Guía de procedimientos y servicios

BS213D

Selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la atención residencial y la intervención educativa integral con personas menores en el centro de reeducación Concepción Arenal (A Coruña).

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2022 - Plazo cerrado: 27/06/2022 00:00 - 22/07/2022 23:59

Consellería de Política Social e Igualdad

Sobre el procedimiento

1. La presente convocatoria tiene por objeto establecer el proceso para la selección de una entidad privada sin ánimo de lucro para la atención residencial y la intervención educativa integral con personas menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, en el centro de reeducación Concepción Arenal (A Coruña). Asimismo, incluirá la atención de los hijos e hijas menores de tres años que convivan con sus madres internadas, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado n) del artículo 56 de la citada ley y en el artículo 34 del Real decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

El término «persona menor» se entenderá, en el marco de lo dispuesto en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, así como en la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal, como extensivo a la totalidad de aquellas personas a las que les sea aplicable alguna medida derivada de la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, independientemente de que hayan alcanzado o no la mayoría de edad en el momento de la ejecución, de acuerdo con el uso que de dicho término se da en dicha ley.

2. El procedimiento tendrá el código BS213D a los efectos de identificación en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (http://sede.xunta.gal) y el acceso al formulario de inicio específico, de uso obligatorio para las entidades interesadas.

Podrán participar en el procedimiento de selección las entidades privadas sin ánimo de lucro cuyos fines, objeto o ámbito de actividades tengan relación directa con el objeto del convenio, según sus estatutos o reglas fundacionales, y figuren inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Consellería de Política Social y Juventud en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por la Administración convocante.

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica

San Caetano, Edificio 8B

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981545400

Email: dxfamilia.politicasocial@xunta.gal

Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

27/06/2022 00:00 - 22/07/2022 23:59

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Los sábados y festivos se consideran inhábiles a todos los efectos.

En cualquier caso, deberán disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución de la medida privativa de libertad en los términos establecidos en el convenio y en la norma de aplicación.

Solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considera como fecha de presentación de la solicitud aquella en que sea realizada la enmienda.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

2. En la solicitud, anexo III, firmada por el/la representante de la entidad, deberán figurar datos identificativos y acreditativos de determinados aspectos señalados en esta resolución y demás normativa aplicable:

a) Identificación de la persona solicitante, de la persona que la represente, dirección para notificaciones, datos bancarios e identificación de la persona para las funciones de coordinación y comunicación.

b) Declaraciones sobre:

1º. Suscripción para el centro de las siguientes pólizas de seguros:

1º.1. Póliza de seguros que cubra los daños y siniestros que se produzcan en los locales, instalaciones o bienes, aparatos y materiales afectos al servicio.

1º.2. De responsabilidad civil que cubra:

1º.2.1. Los daños que pueda sufrir cualquier persona, en sí misma o en sus bienes, y que deriven del funcionamiento del centro o instalaciones en los que se lleva a cabo la atención residencial y la intervención educativa integral.

1º.2.2. Los daños que puedan ser causados a terceras personas y a sus bienes por los/las profesionales y, en general, por cualquier persona dependiente del centro o entidad, incluidos los actos derivados de actividades relacionadas con la actividad conveniada, realizadas por cualquiera de las personas anteriormente citadas, tanto dentro como fuera de las instalaciones.

1º.2.3. Los daños que puedan ser causados a terceras personas y a sus bienes por las personas menores atendidas, tanto dentro como fuera de las instalaciones.

La suma asegurada deberá ser de un mínimo de 300.000,00 € por siniestro y anualidad.

1º.3. De accidentes de menores residentes en el centro, causados tanto en el interior del centro e instalaciones anexas como en los desplazamientos y actividades realizadas en el exterior del centro.

La suma asegurada deberá ser de un mínimo de 20.000,00 € por persona por fallecimiento y 50.000,00 € por invalidez permanente, incluir la asistencia médica ilimitada y cubrir los gastos sanitarios y de enterramiento.

2º. Adscripción a la ejecución de las medidas de los medios personales y materiales precisos para su buena ejecución, y, en todo caso, los indicados en la memoria que se adjunta como documentación complementaria.

