Guía de procedimientos y servicios

ED516B

Ayudas para centros privados concertados en el ámbito de las bibliotecas escolares y fomento de la lectura.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Curso 2025/2026 - Plazo cerrado: 04/02/2026 00:00 - 03/03/2026 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

Convocar ayudas para centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia en el ámbito de las bibliotecas escolares y el fomento de la lectura.

Centros docentes privados que tengan concierto educativo vigente con la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional para las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica y ciclos formativos de grado medio y superior, cuyas titularidades, personas físicas o jurídicas cumplan los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 121, de 25 de junio).

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa

Subdirección Xeral de Inclusión e Innovación Educativa

Servizo de Innovación e Programas Educativos

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546547

Email: bibliotecasescolares@edu.xunta.gal

http://www.edu.xunta.gal

Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

04/02/2026 00:00 - 03/03/2026 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuese inhábil se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiese equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

 Los centros privados concertados que deseen optar a estas ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Contar con un espacio destinado exclusivamente a la biblioteca escolar de centro y equipamiento específico para ella.

b) Designar a una persona integrante del equipo docente entre el profesorado estable en el centro que forme parte del concierto educativo, por un período mínimo de dos años, y con asignación de horas, dentro de su horario lectivo y/o complementario, en número suficiente para las funciones que le son propias, aprovechando los márgenes que ofrece la actual configuración del régimen horario del profesorado. Este responsable se integrará en la Comisión de coordinación pedagógica del centro. Esta persona nombrarse con el cargo coordinador/a de biblioteca en la aplicación CentrosPrivados (https://www.edu.xunta.gal/centrosprivados/).

c) Incluir en la programación general anual y ser aprobadas previamente en el consejo escolar las líneas de actuación solicitadas a través de esta convocatoria.

d) Los requisitos para cada una de las modalidades de ayudas se determinan en las en los artículos de modalidades específicas de esta orden.

3. No podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas previstas en esta orden los centros privados concertados en que se dé alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal (código de procedimiento ED516B). Todos los demás anexos estarán accesibles, a efectos informativos, en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. El procedimiento de solicitud se iniciará a través de la aplicación en línea disponible desde la página web «ProgramasBibliotecas» https://www.edu.xunta.gal/programasbibliotecas, cubriendo el formulario electrónico ED516B-anexo I Ayudas para centros privados concertados en el ámbito de las bibliotecas escolares y el fomento de la lectura para el curso 2025/26, disponible en la aplicación.

2. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la subsanación.

3. Una vez cubierto este formulario, grabarán los datos en la aplicación en línea, y, posteriormente, realizarán la presentación a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, según las indicaciones disponibles en la aplicación https://www.edu.xunta.gal/programasbibliotecas

4. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

5. Deberá cubrirse una única solicitud por centro, en la que se recogerán todas las modalidades de ayuda solicitadas. En caso de que algún centro presente una nueva solicitud, se entenderá que desiste de la anterior.

7. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria.

Documentación complementaria.

1. Los centros docentes deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

1.1. Plan de mejora de bibliotecas escolares-concertados:

1.1.1. Centros que se incorporen por primera vez y centros no integrados en el programa en el curso anterior:

a) Análisis de la situación de la biblioteca del centro (anexo II).

b) Memoria de actividades realizadas en el período 2023-2025 (anexo III).

c) Programa de biblioteca escolar para el curso 2025/26 (anexo IV).

d) Relación del profesorado responsable de la biblioteca escolar e integrante del equipo de apoyo en el curso 2025/26 (anexo V).

e) Certificado de la persona titular de la dirección con la fecha de presentación en el claustro del programa de biblioteca para su aprobación (anexo VI).

f) Certificado de la persona titular de la dirección con la fecha de aprobación en el consejo escolar del programa de biblioteca para su inclusión en la programación general anual (anexo VII).

g) Certificados acreditativos de las actividades de formación del profesorado responsable de poner en marcha el programa de las biblioteca escolar y compromiso escrito de participar en la formación específica que se oferte durante el curso 2025/26.

1.1.2. Centros incorporados en las convocatorias entre 2016 y 2024 y que solicitan continuidad:

a) Líneas prioritarias de actuación de la biblioteca escolar para el curso 2025/26 (anexo VIII).

1.2. Clubs de lectura-concertados:

1.2.1. Centros que se incorporen por primera vez y centros no integrados en el programa en el curso anterior:

a) Certificado de la persona titular de la dirección con la fecha de aprobación en el consejo escolar del proyecto de clubs de lectura para su inclusión en la programación general anual (anexo IX).

b) Descripción del proyecto de clubs de lectura (anexo X).

c) Certificados acreditativos de las actividades de formación del profesorado responsable de los clubs de lectura y compromiso escrito de participar en la formación específica que se oferte durante el curso 2025/26.

1.2.2. Centros que participaron en el programa Clubs de lectura-concertados en el curso 2024/25:

Certificado de la persona titular de la dirección con la fecha de aprobación en el consejo escolar del proyecto de clubs de lectura para su inclusión en la programación general anual (anexo IX).

1.3. Radio en la biblio-concertados:

a) Certificado de la persona titular de la dirección conforme la emisora de radio y sus actividades estarán vinculadas a la biblioteca escolar (anexo XI).

1.4. Biblioteca inclusiva-concertados:

a) Memoria de las actividades de la biblioteca escolar en el curso 2024/25 (anexo XII).

b) Descripción de las necesidades concretas para avanzar como biblioteca inclusiva (anexo XIII).

1.5. Lectura y familias-concertados:

a) Certificado de la persona titular de la dirección con la fecha de aprobación en el consejo escolar del proyecto de Lectura y familias para su inclusión en la programación general anual (anexo XIV).

b) Descripción del proyecto Lectura y familias (anexo XV).

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

4. De conformidad con lo previsto en el punto 1 del artículo 68 de la Ley 39/2015, si la solicitud no reúne los requisitos exigidos se requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe la documentación preceptiva, con indicación de que, de no hacerlo así, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 21.1 de dicha ley.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona representante.

b) NIF de la entidad solicitante.

c) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la AEAT.

d) Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.

e) Certificado de estar al corriente en el pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de solicitud (anexo I) y de justificación del gasto (anexo XVI) y aportar los documentos

3. Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los datos citados se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cinco meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 30 de diciembre de 2025 por la que se convocan ayudas para centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el ámbito de las bibliotecas escolares y el fomento de la lectura, para el curso 2025/26 (DOG nº 22 del 03 de febrero de 2026).

    • Extracto de la Orden de 30 de diciembre de 2025 por la que se convocan ayudas para centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el ámbito de las bibliotecas escolares y el fomento de la lectura, para el curso 2025/26 (DOG nº 22 del 03 de febrero de 2026).

    • Resolución de 25 de junio de 2026, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia en el ámbito de las bibliotecas escolares y el fomento de la lectura para el curso 2025/26 (DOG nº 124 de 06 de julio de 2026).

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