Guía de procedimientos y servicios

PR775A

Concurso de literatura infantil y juvenil del día de las letras gallegas.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2026 - Plazo cerrado: 09/04/2026 00:00 - 08/05/2026 23:59

Consellería de Hacienda y Administración Pública

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Convocar, bajo el régimen de concurrencia competitiva, el oncurso de literatura infantil y juvenil del Día de las Letras Gallegas 2026 orientado a los niños y niñas con vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia, e con edades comprendidas, según estas dos categorías: de 9 a 11 años y de 12 a 14 años

Dirigido a niñas y niños que tengan su vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia y tengan edades comprendidas, en función de las dos categorías previstas, de 9 a 11 años y de 12 a 14 años. La edad estará referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de trabajos.

No podrán acceder a estos premios:

- Las personas participantes cuyos representantes legales se encuentren afectados por alguna de las circunstancias previstas en los artículos 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

- Los hijos y las hijas de las personas integrantes del jurado.

Xunta de Galicia

Consellería de Facenda e Administración Pública

Escola Galega de Administración Pública (EGAP)

R/ Madrid, 2-4 (Fontiñas)

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546044/ 981546331

Fax: 981546337

Email: secretaria.egap@xunta.gal novas.egap@xunta.gal

Escola Galega de Administración Pública (EGAP)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

09/04/2026 00:00 - 08/05/2026 23:59

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el Diario Oficial de Galicia.

1. Los cuentos serán inéditos y deberán redactarse en lengua gallega. No serán valorados aquellos textos que no cumplan unos requisitos mínimos de corrección idiomática en el empleo de la lengua gallega.

2. La temática será libre. Tendrán una extensión mínima de una página y máxima de cinco y deberán estar escritos por una sola cara. En caso de presentar los textos en papel, deberá utilizarse el tamaño A4 y no unir las páginas con clips, grapas u otros elementos. Las páginas deberán estar numeradas.

3. La primera página del cuento deberá incluir únicamente el título y el pseudónimo. En el cuento no podrá figurar ningún dato que permita identificar a la persona participante.

4.Queda prohibido el uso de tecnologías de inteligencia artificial para la elaboración de los cuentos presentados.

5. Podrán presentarse trabajos premiados en otros concursos, excepto que ya hayan sido premiados anteriormente por la EGAP, siempre que no hayan sido publicados.

6. Cada persona participante podrá presentar una única obra al concurso, con independencia del número de pseudónimos que utilice.

Si se detecta la presentación de más de un cuento por una misma persona, se requerirá su enmienda, para que indique cuál de ellos mantiene en el certamen, y quedarán excluidos los restantes.

Solicitudes

1. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

2. Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

3. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

4. Las solicitudes las suscribirán directamente las personas interesadas con plena capacidad de obrar o, en su caso, los/las representantes legales de las personas solicitantes.

Documentación complementaria

1. Las personas interesadas que opten por la presentación electrónica deberán utilizar el anexo I y adjuntar dos archivos independientes en formato pdf de la manera siguiente:

a) Un archivo, en formato pdf, que contenga el texto del cuento con las características de la base 3ª. Este archivo se nombrará del siguiente modo: CUENTO_Título del cuento.

b) Un archivo, que contenga el certificado de nacimiento. Este archivo se nombrará del siguiente modo: DATOS PERSONALES_Título del cuento.

2. En caso de que se opte por la presentación presencial, deberán presentar el anexo I de solicitud y aportar la siguiente documentación:

– Un sobre tamaño folio, cerrado, con la siguiente inscripción en la parte exterior: Concurso de literatura infantil y juvenil del Día de las Letras Gallegas 2026, título del cuento y pseudónimo. Dentro del sobre debe incluirse únicamente el cuento con las características de la base 3ª.

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario presentar los documentos que ya fueron presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se pueden obtener los citados documentos, se le podrá solicitar nuevamente a la persona interesada su aportación.

3. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos de las personas representantes legales de la persona menor incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante legal del/de la menor participante.

c) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

d) Certificado de estar al corriente en el pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

e) Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.

f) Comprobación de subvenciones y ayudas públicas concedidas.

g) Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.

h) Consulta de los datos de convivencia actual.

i) Consulta del certificado de nacimiento.

2. En caso de que las personas representantes legales se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el formulario correspondiente y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se les podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

Séptima. Instrucción y tramitación de las solicitudes

La Dirección de la EGAP, directamente o a través de sus servicios administrativos, actuará como órgano instructor del procedimiento, en los términos recogidos en el artículo 21 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, el conocimiento y la comprobación de los datos en virtud de los cuales se debe pronunciar el dictamen de concesión de los premios. En particular, tendrá atribuidas específicamente las funciones de recepción de los originales presentados, la instrucción y el requerimiento de la enmienda a las personas solicitantes o representantes, si fuese necesario.

Trámites administrativos posteriores 

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cinco meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 25 de marzo de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Concurso de literatura infantil y juvenil del Día de las Letras Gallegas 2026 (DOG nº 64 de 08 de abril de 2026).

    • Extracto de la Resolución de 25 de marzo de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Concurso de literatura infantil y juvenil del Día de las Letras Gallegas 2026 (DOG nº 64 de 08 de abril de 2026).

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