3º. Condiciones de la plantilla que va a desempeñar sus funciones en el centro: inexistencia de sentencia firme por la comisión de delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y el abuso sexual, acoso sexual exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, en aplicación del artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código civil.

c) Indicación de la documentación complementaria que se adjunta y, en su caso, constancia de los datos relativos a documentos aportados anteriormente con indicación del tipo, órgano administrativo ante el que se presentó, código de procedimiento y fecha de presentación y/o manifestación de la oposición a la consulta de los documentos señalados en el apartado sexto.

Documentación complementaria.

1. Las entidades interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Escritura o documento de constitución, estatutos en que conste la finalidad y las normas por las que se regula la entidad en su actividad, así como sus modificaciones si las hubiese, inscritos en el correspondiente registro oficial cuando ello fuese exigible conforme a la normativa que le sea aplicable.

b) Documentación acreditativa de la representatividad de la persona solicitante para actuar en nombre de la entidad para el caso de que esta se atribuya a persona distinta a la que figura en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Consellería de Política Social y Juventud.

c) Certificación/ones expedida/s por la entidad pública acreditativa/s de la experiencia de la entidad en programas con menores que se encuentren bajo una medida de protección por parte de la Administración pública o que deban cumplir medidas judiciales al amparo de la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, en caso de que se trate de otra Administración pública distinta de la Administración autonómica gallega.

d) Proyecto de intervención educativa con la estructura y contenidos mínimos determinados en el punto 1.7 del anexo II. En dicho proyecto se incluirán, en su caso, los programas que a mayores presente la entidad para su valoración.

e) Memoria en la que se indiquen los recursos humanos y materiales con los que contará la entidad en el centro para la ejecución de las medidas de acuerdo con lo previsto en el punto 2 del anexo II.

En dicha memoria figurarán, asimismo, en su caso, los medios materiales y personales que a mayores presente la entidad para su valoración, con indicación en estos últimos del número de horas anuales que prestará cada profesional.

f) Plan de formación continua del personal con el contenido indicado en el punto 3 del anexo II.

g) Memoria descriptiva de los proyectos de investigación en los que participe la entidad, relacionados con la intervención educativa que se lleva a cabo en los centros para el cumplimiento de medidas privativas de libertad, avalados por universidades y otros organismos públicos de investigación, en su caso.

h) Propuesta desglosada de los gastos totales derivados de la ejecución de la actividad objeto de convenio, firmada por el responsable de la entidad, cuyo importe en ningún caso podrá superar lo previsto en la presente convocatoria.

Dicha propuesta diferenciará entre gastos de personal, gastos de la seguridad, gastos de funcionamiento del centro y gastos de las personas menores internadas.

2. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no pueden obtenerse dichos documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

3. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considera como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.

5. En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) NIF de la entidad solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante.

c) Certificado sobre cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

d) Certificado sobre cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.

e) Certificado sobre cumplimiento de obligaciones tributarias con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

f) Certificación acreditativa de la implantación de un plan de igualdad.

g) Resolución de reconocimiento de la Marca gallega de excelencia en igualdad.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio al aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de dichos datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes-

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Tres meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 7 de junio de 2022 por la que se convoca el procedimiento de selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la atención residencial y la intervención educativa integral con personas menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, en el centro de reeducación Concepción Arenal (A Coruña) (DOG nº 120 del 23 de junio de 2022).

    • Corrección de errores. Resolución de 7 junio de 2022 por la que se convoca el procedimiento de selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la atención residencial y la intervención educativa integral con personas menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en el centro de reeducación Concepción Arenal (A Coruña) (DOG nº 130 del 8 de julio de 2022).

    • Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por la que se publica la Resolución de 10 de agosto de 2022 de selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la atención residencial y la intervención educativa integral con personas menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, en el centro de reeducación Concepción Arenal (A Coruña) (DOG nº 158 de 22 de agosto de 2022).

Descargar el contenido de esta ficha en formato PDF

Otros procedimientos relacionados

BS210A

Reconocimiento de la situación de dependencia y de la discapacidad

Tramitar en línea

Abierto todo el año

BS213T

Concierto social para la ejecución de programas de acogimiento residencial dirigido a niños, niñas y adolescentes con medida de protección y problemas de salud mental, en el centro de menores Casa da Quintán en Pontecaldelas

Tramitar en línea

Plazo abierto: 06/12/2025 00:00 - 05/01/2026 23:59

BS308A

Inclusión en el censo de entidades juveniles.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

BS309A

Expedición de títulos de enseñanzas impartidas en las escuelas de tiempo libre.

Tramitar en línea

Abierto todo el año