Guía de procedimientos y servicios

IF300B

Modificación de datos inscritos en el registro de entidades de certificación de conformidad municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

Sobre el procedimiento

Regular los trámites para la modificación de los datos inscritos en el Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia.

A las entidades de certificación de conformidad municipal (ECCOM) inscritas en el Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Secretaría Xeral de Vivenda e Urbanismo

Área Central, s/n - Polígono de Fontiñas

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981541912

Email: sxvu.vivenda@xunta.gal

Secretaría Xeral de Vivenda e Urbanismo
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

El plazo de presentación de las comunicaciones está abierto con carácter permanente.


Las ECCOM inscritas en el Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia deberán comunicar a la secretaría general de la consellería competente en materia de urbanismo cualquier modificación de los datos inscritos en el plazo de un mes desde que aquélla se produzca.

  • Inscripción en registros oficiales. Primera inscripción. Modificaciones de la primera inscripción. ( 30.02.00)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Comunicaciones

Las ECCOM deberán presentar con la comunicación la siguiente documentación:

a) Memoria justificativa de la modificación de los datos inscritos en el Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Documentación acreditativa de la modificación de los datos inscritos en el registro.

c) Anexo II de relación de personal mínimo de la ECCOM, en el supuesto de modificaciones del personal mínimo de la entidad.

d) Curriculum vitae del personal mínimo de la ECCOM, en el que conste la experiencia profesional requerida, en el supuesto de modificaciones del personal mínimo de la entidad.

e) Certificado de vida laboral del personal mínimo de la ECCOM en el que conste la experiencia profesional requerida, en el supuesto de modificaciones del personal mínimo de la entidad.

f) Certificado de las entidades para las que prestó servicios el personal mínimo de la ECCOM en el que conste la experiencia profesional requerida que no figure en el certificado de vida laboral, en el supuesto de modificaciones del personal mínimo de la entidad.

g) Justificante del pago de la tasa administrativa, salvo que el pago de la tasa se inicie y finalice electrónicamente a través de la sede.

Tramites administrativos posteriores a la presentación de las comunicaciones

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la comunicación deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta Ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la administración actuante o elaborados por las administraciones públicas salvo que la persona interesada se oponga:

a) Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la persona representante.

b) NIF de la entidad solicitante y comunicante y, en su caso, de la entidad representante.

c) DNI o NIE de las personas que integran la relación de personal mínimo de las ECCOM.

d) Verificación de títulos oficiales universitarios de las personas que integran la relación de personal mínimo de las ECCOM.

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente habilitado en el formulario pertinente y acompañar el documento.

Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Inscripción en el Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia

La secretaría general competente en materia de urbanismo procederá a la inscripción del dato modificado en el Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Sentido del silencio: No especificado

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia.

    • Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (DOG nº 34 del 19 de febrero de 2016).

    • Decreto 60/2025, de 21 de julio, por el que se regulan las entidades de certificación de conformidad municipal en la Comunidad Autónoma de Galicia y su registro (DOG nº 142 de 28 de julio de 2025).

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