Guía de procedimientos y servicios

PR485A

Inscripción en el registro de planes de autoprotección de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

Sobre el procedimiento

Desde la opción "Tramitar en línea" puede acceder al formulario para realizar la presentación electrónica de solicitudes de inscripción en el registro de planes de autoprotección de Galicia. 

Si tiene dudas con la presentación de solicitudes puede consultar:

Esta orden tiene por objeto crear el Registro electrónico de planes de autoprotección, que dependerá de la Dirección General de la Xunta de Galicia con competencias en materia de protección civil y regular su procedimiento.

La inscripción en este registro es obligatoria para todos los centros, establecimientos e instalaciones dedicados a actividades que se determinan en el catálogo de actividades, recogido en el anexo I del Decreto 171/2010, del 1 de octubre, sobre planes de autoprotección en la Comunidad Autónoma de Galicia. Las no incluidas en dicho catálogo podrán inscribirse, asimismo, en el registro con carácter voluntario.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Dirección Xeral de Emerxencias e Interior

Rúa Roma nº 25-27 - Polígono de Fontiñas

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546497

Fax: 981546486

Email: regape.proteccioncivil.pr@xunta.es

Dirección Xeral de Emerxencias e Interior
Requisitos y documentación

Desde la opción "Tramitar en línea" puede acceder al formulario para realizar la presentación electrónica de solicitudes de inscripción en el registro de planes de autoprotección de Galicia. 

Si tiene dudas con la presentación de solicitudes puede consultar:

Plazo de presentación: ABIERTO

Los/Las titulares de centros, establecimientos e instalaciones dedicados a actividades que se determinan en el catálogo de actividades recogido en el anexo I del Decreto 171/2010, de 1 de octubre, deberán solicitar la inscripción en el Registro de planes de autoprotección con carácter previo al inicio de su actividad o a la modificación del ejercicio de la ya autorizada.

  • Inscripción en registros oficiales. Primera inscripción. Modificaciones de la primera inscripción. ( 30.02.00)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Solicitud.

1. Las solicitudes de inscripción en el registro se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del anexo I, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

2. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se requirirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuese realizada la enmienda.

3. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias entregadas por la persona interesada, para lo que podrán requirir la exhibición del documento o de la información original.

4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el punto anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

5. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación.

1. La solicitud de inscripción en el Registro de planes de autoprotección se compone de los datos recogidos en el formulario del anexo I de la presente orden y los documentos que deben acompañarla. El formulario (de inscripción, modificación de datos o baja) incorpora los datos relativos al centro, establecimiento o evento en el que se realiza la actividad ejercida que determina la inscripción en el Registro, datos de las personas responsables de la dirección del plan, y de la dirección del plan de actuación en emergencias, y de la persona redactora del plan, así como datos relativos a la actividad ejercida, entorno, accesibilidad, datos estructurales, focos de peligro y vulnerabilidades e instalaciones técnicas de protección contra incendios.

2. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:

– Certificado de implantación.

– Declaración responsable de la persona redactora en la que ella misma declara su habilitación y capacitación, en consonancia con el artículo 3.2 del Decreto 171/2010, de 1 de octubre.

– Declaración de la persona titular de la actividad o de la persona que ejerza su representación legal, de que se entregó el documento ante el órgano que otorga la licencia, permiso o autorización determinante para la explotación o inicio de la actividad.

– Plano de descripción de los accesos al centro.

– Plano de elementos vulnerables.

– Plano de focos de peligro.

– Plano de ubicación y entorno del centro.

– Tasas administrativas devengadas por la inscripción en el registro, código de la tasa 30.02.00, en su caso.

– Acreditación de la representación legal, si fuera el caso.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluídos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI/NIE de la persona solicitante.

b) DNI/NIE da persona representante.

c) NIF de la entidad solicitante.

d) NIF de la entidad representante.

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondente y adjuntar los documentos.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondentes».

Trámites posteriores a la presentación de la solicitud.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Tres meses

Sentido del silencio:

Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia (DOG nº 94 del 16 de mayo de 2007).

    • Decreto 171/2010, del 1 de Octubre, sobre planes de autoprotección en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 203 del 21 de octubre de 2010).

    • Orden de 27 de febrero de 2012 por la que se crea el Registro electrónico de planes de autoprotección en la Comunidad Autónoma de Galicia y se regula su procedimiento (DOG nº 50 del 12 de marzo de 2012).

    • Orden de 8 de junio de 2021 por la que se modifica la Orden de 27 de febrero de 2012 por la que se crea el Registro electrónico de planes de autoprotección en la Comunidad Autónoma de Galicia y se regula su procedimiento (DOG nº 114 del 17 de junio de 2021).

    • Decreto 172/2022, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de actividades que deben adoptar medidas de autoprotección y por el que se fija el contenido de esas medidas (DOG nº 200 del 20 de octubre de 2022).

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