Guía de procedimientos y servicios

TU200D

Bolsas para personas gallegas residentes en el exterior para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Curso 2025/2026 - Plazo cerrado: 25/07/2025 00:00 - 25/08/2025 23:59

Presidencia de la Xunta de Galicia

Curso 2025/2026 - Becas de nueva adjudicación. Plazo cerrado: 28/02/2025 00:00 - 21/04/2025 23:59
Recuerde:
Becas de renovación. Plazo de presentación de solicitudes: 25/07/2025 00:00 - 25/08/2025 23:59

Sobre el procedimiento

Se recuerda que existe la posibilidad de obtener la Chave 365 para personas no residentes en España. Solicite información de como hacerlo en info@cshg.es

1. El establecimiento de becas de nueva adjudicación de matrícula ordinaria, alojamiento en la residencia del CSHG en cuarto compartido con pensión completa y viaje desde el país de residencia, en régimen de concurrencia competitiva, para las personas gallegas residentes en el exterior que cursen las titulaciones que imparte el CSHG en el curso 2025/26.

El número de bolsas será de:

- 10 becas para el grado en Gestión de Empresas Hosteleras.

- 12 becas Curso Superior de Chef de Cocina y Pastelería.

Las becas suponen:

- un descuento del 80 % en el precio de la matrícula ordinaria y descuento del 100 % en el precio del alojamiento en la residencia del CSHG en cuarto compartido con pensión completa según se refleja en la Orden de 4 de julio de 2014 por la que se fijan los precios privados correspondientes a los estudios conducentes a la obtención de las titulaciones del Centro Superior de Hostelería de Galicia, modificada por Orden de 29 de mayo de 2024 (DOG núm. 110, de 7 de junio).

- una ayuda para el viaje desde el país de residencia del alumnado por una cuantía máxima de 500,00 €, si procede de un país de Europa, o de 1.000,00 €, si procede de un país del resto del mundo.

2. El establecemiento de becas de renovación para el alumnado gallego residente en el exterior que hubiese obtenido beca en el curso anterior y que cumpla los requisitos exigidos en su convocatoria.

Personas gallegas residentes en el exterior.

Alumnado gallego residente en el exterior que hubiese obtenido beca en el curso anterior.

Xunta de Galicia

Presidencia da Xunta de Galicia

Axencia Turismo de Galicia

Dirección de Profesionalización

A Barcia. Estrada Santiago-Noia Km.3

15896  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981542559/ 981542593

Email: informacion.cshg@xunta.gal

https://www.turismo.gal

http://www.cshg.gal

Axencia Turismo de Galicia
Requisitos y documentación

Se recuerda que existe la posibilidad de obtener la Chave 365 para personas no residentes en España. Solicite información de como hacerlo en info@cshg.es

Plazo de presentación: CERRADO

28/02/2025 00:00 - 21/04/2025 23:59

25/07/2025 00:00 - 25/08/2025 23:59

Plazo de presentación para becas de nueva adjudicación: CERRADO

28/02/2025 00:00 - 21/04/2025 23:59

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el día 21 de abril de 2025.

Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Plazo de presentación para becas de renovación

25/07/2025 00:00 - 25/08/2025 23:59

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la Resolución de 16 de julio de 2025 por la que se modifica la Resolución de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva de becas para personas gallegas residentes en el exterior para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia, y se procede a su convocatoria para el curso 2025/26 (código de procedimiento TU200D) y finalizará el día 25 de agosto de 2025.

Requisitos generales.

Para poder optar a la concesión de una beca de nueva adjudicación deberán cumplirse las siguientes condiciones:

1. Tener entre 18 y 30 años (incluidos).

2. Estar en posesión de la nacionalidad española.

3. Residir fuera de España.

4. Acreditar un mínimo de dos años de residencia fuera de España inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud.

5. Estar vinculado/a a Galicia de alguna de estas formas:

• Ser persona emigrante nacida en Galicia.

• Ser persona emigrante no nacida en Galicia, pero haber residido en Galicia de forma continuada durante diez (10) años con nacionalidad española antes de emigrar.

• Ser descendiente por consanguinidad de una persona nacida en Galicia.

6. Haber solicitado la pre-admisión en el curso 2025/26 en alguna de las titulaciones que imparte el CSHG antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes de estas becas.

7. No estar incursa en ninguna de las circunstancias especificadas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Requisitos específicos según el tipo de becas y titulación.

1. Para estudios de grado en Gestión de Empresas Hosteleras:

• Homologación del título de bachillerato.

• Vinculación con Galicia (persona emigrante nacida en Galicia o que haya residido en Galicia de forma continuada durante diez (10) años con nacionalidad española antes de emigrar o hijos/as de una persona nacida en Galicia o nietos/as, bisnietos/as y demás descendientes de una persona nacida en Galicia).

2. Para el curso superior de Chef de Cocina y Pastelería:

• Acreditar 6 meses de experiencia laboral en hostelería y/o estudios en cocina de nivel básico o medio.

• Vinculación con Galicia (persona emigrante nacida en Galicia o que haya residido en Galicia de forma continuada durante diez (10) años con nacionalidad española antes de emigrar o hijos/as de una persona nacida en Galicia o nietos/as, bisnietos/as y demás descendientes de una persona nacida en Galicia).

