Guía de procedimientos y servicios

PE616C

Inscripción en los exámenes teóricos y prácticos para la obtención de los títulos que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2026 - Plazo abierto: 26/03/2026 00:00 - 10/04/2026 23:59

Consellería del Mar

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Regular la convocatoria para la inscripción en los exámenes teóricos y prácticos para la obtención de los títulos que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo y motos náuticas en la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026

Aspirantes para la obtención del título para el gobierno de las embarcaciones de ocio en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

Xefatura Comarcal de Ribeira

Praza dos Mariñeiros, s/n

15960  Ribeira  (Coruña, A)

Teléfono: 881997155

Fax: 881997151

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

Xefatura Comarcal de Pontevedra

Rúa Fernández Ladreda, nº 43 - 4ª Planta

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805470

Fax: 986805512

Email: delegación.mar.pontevedra@xunta.es

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro

Instituto Politécnico Marítimo-pesqueiro del Atlántico de Vigo

Avenida Beiramar, nº 55

36202  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 886110825/ 886110826

Fax: 986201286

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro

Escola Oficial Náutico Pesqueira de Ribeira

Rúa dos Estudantes, nº 7

15960  Ribeira  (Coruña, A)

Teléfono: 881866317/ 881866324

Fax: 981874368

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

Rúa Concepción Arenal, nº 8

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817113

Fax: 986817160

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Subdirección Xeral de Xestión, Ensino e Relacións Sectoriais

Servizo de Ensino e Titulacións Náutico-pesqueiras

Rúa dos Irmandiños, s/n Salgueiriños

15701  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546139

Fax: 981546138

Email: cma.dxdesenvolvemento@xunta.gal

https://mar.xunta.gal/

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Celeiro

Rúa Ramón Canosa, nº 1 - Celeiro

27863  Viveiro  (Lugo)

Teléfono: 982555002

Fax: 982555005

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro

Escola Oficial Náutico Pesqueira de Ferrol

Rúa 19 de Febreiro, nº 30-34

15407  Ferrol  (Coruña, A)

Teléfono: 881938212/ 881938213

Fax: 881938224

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

Rúa Ramón y Cajal, nº 2 - 5º andar

15006  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981182029

Fax: 981182027

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

Xefatura Comarcal de Ferrol

Praza Camilo José Cela, s/n

15403  Ferrol  (Coruña, A)

Teléfono: 981337315

Fax: 981337318

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

Xefatura Comarcal de Vilagarcía de Arousa

Alto da Rosa, s/n - Carril

36610  Vilagarcía de Arousa  (Pontevedra)

Teléfono: 886206308

Fax: 886206314

Email: xefatura.cmar.vilagarcia@xunta.es

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: ABIERTO

26/03/2026 00:00 - 10/04/2026 23:59

03/08/2026 00:00 - 14/08/2026 23:59

Convocatoria de mayo de 2026:

Matrícula: del 26 de marzo hasta el 10 de abril, ambos inclusive.

Convocatoria de septiembre de 2026:

Matrícula: del 3 al 14 de agosto, ambos inclusive.

Para obtener las titulaciones de patrón/patrona de embarcaciones de recreo, patrón/patrona de yate y capitán/capitana de yate, las personas interesadas deberán haber cumplido los 18 años de edad en el momento en el que se realicen las pruebas para la obtención de estos títulos.

El título de patrón/patrona para navegación básica pueden obtenerlo los/las menores de edad que hayan cumplido los 16 años en el momento de realización de las pruebas, siempre que lo acrediten, mediante la presentación por escrito del consentimiento de sus padres, madres o tutores/as legales, y superen los requisitos teóricos y prácticos exigidos en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre.

  • Examen teórico para la obtención del titulo para el gobierno de embarcaciones de recreo. ( 30.21.01)
  • Examen práctico para la obtención de la titulación de embarcaciones de ocio. ( 30.21.06)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Solicitud.

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Para poder presentarse a las convocatorias ordinarias, las personas interesadas tienen que presentar, dentro del período de matrícula de cada una de ellas, la solicitud dirigida al centro oficial de enseñanza pesquera donde quieren realizar el examen. El modelo de solicitud es el que figura en el anexo I de esta resolución (procedimiento PE616C).

