Guía de procedimientos y servicios

SA101L

Cierre de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Sanidad

Sobre el procedimiento
Regular el régimen jurídico general y el procedimiento de autorización de la instalación, del funcionamiento, de la modificación y del cierre de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, públicos o personales, de cualquier clase o naturaleza, localizados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Interesados en cerrar centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de A Coruña

Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de A Coruña

R/Durán Loriga, 3

15003  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981155817/ 981155823

Fax: 981155869

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Lugo

Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de Lugo

Montevideo, 9

27001  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982292107

Fax: 982292115

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Ourense

Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de Ourense

Avda. Zamora, 13

32071  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988066321

Fax: 988386302

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Pontevedra

Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de Pontevedra

Avda. María Victoria Moreno, 43-1º

36071  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986885880

Fax: 986814186

Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Sanidade
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Este decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Los centros, servicios y establecimientos sanitarios que vayan a finalizar su actividad de modo definitivo, deberán solicitar autorización administrativa con tres meses de antelación al fin de la actividad.

  • Solicitud según el Anexo IC de este Decreto.

  • La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a traves del formulario electrónico normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de conformidad a lo establecido en los artículos 27.6 de la Ley 11/2007, del 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24.2 del Decreto 198/2010 por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

    La documentación complementaria podrá presentarse electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, del 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010 por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

    Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente del formulario principal, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.

    En el caso de que alguno de los documentos que se van a presentar por parte de la persona solicitante, de forma electrónica, superara los tamaños límites establecidos por la sede electrónica, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para eso, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaño máximo admitido de la documentación complementaria para cada procedimiento.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 12/2009, de 8 de enero, por el que se regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (DOG nº 20 del 29 de enero de 2009).

    • Decreto 42/2014, de 27 de marzo, por el que se modifica el Decreto 12/2009, de 8 de enero, por el que se regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (DOG nº 71 del 11 de abril de 2014).

  • Ámbito Estatal
    • Real Decreto 1277/2003, del 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (BOE nº 254 del 23 de octubre de 2003).

    • Corrección de errata del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (BOE nº 279 de 21 de noviembre de 2003).

    • Corrección de errores del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (BOE nº 162 de 6 de julio de 2004).

    • Orden SCO/1741/2006, de 29 de mayo, por la que se modifican los anexos del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (BOE nº 134 de 6 de junio de 2006)

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