Guía de procedimientos y servicios

PR461D

Inscripción proceso de provisión por movilidad. Categoría de policía.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2025 - Plazo cerrado: 07/07/2025 00:00 - 01/09/2025 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

Sobre el procedimiento

Convocar proceso de provisión por movilidad en los cuerpos de Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía.

Funcionarios aspirantes a otros Cuerpos de la Policia Local.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)

Dirección Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Secretaría Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Servizo de Coordinación, Planificación e Selección

Rúa da Cultura, s/n

36680  Estrada, A  (Pontevedra)

Teléfono: 886206109

Email: seleccion.agasp@xunta.gal

https://agasp.xunta.gal/es

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

07/07/2025 00:00 - 01/09/2025 23:59

Segun la Orden de 29 de julio de 2025 por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2025 se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes de veinte días (20) hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El anuncio de esta convocatoria será publicado también en los boletines provinciales de las cuatro provincias gallegas.

a) Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo en la categoría de policía.

b) Tener una antigüedad mínima de tres años en la categoría de policía.

c) Llevar más de tres años de tiempo efectivo y continuado en el actual destino.

d) No encontrarse en situación administrativa de segunda actividad, salvo los casos de segunda actividad por embarazo o lactancia.

e) Estar en posesión de la titulación académica exigida para la categoría o en condiciones de obtenerla.

f) En el supuesto regulado en el artículo 40 del Decreto 15/2023, de 12 de enero, en relación con la participación simultánea en varios procesos de movilidad, se establece como obligación la comunicación de esta situación a la Agasp y al/a los ayuntamiento/s interesado/s.

Los requisitos enumerados en este artículo, tanto para el acceso por oposición libre como provisión por movilidad, deberán acreditarse en la fecha de la presentación de la solicitud, dentro del plazo fijado en esta convocatoria y se deberán mantener hasta que finalice el proceso selectivo, tanto en la fase de oposición como en el desarrollo del curso selectivo, incluido el período de prácticas en los ayuntamientos de origen.

  • Inscripción en los procesos selectivos para la selección de los miembros de los cuerpos de la policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local derivada de la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos ( 30.03.04)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Solicitudes

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal, que es el anexo II de esta orden (código de procedimiento PR461D).

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuera realizada la subsanación.

No se tendrá en cuenta la documentación que no quede debidamente acreditada dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes de participación en el proceso vincularán a las personas solicitantes una vez finalizado el plazo de presentación de estas.

Se podrá renunciar a participar en este proceso en cualquier momento y, como máximo, hasta la publicación de la lista que contenga la baremación definitiva realizada por el tribunal.

En el supuesto de estar interesados/as en varias plazas ofertadas en el anexo III de esta orden, deberán solicitarlas por orden de preferencia.

Presentación electrónica. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Tasas.

1. Abono de las tasas.

Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, como requisito necesario para participar en este proceso, se deberá abonar dentro del plazo de presentación de solicitudes, en concepto de derecho de inscripción, el importe de 33,13 euros y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes.

El pago de la tasa podrá hacerse:

a. Electrónicamente: con cargo a una tarjeta de crédito o débito y, en caso de que se tenga certificado digital, se podrá también hacer con cargo a una cuenta bancaria del titular. En el momento de hacer el pago se obtendrá un justificante (modelo 730).

b. Presencialmente: en este caso se deberá imprimir el documento de pago (modelo 739) y realizar el ingreso del importe de la tasa en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia, donde se le deberá sellar el justificante con la fecha del pago.

Los códigos para cubrir las tasas son los siguientes:

Consellería: Presidencia, Justicia y Deportes. Código 04.

Delegación: Servicios centrales. Código 13.

Servicio: Academia Gallega de Seguridad Pública. Código 19.

Tasa: Denominación: inscripción en los procesos selectivos para la selección de personal de los cuerpos de la Policía Local de Galicia. Código 30.03.04.

El impago de la tasa correspondiente o la falta de justificación de la misma en plazo determinará la exclusión de la persona aspirante en el proceso, no siendo posible su corrección fuera del plazo de presentación de solicitudes.

La presentación del justificante del abono de las tasas no supondrá el relevo del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso.

Finalizado correctamente el proceso de pago, se podrá presentar la solicitud.

2. Exención y bonificación en el abono de la tasa. Siempre que se cumpla el resto de requisitos.

a. Estarán exentos del pago de esta tasa por derecho de inscripción:

• Personas miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.

• Personas con discapacidad igual o superior al 33 %.

b. Se aplicará una bonificación del 50 % del importe de la tasa a las:

• Personas miembros de familias numerosas de categoría general.

• Personas que figuren como demandantes de empleo desde, por lo menos, los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas en que soliciten su participación y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.

• Víctimas del terrorismo, tal y como se describe en el artículo 23 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Las circunstancias de exención y bonificación deberán ser acreditadas, según el supuesto que corresponda, presentando con la solicitud la documentación que se especifica en el punto 3.4 de esta orden.