Una vez finalizado el plazo de matrícula de cada convocatoria que aparece indicado en el anexo II, se hará público el listado provisional de las personas admitidas y excluidas en el portal web de formación de la Consellería del Mar https://mar.xunta.gal/gl/formacion/informacion-do-alumnado y en los tablones de anuncios de cada centro oficial de enseñanza marítimo-pesquera, y se dará un plazo de 10 días hábiles para que las personas excluidas puedan subsanar las deficiencias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Acreditación del pago de las tasas si se realiza de manera presencial. Si se hace de manera telemática, no es necesario presentarlo.

El pago de la tasa puede realizarse antes o dentro del período de matrícula y solamente será válido para la convocatoria que está en curso. En caso de que las personas interesadas no realicen el pago de la tasa antes de la fecha del fin de la matrícula, no podrán presentarse a los exámenes.

Según la actualización de las tarifas contenidas en los anexos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, las tasas por los derechos de examen de las distintas titulaciones de recreo son las siguientes:

1. Exámenes teóricos. Código de la tasa: 30.21.01.

Patrón/patrona para navegación básica: 31,92 €.

Patrón/patrona de embarcaciones de recreo: 41,09 €.

Patrón/patrona de yate: 57,57 €.

Capitán/capitana de yate: 69,85 €.

- Patrón/patrona de moto náutica A o B: 31 €.

2. Exámenes prácticos. Código de la tasa: 30.21.06.

Patrón/patrona para navegación básica: 79,76 €.

Patrón/patrona de embarcaciones de recreo: 79,76 €.

Patrón/patrona de yate: 119,66 €.

Capitán/capitana de yate: 119,66 €.

Patrón/patrona de moto náutica A o B: 89,82 €.

Si desea tramitar la tasa por vía telemática, deberá introducir los datos de la tasa y efectuar su pago. Para esto dispone de las modalidades de pago telemático (cargo en cuenta o tarjeta) y pago presencial (mediante un impreso para presentar en la entidad bancaria). Una vez realizado el ingreso, obtendrá el justificante correspondiente.

Si desea tramitar la tasa de manera presencial, podrá obtener un modelo en blanco para cubrir o bien introducir los datos de la tasa y la aplicación le proporcionará el modelo ya cubierto.

La dirección web es la siguiente:

https://ovt.atriga.gal/#!/detalle_servizo/?Pago+de+taxas+e+prezos/11609730/4126995/11609860/l/item-dark-blue

b) Consentimiento de sus padres, madres o tutores/as legales para los menores de edad que hayan cumplido los 16 años, en el momento de realización de las pruebas para obtener el título de patrón/patrona para navegación básica.

c) Copia del título de patrón/patrona para navegación básica, si fue expedido fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, para poder presentarse a la parte complementaria del examen teórico para obtener el título de patrón/patrona de embarcaciones de recreo. Deberán presentar una copia del título antes de finalizar el plazo de matrícula.

d) Copia del título de patrón/patrona de embarcaciones de recreo, si fue expedido fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, para las personas que se presenten al examen de patrón/patrona de yate. Deberán presentar una copia del título antes de finalizar el plazo de matrícula.

e) Copia del título de patrón/patrona de yate, si fue expedido fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, para las personas que se presenten al examen de capitán/capitana de yate. Deberán presentar una copia del título antes de finalizar el plazo de matrícula.

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario presentar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración.

En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se hubiesen podido obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento, se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a la consulta:

• DNI o NIE de la persona solicitante.

• DNI o NIE de la persona representante.

• NIF de la entidad representante.

• Título de patrón/patrona para navegación básica cuando haya sido expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.

• Título de patrón/patrona de embarcaciones de recreo cuando haya sido expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.

• Título de patrón/patrona de yate cuando haya sido expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.

• Certificado de examen de patrón/patrona para navegación básica cuando haya sido expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.

• Certificado de examen de patrón/patrona de embarcaciones de recreo cuando haya sido expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.

• Certificado de examen de patrón/patrona de yate cuando haya sido expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.

• Certificado de examen de capitán/capitana de yate cuando haya sido expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 8 de enero de 2009 por la que se establecen las condiciones y se regulan los requisitos para la obtención de los títulos que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 11 del 16 de enero de 2009).

    • Resolución de 23 de enero de 2026, de la Dirección General de Desarrollo Pesquero, por la que se convocan exámenes ordinarios teóricos y prácticos para la obtención de las titulaciones que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo y motos náuticas en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 36 del 24 de febrero de 2026).

  • Ámbito Estatal
    • Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE nº 247 de 11 de octubre de 2014).

    • Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas (BOE nº 104, de 1 de mayo de 2019).

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