Guía de procedimientos y servicios

CT128A

Inscripción en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago.

Procedimiento dirigido a: Asociaciones y ong

Abierto todo el año

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

Sobre el procedimiento
El Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago tiene la finalidad de llevar a cabo actuaciones conjuntas, facilitar información recíproca y cualquier otra forma de colaboración en lo concerniente al Camino.
Pueden inscribirse en el registro aquellas entidades que tengan como finalidad, expresamente reflejada en sus estatutos, la recuperación, conservación y promoción del Camino de Santiago y la difusión de la cultura derivada de este.

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Dirección Xeral de Patrimonio Cultural

Subdirección Xeral de Protección do Patrimonio Cultural

San Caetano s/

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544010

Fax: 981544830

Subdirección Xeral de Protección do Patrimonio Cultural
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 18 de Octubre de 2016.

Las entidades solicitantes deberán tener como finalidad, expresamente reflejada en sus estatutos, la recuperación, conservación y promoción del Camino de Santiago, así como la difusión de la cultura derivada de el mismo.

  • Solicitud según el Anexo I.

  • Memoria justificativa de las actividades desarrolladas en los últimos años y proyecto de actividades inminentes en el futuro.

  • Escritura de constitución y estatutos en los que deberá acreditarse la finalidad descrita en el artículo 23 del Decreto 45/2001, de 1 de febrero: para su inscripción en el Registro, las entidades solicitantes deberán tener como finalidad, prioritariamente reflejada en sus estatutos, la recuperación, la conservación y la promoción del Camino de Santiago, así como la difusión de la cultura derivada de el.

  • Composición del órgano de dirección de la entidad solicitante en el anexo II.

  • Declaración de Regimen económico y financiación.

    • Certificado de inscripción en el registro o registros correspondientes estatales o internacionales. En caso de que la entidad solicitante sea extranjera, deberá acreditar su inscripción o visado por el organismo competente en su Estado.

Después de presentar

Plazo de resolución: 30 días

Sentido del silencio: No especificado

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 45/2001, de 1 de febrero, de refundición de la normativa en materia del Camino de Santiago (DOG nº 36 del 20 de Febrero de 2001).

    • Decreto 209/2002, de 13 de junio, por el que se modifica el Decreto 45/2001, de 1 de febrero, de refundición de la normativa en materia del Camino de Santiago (DOG nº 121 del 25 de Junio de 2002).

    • Corrección de errores.-Decreto 209/2002, de 13 de junio, por el que se modifica el Decreto 45/2001, de 1 de febrero, de refundición de la normativa en materia del Camino de Santiago (DOG nº 129, del 5 de Julio de 2002).

    • Orden de 22 de septiembre de 2016 por la que se adaptan y habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (DOG nº 185 del 28 de septiembre de 2016).

    • Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se inscribe la Asociación Uruguaya de Amigos del Camino de Santiago en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago (DOG nº 114 del 13 de junio de 2024).

    • Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se inscribe la Asociación de Amigos del Camino de Santiago de Segovia en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago(DOG nº 41 del 03 de marzo de 2026).

    • Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se inscribe la Fundación Conchita Bernárdez en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago(DOG nº 41 del 03 de marzo de 2026).

    • Resolución de 6 de marzo de 2026, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se inscribe la Asociación Soavila Rural en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago (DOG nº 50 de 16 de marzo de 2026).

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