Guía de procedimientos y servicios

SI434A

Prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2023 - Plazo cerrado: 03/01/2023 00:00 - 01/06/2023 23:59

Consellería de Política Social e Igualdad

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

1. Esta resolución tiene por objeto proceder a la convocatoria para el año 2023 de las ayudas económicas individuales de carácter periódico de apoyo a mujeres que sufren violencia de género reguladas en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, modificada por la Ley 12/2016, de 22 de julio.

2. La finalidad de estas ayudas es proporcionarles apoyo económico a las mujeres que sufren violencia de género para intentar garantizarles unas condiciones suficientes de independencia económica respecto del agresor, o de la persona que mantuviere sobre ella una relación de dominación para los casos de las mujeres víctimas de trata con fin de explotación sexual, y a intentar ayudarlas a romper con la situación de violencia, que les posibilite dar el primer paso o consolidar la ruptura de una situación en la que corren peligro.

3. El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, teniendo en cuenta en todo caso los principios recogidos en el artículo 5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Presupuesto

Para la concesión de estas ayudas se destinarán 5.609.986,00 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 11.20.313D.480.0 (código de proyecto 2014 00180), de acuerdo con la siguiente distribución:

– Año 2023: 2.634.992,00 euros.

– Año 2024: 2.974.994,00 euros, para la financiación de las ayudas que, por su duración, generen derechos económicos de las beneficiarias durante el ejercicio siguiente.

Víctimas de formas de violencia de género señaladas en los párrafos a) Violencia física, b) Violencia psicológica, y f) Trata de mujeres y niñas, del artículo 3 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, modificada por la Ley 12/2016, de 22 de julio

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Dirección Xeral de Loita Contra a Violencia de Xénero

Subdirección Xeral para o Tratamento da Violencia de Xénero

Servizo de Prevención e Atención ás Vítimas

San Lázaro, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881999164

Fax: 981957690

Email: vx.igualdade@xunta.es

http://www.mulleresengalicia.es

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade da Coruña

Unidade Administrativa de Igualdade da Coruña

R/ Vicente Ferrer, 2

15071  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 881881091/ 881881092

Fax: 981182352

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Lugo

Unidade Administrativa de Igualdade de Lugo

Ronda da Muralla, 70 - 4ª planta

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294262/ 982294355

Fax: 982889169

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Ourense

Unidade Administrativa de Igualdade de Ourense

Avda. da Habana, 79

32071  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386793/ 988386799

Fax: 988386843

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Vigo

Unidade Administrativa de Igualdade de Vigo

Rúa Concepción Arenal, 8-1

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817658

Fax: 986817399

Dirección Xeral de Promoción da Igualdade
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

03/01/2023 00:00 - 01/06/2023 23:59

El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

- Los requisitos necesarios para poder ser beneficiaria de esta ayuda son los establecidos en el artículo 5 de las bases reguladoras para la concesión de dicha prestación periódica, aprobadas por la Resolución de 17 de diciembre de 2018, de la Secretaría General de la Igualdad, modificada por la Resolución de 12 de febrero de 2019 y por la Resolución de 17 de diciembre de 2021.

 Plazo, lugar y forma de presentación de las solicitudes

1. El plazo, lugar y forma de presentación de las solicitudes para el ejercicio 2023 será el establecido en las bases reguladoras para la concesión de la citada prestación periódica, aprobadas por la Resolución de 17 de diciembre de 2018, de la Secretaría General de la Igualdad, modificada por la Resolución de 12 de febrero de 2019 y por la Resolución de 17 de diciembre de 2021.

De acuerdo con el artículo 2.1 de las citadas bases reguladoras, el plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto con carácter permanente durante todos los ejercicios.

2. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Requisitos y documentación

1. Los requisitos necesarios para poder ser beneficiaria de esta ayuda son los establecidos en el artículo 5 de las bases reguladoras para la concesión de dicha prestación periódica, aprobadas por la Resolución de 17 de diciembre de 2018, de la Secretaría General de la Igualdad, modificada por la Resolución de 12 de febrero de 2019 y por la Resolución de 17 de diciembre de 2021.

2. La solicitud de la ayuda deberá presentarse en el formulario normalizado, anexo I, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), junto con la documentación señalada en el artículo 7 de las citadas bases reguladoras de la ayuda.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cinco meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género (DOG nº 152 del 7 de agosto de 2007).

    • Ley 12/2016, de 22 de julio, por la que se modifica la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género (DOG nº 140 del 26 de julio de 2016).

    • Ley 14/2021, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género (DOG nº 143 del 28 de julio de 2021).

    • Resolución de 17 de diciembre de 2018, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género, prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, modificada por la Ley 12/2016, de 22 de julio (DOG nº 1 de 2 de enero de 2019).

    • Resolución de 12 de febrero de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se modifica la Resolución de 17 de diciembre de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género, prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, modificada por la Ley 12/2016, de 22 de julio (DOG nº 36 del 20 de febrero de 2019).

    • Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se modifica la Resolución de 17 de diciembre de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género, prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, modificada por la Ley 12/2016, de 22 de julio (DOG nº 246 do 24 de diciembre de 2021).

    • Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se convoca para el año 2023 la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, modificada por la Ley 12/2016, de 22 de julio (DOG nº 2 de 3 de enero de 2023).

    • Extracto de la Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se convoca para el año 2023 la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, modificada por la Ley 12/2016, de 22 de julio (DOG nº 2 de 3 de enero de 2023).

  • Ámbito Estatal
    • Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (BOE nº 313 de 29 de diciembre de 2004).

    • Real Decreto 1452/2005, de 2 de diciembre, por el que se regula la ayuda económica establecida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género (BOE nº 301 de 17 de diciembre de 2005).

    • Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia (BOE nº 33 de 7 de febrero de 2009).

    • Real Decreto 1611/2011, de 14 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia (BOE nº 290 de 2 de diciembre de 2011).

    • Real Decreto 576/2014, de 4 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia y se crea el fondo documental de requisitorias (BOE nº 173 de 17 de julio de 2014).

    • Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género (BOE nº 188 de 4 de agosto de 2018).

    • Ley orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual (BOE nº 215, de 7 de septiembre de 2022).

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