Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
BS303G
Plazas juveniles, Programa campaña de verano - Plazas reservadas a discapacidad (Individual).
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Cultura, Lengua y Juventud
1. Para facilitar que la juventud gallega pueda participar en actividades de tiempo libre de calidad, la Consellería de Política Social oferta la programación de actividades para el año 2022 que se detalla en el anexo I (códigos de procedimiento: BS303G).
Las diferentes actividades que integran esta programación se llevarán a cabo en diferentes turnos durante los meses de julio, agosto y septiembre.
2. La información sobre la convocatoria de esta campaña, así como de cada actividad e instalación juvenil donde se desarrollará, se encontrará detallada en la página web http://xuventude.xunta.es/
Servicios ofertados.
1. La participación en la oferta de la Campaña de verano 2022 se realizará mediante solicitud individual o múltiple (para los supuestos de dos, tres o cuatro hermanos/as).
2. Las personas participantes dispondrán de los siguientes servicios:
a) Un programa de actividades de carácter sociocultural, recreativo, formativo y convivencial, que posibilite la participación del/de la joven.
b) Alojamiento en albergue juvenil, residencia juvenil o campamento juvenil.
c) Manutención en régimen de pensión completa.
d) El material necesario para la actividad.
e) Un equipo técnico de personal especializado en animación sociocultural y actividades de tiempo libre y actividades náuticas, en su caso. Asimismo, y para el caso de las personas con necesidades especiales que por razón de su discapacidad precisen apoyo, se dispondrá de personal que cuente con formación y experiencia para atender sus necesidades.
f) Atención sanitaria de primeros auxilios y seguro de accidentes.
g) El transporte desde Santiago de Compostela, o lugar que se señale como punto de salida, hasta el lugar de destino, así como el retorno hasta Santiago de Compostela, en caso de intercambios en otras comunidades autónomas.
3. La incorporación y la recogida de las personas participantes en las actividades de Galicia será por cuenta de la persona interesada en los términos que indique la Consellería de Política Social, a través de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, en la página web xuventude.xunta.es y antes del inicio de la actividad, y de conformidad con las medidas de prevención indicadas por las autoridades sanitarias sobre la Covid-19, en su caso.
En el supuesto de abandono de la actividad o expulsión de la persona participante, será responsabilidad de las personas progenitoras o tutoras legales el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que se ocasionen.
Personas jovenes residentes en Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Dirección Xeral de Xuventude
Edificio administrativo San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881999025/ 881999194/ 981545293/ 881999314
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude da Coruña
Servizo de Xuventude e Voluntariado da Coruña
Espazo Amizar, Gregorio Hernández, 2-4
15011 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 881881240/ 881881238/ 881881241/ 881881239
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Lugo
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294224/ 982294353/ 982294923
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Ourense
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Ourense
Celso Emilio Ferreiro, 27
32004 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386120/ 988386116/ 988386113
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Pontevedra
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Vigo
Rúa Concepción Arenal, 8, 1º andar
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817078/ 986817080/ 986817079/ 986817782
Plazo de presentación: CERRADO
18/05/2022 00:00 - 26/05/2022 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de siete (7) días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
1. Podrán solicitar su participación en las actividades ofertadas en esta convocatoria las personas jóvenes residentes en Galicia, nacidas en el año señalado en el anexo I para cada actividad.
2. En cuanto a las edades mínima y máxima para participar en la Campaña de verano 2022, las personas nacidas en el año 2013 deberán tener cumplidos los 9 años al inicio del campamento y las personas nacidas en el año 2004 no podrán cumplir 18 años antes de la finalización del campamento.
3. Para ser admitido/a en el campamento será necesario no padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio. Para los campamentos que incluyan en su programación actividades acuáticas, es requisito saber nadar, sin perjuicio de lo señalado para las personas con discapacidad en el número 5.
4. Ninguna persona participante podrá ser admitida en más de un campamento en esta convocatoria. La plaza adjudicada será intransferible.
5. Las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33 % deberán hacer constar esta circunstancia en el apartado que figura en su anexo de solicitud, con el fin de planificar los apoyos personales necesarios, si los precisase.
Para facilitar la selección de las actividades e instalaciones más adecuadas a las condiciones de las personas solicitantes, la programación de actividades y las características de las instalaciones de cada campamento se podrán consultar en la página web de xuventude (http://xuventude.xunta.es/).
En función del tipo de discapacidad, podrá exceptuarse, en su caso, el requisito de saber nadar.
Las personas solicitantes con discapacidad deben optar, de conformidad con el artículo siguiente, por el procedimiento general o por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión, de modo que quedarán excluidas en el supuesto de que presenten la solicitud por ambos procedimientos.
6. Las personas menores en situación de tutela o guarda por la Administración y que se encuentren en acogimiento residencial podrán participar en esta convocatoria y deberán indicar esta condición en el anexo de solicitud, marcando la casilla correspondiente.
