Guía de procedimientos y servicios

ED702B

Obtención de la evaluación previa a la contratación de profesorado por las universidades del Sistema Universitario de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Convocatoria 2025 - Plazo cerrado: 22/05/2025 00:00 - 18/06/2025 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

Se aprueba la convocatoria para la presentación de solicitudes por parte de los interesados que deseen obtener la evaluación para poder ser contratados como personal docente e investigador, por alguna de las universidades integrantes del Sistema universitario de Galicia (SUG), como profesorado contratado doctor y de universidad privada, de conformidad Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU) (BOE núm. 70 do 23.03.2023), que deroga la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; y que debe emitir el consorcio Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia (ACSUG).

Todas aquellas personas que posean el título de doctor.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Axencia para a Calidade do Sistema Universitario de Galicia (ACSUG)

Cidade da Cultura de Galicia, Monte Gaiás, s/n. Edificio Fontán, 2º andar

15707  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981534469

Email: acsug@acsug.es

Axencia para a Calidade do Sistema Universitario de Galicia (ACSUG)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

22/05/2025 00:00 - 18/06/2025 23:59

El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte (20) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Podrán presentar su solicitud todas aquellas personas que posean el título de doctor y no se encuentren en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 4 de la Orden de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, de 17 de septiembre de 2009, por la que se regula la evaluación e informe del consorcio ACSUG previos a la contratación de profesorado contratado doctor y profesorado de universidad privada.

  • Evaluaciones o informes previos a la contratación del profesorado universitario ( 30.54.01)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Solicitudes

1. Las personas solicitantes deberán cubrir el anexo I (solicitud) cumplimentado y generado en la aplicación informática del consorcio ACSUG, accediendo a través de la página web http://www.acsug.es/convocatorias-abertas

2. Una vez cubierta la solicitud en la aplicación del consorcio ACSUG del modo que se indica en el punto anterior y realizado el pago de las tasas administrativas correspondientes, dicha solicitud se presentará obligatoriamente por medios electrónicos, a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

La presentación a través de la sede electrónica responde a lo dispuesto en los artículos 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimimento común de las administraciones públicas, y 10.2 de la Ley de administración digital de Galicia, que establecen la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con el sector público autonómico para determinados procedimientos y ciertos colectivos de personas físicas respecto de los cales, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u outros motivos, quede acreditado que tienen el acceso y la disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la fuese realizada la subsanación.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios en la sede electrónica, se podrá dirigir al teléfono del servicio de Atención e Información a la Ciudadanía 012 o su equivalente 981 90 09 43, o al correo electrónico 012@xunta.gal

Pago de las tasas administrativas

1. De acuerdo con el punto 54 del anexo I de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, se deberá realizar el pago de la correspondiente tasa administrativa por las actuaciones relacionadas con las evaluaciones o informes previos a la contratación del profesorado universitario. La tasa por la evaluación previa de las figuras contractuales de profesorado contratado doctor/profesorado de universidad privada es de 54,20 €. El código de la tasa es 305401.

2. El pago de la tasa podrá realizarse de forma telemática o presencial:

El pago telemático podrá efectuarse a través de la sede electrónica, como un paso más habilitado dentro del procedimiento, caso en el que el justificante ya se genera automaticamente, no siendo necesario adjuntar dicho xustificante de pago. Otra posibilidad es acceder directamente a la Oficina Virtual Tributaria (https://ovt.atriga.gal/), pagar mediante tarjeta o cargo en la cuenta y adjuntar el justificante.

Para realizar el pago de forma presencial, se descargará un modelo en blanco de la Oficina Virtual Tributaria para cubrir a mano o se imprimirá ya cubierto gracias a la aplicación y, posteriormente, se presentará en una entidad financiera colaboradora. Asimismo, este modelo también se podrá solicitar en las oficinas de registro de la Xunta de Galicia. Finalmente, se adjuntará el justificante de pago.

3. Para cualquier aclaración o información sobre el pago de la tasa, los interesados podrán acceder a la siguiente dirección http://www.acsug.es/gl/acsug/taxas

Documentación complementaria

1. Las personas interesadas deberán adjuntar:

– Anexo I (solicitud) cubierto y generado en la aplicación del consorcio ACSUG.

– Justificante de pago de la tasa administrativa devengada por la tramitación de la solicitud (código 305401) salvo que este se efectúe a través de la sede electrónica, en cuyo caso el justificante se generará automáticamente.

– Documentación justificativa de los méritos curriculares que se aleguen.

Respecto a la documentación justificativa de los méritos curriculares, regirá lo dispuesto en la base novena.

2. La documentación complementaria deberá presentarse a través de la sede electrónica.

Si alguna de las personas interesadas presentase la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la fuese realizada la subsanación.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar, de manera motivada, el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

4. En el caso de que la documentación xustificativa de los méritos curriculares supere el tamaño máximo permitido, se recomienda separar dicha documentación en apartados y presentarla fuera de la solicitud a través del procedimiento PX006A: presentación de documentación separada de la solicitud.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

– DNI o NIE de la persona solicitante.

– Título universitario de doctor.

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casulla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar posteriormente a la presentación de la solicitud deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cinco meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 17 de septiembre de 2009 por la que se regula la evaluación y el informe de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia previos a la contratación de profesor contratado doctor, profesor ayudante doctor, profesor de universidad privada y profesor colaborador (DOG nº 189 del 25 de septiembre de 2009).

    • Resolución de 8 de mayo de 2025 por la que se aprueba la convocatoria ordinaria para la obtención de la evaluación previa a la contratación de profesorado por las universidades del Sistema universitario de Galicia y se abre el plazo para la presentación de solicitudes correspondientes a la convocatoria de 2025 (DOG nº 96 de 21 de mayo de 2025).

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