continuar con su tramitación durante la vigencia del estado de alarma. (DOG nº 90 de 11 de mayo de 2020).
Real Decreto 1027/2007, del 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (BOE nº 207 del 29 de agosto de 2007).
Corrección de errores del Real Decreto 1027/2007, del 20 de julio, por lo que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (BOE nº 51, del 28 de febrero de 2008).
Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio (BOE nº 298, de 11 de diciembre de 2009).
Corrección de errores del Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios, de 20 de julio.
Corrección de errores del Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio (BOE nº 127, de 25 de mayo de 2010).
Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio (BOE nº 89, de 13 de abril de 2013).
Corrección de errores del Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio (BOE nº 213, de 5 de septiembre de 2013).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Tramitar en línea:
Entre para cumplimentar y presentar la solicitud correspondiente la este procedimiento en el registro electrónico y a través de esta sede.
Este procedimiento está sujeto al pago de una tasa. A continuación se muestra el listado de tasas aplicables:
- Inscripción en registros oficiales. Primera inscripción. Modificaciones de la primera inscripción. (Código tasa: 30.02.00)
- Inscripción en el registro de instalaciones térmicas en los edificios (Código tasa: 32.19.08)
- Modificación en el registro de instalaciones térmicas en los edificios (Código tasa: 32.19.36)
Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.
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Las instalaciones de potencia térmica mayor de 70kW, deberán presentar los siguientes documentos una vez finalizadas las obras de instalación y efectuadas las pruebas correspondientes :
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Solicitud de inscripción, según el anexo I de esta orden.
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Proyecto de la instalación.
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Certificado de la instalación firmado por el instalador autorizado, sellado por la empresa instaladora autorizada, firmado por el director de la instalación, visado por el colegio oficial correspondiente y acompañado de las hojas de resultados de las pruebas realizadas según el artículo 22 del reglamento, según el anexo II de esta orden.
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En caso de que la instalación esté compuesta de un conjunto de instalaciones térmicas, tantos certificados de instalaciones individuales como generadores térmicos existan, según el anexo V de esta orden.
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Certificado de inspección inicial con la calificación de aceptable, cuando sea preceptivo.
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Certificado de la chimenea.
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Contrato de mantenimiento con empresa mantenedora autorizada.
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Las instalaciones de potencia térmica entre 5 y 70 kW, deberán presentar los documentos siguientes una vez finalizadas las obras de instalación y efectuadas las pruebas correspondientes :
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Solicitud de inscripción, según el anexo I de esta Orden.
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Certificado de la instalación firmado por el instalador autorizado, sellado por la empresa instaladora autorizada y acompañado de las hojas de resultados de las pruebas realizadas según el artículo 22 del reglamento, según el anexo II de esta orden.
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En caso de que la instalación esté compuesta de un conjunto de instalaciones térmicas, tantos certificados de instalaciones individuales como generadores térmicos existan, según el anexo V de esta orden.
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Memoria técnica, según el anexo III de esta Orden.
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Plano de situación;
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Plano de planta con indicación de la situación de los emisores y trazado de las conduciones.
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Esquema de principio da instalación;
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Anexos de cálculo.
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Documentación para la deducción por inversión en instalaciones de climatización y/o agua caliente sanitaria que emplee energías renovables en la vivienda:
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Presupuesto analizado de la instalación.
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Factura o facturas emitida/s por el instalador habilitado.
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El/los justificante/s de pago por la totalidad del coste de la instalación.
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En el caso de que se efectúe la inversión por una comunidad de propietarios: certificado, emitido por su representante legal, de las aportaciones económicas correspondientes a cada comunero.
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No serán objeto de inscripción las instalaciones de generadores de calor de hogar abierto excepto en el caso de que estén conectadas a redes de tuberias y/o a conducto, debiendo cumplir el punto 6 de la IT.1.3.4.1.1 del reglamento.
En el caso de las instalaciones de ventilación sin tratamiento térmico, procederá la tramitación administrativa siempre que su potencia eléctrica nominal sea superior 5 kW.
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La presentación de las solicitudes de los procedimientos que se indican en el anexo I de la Resolución del 22 de julio de 2014, se realizará únicamente por medios electrónicos a través de los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, y en la oficina virtual de Industria, http://oficinavirtualindustria.xunta.es, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24.2 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades dependientes de la misma. Para la presentación de las solicitudes será necesario el documento nacional de identidad (DNI) electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
La documentación complementaria se presentará electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en los artículos 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades dependientes de la misma.
La oficina virtual de Industria, http://oficinavirtualindustria.xunta.es permite la consulta en línea de la información relacionada con los procedimientos vinculados al órgano competente en materia de industria, además del acceso a una serie de servicios electrónicos para realizar gestiones y consultas.
De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de esta disposición, cuyo tratamiento y publicación autorizan las personas interesadas mediante la presentación de solicitudes, serán incluidos en un fichero denominado «Relaciones administrativas con la ciudadanía y entidades» cuyo objeto es gestionar el presente procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su desarrollo. El órgano responsable de este fichero es la Secretaría General Técnica de la Consellería de Economía e Industria. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Secretaría General Técnica de la Consellería de Economía e Industria, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: Edificio Administrativo San Caetano, s/n, bloque 5, planta 4ª, 15781 Santiago de Compostela, o a través de un correo electrónico a lopd.industria@xunta.es
Con el objetivo de mantener adaptados a la normativa vigente los formularios vinculados la normas reguladoras de procedimientos administrativos de plazo abierto, estos podrán ser actualizados en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, sin necesidad de publicarlos nuevamente en el Diario Oficial de Galicia (DOG), siempre que la modificación o actualización no suponga una modificación sustancial del mismo. Por consiguiente, para la presentación de las solicitudes será necesario utilizar los formularios normalizados, disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, donde estarán permanentemente actualizados y accesibles para las personas interesadas.
Se amplía en tres meses más, hasta el 26 de febrero de 2015 (inclusive), el plazo para poder presentar en soporte papel las solicitudes de los procedimientos que se indican en el anexo I de la Resolución de 22 de julio de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se informa sobre la tramitación electrónica de diversos procedimientos (DOG núm. 160, de 25 de agosto).
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Registro de instalaciones de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
Incendios en los establecimientos industriales.