Guía de procedimientos y servicios

MR239Q

Incorporación de parcelas con utilización agrícola al registro de parcelas no declarables en la solicitud única de ayudas PAC/DR.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2025 - Plazo cerrado: 06/03/2025 00:00 - 31/12/2025 23:59

Consellería del Medio Rural

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Regular el procedimiento para que las personas titulares de parcelas con utilización agrícola puedan solicitar al Fogga la incorporación de dichas parcelas al registro de parcelas no declarables.

Las personas físicas o jurídicas titulares de parcelas con utilización agrícola que no presenten la Solicitud única de ayudas PAC/DR en la campaña 2025.

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Fondo Galego de Garantía Agraria (FOGGA)

Subdirección Xeral de Xestión da Pac

Rúa dos Irmandiños, s/n - Salgueiriños

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546262

Fax: 981546268

Email: sxpac.fogga@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural da Coruña

Servizo Territorial do FOGGA da Coruña

Rúa Vicente Ferrer, nº 2-4º

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184525

Fax: 981184559

Email: fogga.coruna@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Lugo

Servizo Territorial do FOGGA de Lugo

Rolda da Muralla, nº 70-B-1

27003  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294462

Fax: 982294411

Email: fogga.lugo@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Ourense

Servizo Territorial do Fogga de Ourense

Rúa do Paseo, nº 22-1º

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386948

Fax: 988386940

Email: fogga.ourense@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Pontevedra

Servizo Territorial do Fogga de Pontevedra

Paseo de Cervantes, nº 7-1º

36001  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805455

Fax: 986805569

Email: fogga.pontevedra@xunta.gal

Fondo Galego de Garantía Agraria (FOGGA)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

06/03/2025 00:00 - 31/12/2025 23:59

Las personas físicas o jurídicas titulares de parcelas con utilización agrícola que no presenten la Solicitud única de ayudas PAC/DR en la campaña 2025, pueden solicitar al Fogga, en cualquier momento del año, la incorporación de dichas parcelas al registro de parcelas no declarables

Forma de presentación de solicitudes.

1. Las personas interesadas deberán dirigir su solicitud al Fondo Gallego de Garantía Agraria o a sus servicios territoriales.

2. Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía electrónica a través del formulario normalizado que se incluye como modelo en el anexo IV, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.junta.gal (procedimiento MR239Q). La presentación electrónica será obligatoria para: las Administraciones públicas, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, y las personas representantes de una de las anteriores.

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la emende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuera realizada la enmienda.

Aquellas personas interesadas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado  del procedimiento MR239Q que se incluye como modelo en el anexo IV, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.junta.gal

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.junta.gal/llave365).

3. En este procedimiento los trámites administrativos posteriores al de presentación de las solicitudes deberán ser realizados a través de la carpeta ciudadana disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.junta.gal

Consulta de datos y documentación para la presentación.

1. Para la tramitación del procedimiento MR239Q se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

– DNI o NIE de la persona solicitante.

– DNI o NIE de la persona representante de la persona solicitante, de ser el caso.

Además, se podrán consultar:

– NIF de la persona solicitante.

– NIF de la persona representante de la persona solicitante, de ser el caso.

–  Información sobre titularidad catastral de las parcelas con utilización agrícola

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en las solicitudes y acercar los documentos correspondientes. Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de la información, se le podrá requerir a la persona solicitante a presentación de los documentos correspondientes o la documentación complementaria.

3. Las personas solicitantes o las personas representantes deberán acreditar la posesión de cada una de las parcelas agrícolas incluidas en la solicitud; a tal fin deberán aportar, conforme se indica en el anexo IV, alguno de los siguientes documentos:

- Certificación catastral de titularidad (en el caso de no autorizar la consulta sobre titularidad catastral de la parcela)

- Nota registral del Registro de la propiedad

- Título de propiedad

- Documentación relativa al tracto sucesorio (Últimas voluntades, testamento o declaración de herederos y aceptación de herencia).

- Otro documento de acreditación de la propiedad válido en derecho a especificar.

- Documento de autorización de firma en caso de que la persona solicitante no sea la que firma la solicitud.

- La documentación complementaria deberá presentarse conforme lo indicado en el artículo 22.6.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Nueve meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 25 de febrero de 2025 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control (códigos de procedimiento MR250A, MR239G, MR239K, MR239O, MR239Q, MR240D, MR241C y MR241D) (DOG nº 44 del 5 de marzo de 2025).

    • Extracto de la Orden de 25 de febrero de 2025 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control (códigos de procedimiento MR250A, MR239G, MR239K, MR239O, MR239Q, MR240D, MR241C y MR241D) (DOG nº 44 del 5 de marzo de 2025).

    • Orden de 16 de abril de 2025 por la que se modifica la Orden de 25 de febrero de 2025 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control (DOG nº 80 de 28 de abril de 2025).

    • Extracto de la Orden de 16 de abril de 2025 por la que se modifica la Orden de 25 de febrero de 2025 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control (DOG nº 80 de 28 de abril de 2025).

    • Orden de 4 de noviembre de 2025 por la que se publica el incremento de crédito previsto en la Orden de 25 de febrero de 2025 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control (DOG nº 217 de 10 de noviembre de 2025).

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