Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
PR990A
Ayudas a Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago.
Procedimiento dirigido a: Asociaciones y ong
Presidencia de la Xunta de Galicia
Las Ayudas a Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago (PR990LA) tienen por objeto fomentar la estabilidad y consolidación de las Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago y aquellas otras entidades que tengan como finalidad la promoción del Camino de Santiago y su peregrinación, como entidades imprescindibles en el fomento de la peregrinación jacobea, en la acogida y hospitalidad en el Camino de Santiago y en la promoción de la cultura jacobea.
1. Podrán solicitar las ayudas las Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago, y otras entidades que tengan como finalidad la promoción del Camino de Santiago y su peregrinación, legalmente constituidas, y que tengan como objeto principal el desarrollo de acciones relacionadas con el Camino de Santiago y la peregrinación jacobea.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarias entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incurso en dichas prohibiciones se realizará mediante declaración responsable de las entidades solicitantes.
Xunta de Galicia
Presidencia da Xunta de Galicia
Sociedade Anónima de Xestión do Plan Xacobeo
Estrada Santiago - Noia, km 3 - A Barcia
15897 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996253 / 881996264
Email: cultura.xacobea@xacobeo.org
Plazo de presentación: CERRADO
07/11/2017 00:00 - 07/12/2017 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Para poder obtener la ayuda, los proyectos presentados deberán reunir los siguientes requisitos:
a) El proyecto debe estar técnicamente completo, de manera que la documentación que se presente justifique y explique suficientemente su planteamiento.
b) Deberá fundamentar su necesidad social o insuficiencia de cobertura, en el caso de la existencia de programas públicos o privados desenvueltos con la misma finalidad.
c) El proyecto deber ser viable, tanto en términos de ejecución económica como social.
d) Deberá contar con una capacidad técnica, organizativa y de gestión idónea para llevar a cabo el proyecto a realizar.
e) Se valorará la implantación de un sistema de control y evaluación de las actividades propias de la entidad, mediante el establecimiento de indicadores que permitan medir el grado de cumplimiento de los objetivos.
Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la documentación siguiente:
a) Escritura de válida constitución de la Asociación o Entidad con su objeto social. Los solicitantes extranjeros deberán presentar la documentación equivalente que acredite la condición de asociación conforme las exigencias de la legislación vigente en el país del solicitante.
b) Poder de representación de la persona representante.
c) Memoria descriptiva del proyecto y su válida cuantificación.
d) En el caso de Entidades extranjeras, declaración del/de la presidente/a o representante, conforme tributan en su país y no tienen deberes tributarios con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Seguridad Social y Hacienda Autonómica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las Administraciones públicas:
a) NIF de la entidad solicitante
b) DNI o NIE de la persona representante en el caso de representación
c) Certificado de cumplimiento de los deberes tributarios con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
d) Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
e) Certificado de cumplimiento de los deberes tributarios con la Hacienda Autonómica de la Xunta de Galicia.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y presentar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
4. En el caso de entidades extranjeras la documentación relacionada en las líneas a) y b) del número 1 de esta Base se sustituirá por la presentación de documento equivalente y en las líneas c), d), y e) del número 1 de esta Base podrá sustituirse por una declaración del/de la presidente/a o representante, conforme tributan en su país y no tienen deberes tributarios con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Seguridad Social y Hacienda Autonómica de la Xunta de Galicia.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
En el caso de entidades extranjeras (Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago y otras entidades que tengan como finalidad la promoción del Camino de Santiago y su peregrinación) y en los supuestos de imposibilidad funcional y/o tecnológica que impidan la prensentación electrónica, las solicitudes deberán presentarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
En el caso de entidades extranjeras (Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago y otras entidades que tengan como finalidad la promoción del Camino de Santiago y su peregrinación) y en los supuestos de imposibilidad funcional y/o tecnológica que impidan la prensentación electrónica, la documentación deberá presentarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitarla la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán por medios electrónicos accediendo a la Carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. En el caso de entidades extranjeras (Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago y otras entidades que tengan como finalidad la promoción del Camino de Santiago y su peregrinación) y en los supuestos de imposibilidad funcional y/o tecnológica que impidan la prensentación electrónica, la documentación deberá presentarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo I)
Plazo de resolución: Un mes
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Anuncio de 27 de octubre de 2017 sobre la convocatoria de ayudas a asociaciones de amigos del Camino de Santiago (DOG nº 210 del 6 de noviembre de 2017).
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Bases de la convocatoria de las entregas dinerarias sin contraprestación de la S.A. de Xestión do Plan Xacobeo a las Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago.
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Otros procedimientos relacionados
Declaración responsable de inicio de la actividad, prestación de servicios de actividades al aire libre.
Abierto todo el año
Inscripción en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago.
Abierto todo el año
Cancelación de la inscripción en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago.
Abierto todo el año
Subvenciones a la creación escénica.
Plazo abierto: 24/12/2025 00:00 - 23/01/2026 23:59