7. El incumplimiento de los requisitos señalados en este artículo impedirá la participación de la persona solicitante en el campamento.
Solicitud y forma de presentación.
1. Las personas con discapacidad que presenten su solicitud individual a través del procedimiento general podrán elegir exclusivamente las actividades detalladas en el anexo I A, campamentos que se desarrollan en Galicia, excluyéndose, por tanto, los campamentos que tienen lugar en otras comunidades autónomas, relacionados en el anexo I C.
Las personas con discapacidad que opten por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión relacionadas en el anexo I B deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo IV (procedimiento BS303G).
2. Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Opcionalmente, podrán presentarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
3. Los anexos de solicitud deben ser cubiertos de acuerdo con el siguiente régimen:
a) Cada persona joven solo podrá cubrir una solicitud y elegirá, por orden de prioridad, un máximo de cinco turnos o actividades. Cada turno o actividad está identificado con un código en el anexo I, apartados A, B y C.
b) Los datos de la persona solicitante deben ser los de la persona joven que opta a participar en las actividades. En el caso de solicitudes múltiples, deberán cubrirse los datos de todos/as los/las hermanos/as que soliciten su participación.
c) Las solicitudes deberán firmarlas las personas progenitoras o tutoras de las personas menores solicitantes.
d) Las personas solicitantes deben residir en la Comunidad Autónoma de Galicia y, por tanto, la dirección que se incluya en la solicitud deberá ser, necesariamente, en algún ayuntamiento de Galicia.
e) La duplicidad de una solicitud dará lugar a la inadmisión de ambas, y la persona solicitante quedará fuera de la adjudicación.
4. La persona interesada deberá comprobar, en la página web http://xuventude.xunta.es/, la correcta mecanización de su solicitud, con el fin de subsanar los errores detectados. En esa página aparecerá un enlace para consultar el número de expediente asignado a la persona menor solicitante y los datos de la solicitud. Para tener acceso a estos deberá incluirse el número de DNI de la persona progenitora o tutora que cubrió la solicitud, así como la fecha de caducidad de ese DNI. Si las personas interesadas detectan algún error en los datos mecanizados o no encuentran la solicitud, deben llamar a cualquiera de los números de teléfono que aparecen en el anexo IX, de información sobre la convocatoria.
La comunicación de los errores deberá efectuarse, como fecha límite, hasta tres días hábiles antes del señalado para la realización del sorteo. Una vez transcurrido ese día, no procederá reclamación alguna.
5. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las normas de este procedimiento.
6. Las personas solicitantes podrán solicitar información y asesoramiento en relación con la convocatoria en los teléfonos relacionados en el anexo IX y también de modo presencial en las dependencias señaladas en el citado anexo.
Documentación complementaria para la adjudicación
1. Las personas admitidas deberán presentar, en el plazo de cinco (5) días hábiles desde el día siguiente a su notificación en el supuesto de adjudicación directa, en su caso, o desde el día siguiente al de realización del sorteo y preferiblemente por vía electrónica, la siguiente documentación:
a) Justificación de pago.
b) Si la persona menor no tiene DNI deberá presentarse la copia del libro de familia.
c) Copia de la tarjeta sanitaria o seguro médico privado.
d) Cuestionario de salud y autonomía personal y declaración de saber nadar (anexo VI). Las personas con discapacidad deberán facilitar en este documento la información actualizada que permita valorar los apoyos específicos que necesita, en su caso.
e) Declaración sobre la autorización para la captación de imágenes (anexo VII).
f) Declaración responsable sobre la COVID-19, conforme al modelo que se publicará en la página web xuventude.xunta.es, en su caso.
2. En el caso de personas con discapacidad, además, deberán presentar un certificado acreditativo del grado de discapacidad, cuando no hubiese sido expedido en nuestra comunidad autónoma, y copia del dictamen técnico facultativo, emitido por el equipo de valoración y orientación correspondiente.
3. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de estos procedimientos y tras la adjudicación de la plaza en su caso, se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, salvo que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI/NIE de la persona solicitante.
b) DNI/NIE de la persona titular de la cuenta, en caso de solicitud de devolución de cuota prevista en el artículo 15.
2. Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
a) Certificado de discapacidad expedido por la Xunta de Galicia.
b) Título de familia numerosa.
c) Certificado de reconocimiento de la condición de familia monoparental.
d) Carné xove.
3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y adjuntar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
La sede electrónica da Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo IV)
-
Ámbito Autonómico
-
Orden de 9 de mayo de 2022 por la que se regula la oferta de plazas juveniles dentro del programa Campaña de verano 2022 y se procede a su convocatoria (DOG nº 94 de 16 de mayo de 2022).
-
Otros procedimientos relacionados
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Expedición de títulos de enseñanzas impartidas en las escuelas de tiempo libre.
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