Documentación complementaria que se debe presentar para participar en el proceso.

a. Solicitud (anexo II) debidamente cubierta y firmada (código de procedimiento PR461D).

b. Justificante del pago de la tasa (código 30.03.04), excepto que el pago de la tasa se inicie y finalice electrónicamente a través de la sede.

c. Certificado de familia numerosa de carácter general o especial, o carné familiar en el que conste dicho carácter, siempre que no haya sido expedido por la Xunta de Galicia, en cuyo caso se podrá consultar, siempre que la persona no se oponga a su consulta en el anexo II de la solicitud.

d. Resolución administrativa por la que se reconozca la condición de víctima de terrorismo, en su caso.

e. Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad o certificado de discapacidad expedido por el órgano competente en la materia, siempre que no haya sido expedido por la Xunta de Galicia.

f. Relación de los méritos que se acrediten, por cada uno de los puntos de que consta el concurso, según lo especificado en el anexo VI.

g. Copia de la documentación acreditativa de los méritos alegados. La documentación acreditativa de los méritos se deberá presentar en el orden en que figura cada uno de los méritos en la relación de méritos del anexo.

No es preciso remitir documentación acreditativa del epígrafe 3 del anexo VI relativa a la formación profesional y docencia.

h. Certificado acreditativo en el que conste que se cumplen los requisitos contemplados en el punto 2.2 de esta convocatoria de:

• Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo en la categoría de policía.

• Tener una antigüedad mínima de tres años en la categoría de policía, desde la fecha de nombramiento como funcionario de carrera.

• Llevar más de tres años de tiempo efectivo y continuado en el actual destino.

• No encontrarse en situación administrativa de segunda actividad, excepto los casos de segunda actividad por embarazo o lactancia.

i. Documentación acreditativa de la representación.

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada. De forma excepcional, si no se pudiesen obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

Presentación.

Para el proceso de provisión por movilidad (PR461D): la documentación relacionada se deberá presentar electrónicamente. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación aquella en que fuera realizada la subsanación.

Responsabilidad. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

La consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación aportada por los/las aspirantes se sancionará con la anulación de la solicitud, sin perjuicio de las demás medidas legales que correspondan.

Presentación separada. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberán indicar el código del procedimiento (PR461D), el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Tamaño máximo y formatos admitidos. En caso de que alguno de los documentos para presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos

Para la tramitación de estos procedimientos se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a. DNI de la persona solicitante.

b. DNI o NIE de la persona representante.

c. Títulos oficiales no universitarios.

d. Títulos oficiales universitarios.

Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a) Título de familia numerosa expedido por la Administración autonómica.

b)Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad o certificado de discapacidad expedido por la Xunta de Galicia.

En los dos procedimientos (libre y movilidad), en caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en los formularios de la solicitud y aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Para el proceso de provisión por movilidad (PR461D): todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 85 del 3 de mayo de 2007).

    • Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local (DOG nº 222 del 22 de noviembre de 2017).

    • Decreto 15/2023, de 12 de enero, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 30 del 13 de febrero de 2023).

    • Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 22 del 2 de febrero de 2009)

    • Orden de 26 de junio de 2025 por la que se aprueban las bases generales reguladoras y se convocan el proceso selectivo de acceso por oposición libre (código de procedimiento PR461B) y el proceso de provisión por movilidad (código de procedimiento PR461D) en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía (DOG nº 125 de 2 de julio de 2025).

    • Orden de 29 de julio de 2025 por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2025 por la que se aprueban las bases generales reguladoras y se convocan el proceso selectivo de acceso por oposición libre (código de procedimiento PR461B) y el proceso de provisión por movilidad (DOG nº 145 de 31 de julio de 2025).

    • Resolución de 4 de septiembre de 2025 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas en el proceso de provisión por movilidad (código de procedimiento PR461D) en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía, convocado por la Orden de 26 de junio de 2025(DOG nº 176 de 12 de septiembre de 2025).

    • Resolución de 9 de septiembre de 2025 por la que se nombra al tribunal que deberá calificar el proceso selectivo de provisión por movilidad en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía (código de procedimiento PR461D), convocado mediante la Orden de 26 de junio de 2025 (Diario Oficial de Galicia número 125, de 2 de julio) (DOG nº 178 de 16 de septiembre de 2025).

    • Resolución de 11 de septiembre de 2025 por la que se declara la tramitación de urgencia en el proceso selectivo de acceso por oposición libre (código de procedimiento PR461B) y el proceso de provisión por movilidad (código de procedimiento PR461D) en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía, convocados mediante la Orden de 26 de junio de 2025 (Diario Oficial de Galicia número 125, de 2 de julio) (DOG nº 180 de 18 de septiembre de 2025).

    • Resolución de 29 de septiembre de 2025 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso de provisión por movilidad (código de procedimiento PR461D) en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía, convocado por la Orden de 26 de junio de 2025 (DOG nº 193 de 07 de octubre de 2025).

    • Resolución de 29 de septiembre de 2025 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso de provisión por movilidad (código de procedimiento PR461D) en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía, convocado por la Orden de 26 de junio de 2025 (DOG nº 193 de 07 de octubre de 2025).

  • Ámbito Estatal
    • Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de la Academia Gallega de Seguridad Pública, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se publica la convocatoria del proceso selectivo de acceso por oposición libre y provisión por movilidad, en los Cuerpos de la Policía Local de Galicia, Escala Básica, categoría de Policía (BOE nº 160, de 4 de julio de 2025)

    • Resolución de 31 de julio de 2025, de la Academia Gallega de Seguridad Pública, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se publica la modificación de la convocatoria del proceso selectivo de acceso por oposición y provisión por movilidad, en los Cuerpos de Policía Local de Galicia, Escala Básica, categoría de Policía (BOE nº 184, de 1 de agosto de 2025)

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