Guía de procedimientos y servicios

SA442A

Diligenciado de libros de registro para una empresa funeraria, tanatorio, velatorio, crematorio o cementerio.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Sanidad

Sobre el procedimiento

La sanidad mortuoria, como parte integrante de la actividad de las administraciones públicas en materia de salud, comprende:

a) La regulación de toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres o restos, excepto las actividades relacionadas con la obtención de órganos, tejidos y piezas anatómicas de personas donantes fallecidas y las autopsias clínicas o judiciales, que se regirán por su normativa específica.

b) Las normas sanitarias de exposición, transporte, cremación, inhumación, exhumación y reinhumación.

c) Las condiciones técnico-sanitarias que deben reunir las empresas funerarias, tanatorios, velatorios y crematorios.

d) Las condiciones técnico-sanitarias que tienen que cumplir los cementerios y lugares especiales de enterramiento.

e) La función inspectora y la potestad sancionadora para el caso del incumplimiento de la normativa vigente en la materia.

f) La creación del censo de empresas y establecimientos funerarios de Galicia.

Empresas do sector funerario.

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Dirección Xeral de Saúde Pública

Subdirección Xeral de Saúde Ambiental e Seguridade Alimentaria

Servizo de Saúde Ambiental

San Lázaro s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881542955

Fax: 881542943

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de A Coruña

Servizo de Control de Riscos Ambientais de A Coruña

R/ Durán Loriga, 3-7ª

15003  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981155820

Fax: 981155813

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Lugo

Servizo de Control de Riscos Ambientais de Lugo

Montevideo, 9

27001  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982292087

Fax: 982292128

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Ourense

Servizo de Control de Riscos Ambientais de Ourense

Avda. Zamora, 13

32005  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988066325

Fax: 988066331

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Pontevedra

Servizo de Control de Riscos Ambientais de Pontevedra

R/Fernández Ladreda, 43-1º

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986885878

Fax: 986505610

Servizo de Saúde Ambiental
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

El presente Decreto entrará en vigor al mes de su publicación en el Diario Oficial de Galicia (a partir del 18 de octubre de 2023).

1. Los libros oficiales de registro serán diligenciados por la jefatura territorial de la consellería competente en materia de sanidad de la provincia correspondiente. Para tal efecto, se dirigirá una solicitud según el modelo recogido en el anexo VI (SA442A) a la persona titular de la jefatura territorial correspondiente de la consellería competente en materia de sanidad, aportando el libro oficial de registro y el justificante del pago de las tasas (código de la tasa 30.01.00), excepto cuando el pago de esta se realice directamente a través de la sede electrónica.

2. Los libros oficiales de registro permanecerán custodiados bajo la responsabilidad de la persona titular del establecimiento, empresa o entidad, o por la persona designada por estas.

3. Los libros oficiales de registro podrán ser controlados, en cualquier momento, por requerimiento de las autoridades sanitarias competentes de la Administración autonómica y de la municipal.

4. Las personas o entidades titulares estarán obligadas a cumplimentar los libros oficiales, cubriendo en su totalidad los datos especificados en cada uno de sus puntos.

  • Diligenciado de libros. ( 30.01.00)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Solicitud según el Anexo VI.

Justificante de pago de tasas (código de la tasa 30.01.00), excepto se realice el pago directamente en la sede electónica.

Comprobación de datos.

1. En relación con las declaraciones responsables, solicitudes y comunicaciones previstas en este decreto se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI/NIE de la persona declarante, solicitante o comunicante.

b) DNI/NIE de la persona representante.

c) NIF de la entidad declarante, solicitante o comunicante.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario y aportar una copia de los documentos. Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de una copia de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de declaraciones responsables, solicitudes o comunicaciones.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Plazo de resolución: Tres meses

Sentido del silencio: Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 129/2023, de 31 de agosto, de sanidad mortuoria de Galicia (DOG nº 177 del 18 de septiembre de 2023).

    • Corrección de errores. Decreto 129/2023, de 31 de agosto, de sanidad mortuoria de Galicia (DOG nº 187 del 2 de octubre de 2023).

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