3. Para el alumnado gallego residente en el exterior que curse el grado de Gestión de Empresas Hosteleras y que tenga que renovar la beca:

- La nota media en el expediente académico del curso del/de la becario/a tiene que ser igual o superior al 10 % de la nota media de todos los expedientes de los/de las alumnos/as matriculados/as en el curso por el que fue concedida la beca, cumplir los requisitos para matricularse en el curso completo y que el/la becario/a cumpla los requisitos académicos previstos en el artículo 22.a) para su mantenimiento.

Presentación das solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Las personas potencialmente beneficiarias de las becas pertenecen a colectivos de personas físicas cuya formación y capacidad técnica permite concluir que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios para relacionarse por este medio con el sector público autonómico.

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la subsanación.

Para la presentación electrónica se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

2. Las personas solicitantes deberán declarar responsablemente, conforme a la declaración del anexo II.

a) Que todos los datos contenidos en la solicitud y en los documentos que se presentan son ciertos.

b) Que se comprometen a cumplir la normativa estatal y autonómica de aplicación, en particular, la normativa en materia de subvenciones.

c) Que, en relación con otras subvenciones, ayudas, recursos o ingresos concedidos o solicitados procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, solicitaron y/o se le concedieron otras subvenciones, ayudas, recursos o ingresos que financien el coste de la matrícula solicitada, o no.

d) Que no están incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

e) Que no están incursas en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

f) Que están al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y al artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

g) Que están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que no tienen pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

h) Que han solicitado la pre-admisión en el curso 2025/26 en alguna de las titulaciones que imparte el CSHG antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes de estas becas.

Documentación complementaria.

Las personas interesadas que solicitan la beca por primera vez deberán presentar con la solicitud (anexo II) la siguiente documentación:

a) Pasaporte u otro documento acreditativo de la identidad y nacionalidad española para las personas solicitantes que no tengan DNI (documento nacional de identidad español).

b) Documentación acreditativa de la residencia actual fuera de España.

c) Documentación justificativa de haber residido fuera de España durante un mínimo de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

d) Documentación acreditativa de su vinculación con Galicia, según el caso:

1º. Personas nacidas en Galicia: pasaporte o certificado de nacimiento en Galicia.

2º. Personas no nacidas en Galicia, pero que hayan residido en Galicia de forma continuada durante diez (10) años con nacionalidad española antes de emigrar: histórico del padrón municipal del/de los ayuntamiento/s gallego/s donde hayan residido.

3º. Descendientes por consanguinidad de una persona nacida en Galicia: certificados de nacimiento o libros de familia que acrediten toda la línea de parentesco por consanguinidad, desde la persona nacida en Galicia hasta el nacimiento de la persona solicitante.

e) Si la solicitud es para el grado en Gestión de Empresas Hosteleras, deberán presentar el título de bachillerato homologado.

f) Si la solicitud es para el curso superior de Chef de Cocina y Pastelería, deberán acreditar seis (6) meses de experiencia laboral en hostelería, mediante certificado del organismo público competente del país o certificado emitido por la empresa donde prestaron los servicios, o presentar un certificado de estudios en cocina de nivel básico o medio.

g) Presupuesto del viaje de ida desde el país de residencia de la persona beneficiaria a Santiago de Compostela. Los viajes en avión desde el país de residencia serán, en todo caso, con destino y origen en un aeropuerto de Galicia.

Las personas solicitantes que aspiren a la renovación de la beca para el grado en Gestión de Empresas Hoteleras deberán presentar la solicitud (anexo II).

La documentación complementaria se deberá presentar electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuese realizada la subsanación.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

En el caso de que alguno de los documentos que se vaya a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

– DNI o NIE de la persona solicitante.

– DNI o NIE de la persona representante.

– NIF de la entidad representante.

— Nota media obtenida en el curso anterior, en el caso de renovación de la beca.

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cinco meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para personas gallegas residentes en el exterior para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia, y se procede a su convocatoria para el curso 2025/26 (DOG nº 40 del 27 de febrero de 2025).

    • Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para personas gallegas residentes en el exterior para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia, y se procede a su convocatoria para el curso 2025/26 (DOG nº 40 del 27 de febrero de 2025).

    • Resolución de 2 de julio de 2025 por la que se da publicidad de las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de la Agencia de Turismo de Galicia, de 27 de diciembre de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para personas gallegas residentes en el exterior para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia, y se procede a su convocatoria para el curso 2025/26 (DOG nº 133 de 14 de julio de 2025).

    • Resolución de 16 de julio de 2025 por la que se modifica la Resolución de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para personas gallegas residentes en el exterior para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia, y se procede a su convocatoria para el curso 2025/26 (DOG nº 141 de 24 de julio de 2025).

    • Resolución de 3 de noviembre de 2025 por la que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 27 de diciembre de 2024 (modificada por Resolución de 16 de julio de 2025) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para personas gallegas residentes en el exterior para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia y se procede a su convocatoria para el curso 2025/26 (DOG nº 219 de 12 de noviembre de 2025).

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