Guía de procedimientos y servicios

MT105B

Autorización autonómica de usos en suelo rústico, previa a la obtención del título habilitante municipal.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

Sobre el procedimiento
La competencia para el otorgamiento de la autorización autonómica prevista en la Ley 2/2016 corresponde a la persona titular del órgano competente en materia de urbanismo, ajustándose el procedimiento a las siguientes reglas:

a) El promotor habrá de presentar la solicitud ante el ayuntamiento acompañada de anteproyecto redactado por técnico competente, con el contenido que se detalle reglamentariamente.

b) El ayuntamiento someterá el expediente a información pública por plazo de un mes, mediante anuncio que habrá de publicarse en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en uno de los periódicos de mayor difusión en el municipio. El anuncio deberá indicar, como mínimo, el emplazamiento, uso solicitado, altura y ocupación de la edificación pretendida y el lugar y horario de consulta de la documentación completa.

c) Simultáneamente, se solicitarán los informes o autorizaciones sectoriales preceptivos.

d) Concluida la información pública, el ayuntamiento remitirá el expediente completo tramitado al órgano competente en materia de urbanismo, incluyendo las alegaciones presentadas, los informes o autorizaciones sectoriales y los informes técnico y jurídico municipales sobre la conformidad con la legalidad urbanística.

Transcurrido el plazo de dos meses sin que el ayuntamiento remitiese el expediente completo, las personas interesadas podrán solicitar la subrogación al órgano competente en materia de urbanismo, que reclamará el expediente al ayuntamiento y proseguirá la tramitación hasta su resolución.

e) El órgano competente en materia de urbanismo podrá requerir del promotor o promotora la documentación e información complementaria que estime necesaria o bien la subsanación de las deficiencias de la solicitud para adaptarse a lo dispuesto en la Ley 2/2016.

f) El órgano competente en materia de urbanismo examinará la adecuación de la solicitud a la Ley 2/2016 y a los instrumentos de ordenación del territorio, resolviendo en el plazo de tres meses, a contar desde la entrada del expediente completo en el registro de la consejería. Transcurrido el plazo sin resolución expresa, la misma se entenderá otorgada por silencio administrativo.

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Secretaría Xeral de Vivenda e Urbanismo

Dirección Xeral de Urbanismo

Subdirección Xeral de Urbanismo

Servizo de Planificación Urbanística I

Edificios Administrativos. San Caetano

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544336

Fax: 981544336

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Departamento Territorial da Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas de A Coruña

Servizo de Urbanismo da Coruña

Edificio Servicios Múltiples - Rúa Vicente Ferrer, 2

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184851

Fax: 981182255

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Departamento Territorial da Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas de Lugo

Servizo de Urbanismo de Lugo

Avda. Ramón Ferreiro, 28

27002  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294396

Fax: 982294422

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Departamento Territorial da Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas de Ourense

Servizo de Urbanismo de Ourense

Praza Eduardo Barreiros, 12 baixo

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988687326

Fax: 988687338

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Departamento Territorial da Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas de Pontevedra

Servizo de Urbanismo de Pontevedra

Rúa Fernández Ladreda, 43, 1º

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805603

Fax: 986805661

Servizo de Planificación Urbanística I
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 5 de Julio de 2016.

  • Solicitud segundo o Anexo I.

  • Expediente completo tramitado por el ayuntamiento debidamente diligenciado (incluyendo alegaciones, informes o autorizaciones sectoriales e informes tecnico y jurídico municipales).

  • Anteproyecto redactado por tecnico competente.

  • Otra documentación.

Después de presentar

Plazo de resolución: Tres meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 27 de abril de 2020 por la que se acuerda el inicio y/o la continuación de la tramitación de determinados procedimientos indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios públicos en el ámbito de esta consellería durante la vigencia del estado de alarma (DOG nº 84 de 4 de mayo de 2020).

    • Corrección de errores. Orden de 27 de abril de 2020 por la que se acuerda el inicio y/o la continuación de la tramitación de determinados procedimientos indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios públicos en el ámbito de esta consellería durante la vigencia del estado de alarma (DOG nº 88 de 8 de mayo de 2020).

    • Orden de 9 de junio de 2016 por la que se adaptan y se habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (DOG nº 113 del 15 de junio de 2016).

    • Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (DOG nº 34 del 19 de febrero de 2016).

    • Corrección de errores. Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (DOG nº 51 del 15 de marzo de 2016).

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