Guía de procedimientos y servicios

BS303G

Plazas juveniles, programa campaña de verano (plazas reservadas discapacidad-individual).

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2018 - Plazo cerrado: 26/04/2018 00:00 - 18/05/2018 23:59

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Para facilitar que la juventud gallega pueda participar en actividades de tiempo libre de calidad, la Consellería de Política Social, a través de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, oferta la programación de actividades para el año 2018 que se detalla en el anexo I de esta orden.

Las diferentes actividades que integran esta programación se llevarán a cabo en diferentes turnos de entre una semana y quince días de duración durante los meses de julio y agosto.

La información sobre la convocatoria de esta campaña, así como de cada actividad e instalación juvenil donde se desarrollará, se encontrará detallada en la página web http://xuventude.xunta.es/

Servicios ofertados.

1. La participación en la oferta de la Campaña de verano 2018 se realizará mediante inscripción individual o múltiple (para los supuestos de dos, tres o cuatro hermanos/as).

2. Las personas participantes dispondrán de los siguientes servicios:

a) Un programa de actividades de carácter sociocultural, recreativo, formativo y convivencial, que posibilite la participación del/de la joven.

b) Alojamiento en albergue juvenil, residencia juvenil o campamento juvenil.

c) Manutención en régimen de pensión completa.

d) El material necesario para la actividad.

e) Un equipo técnico de personal especializado en animación sociocultural y actividades de tiempo libre y actividades náuticas, de ser el caso. Asimismo, y para el caso de las personas con necesidades especiales que por razón de su discapacidad precisen apoyo, se dispondrá de personal que cuente con formación y experiencia para atender sus necesidades.

f) Atención sanitaria de primeros auxilios y seguro de accidentes.

g) En las actividades desarrolladas en otras comunidades autónomas se incluye el transporte desde Santiago de Compostela, o lugar que se señale como punto de salida, hasta el lugar de destino, así como el retorno hasta Santiago de Compostela.

3. La incorporación a los campamentos y albergues de Galicia correrá a cargo de la persona interesada el día de inicio del turno correspondiente, entre las 15.00 y las 17.00 horas.

Cuando la incorporación a los campamentos y albergues tenga lugar fuera de Galicia, será por cuenta de la persona interesado por el traslado desde su domicilio hasta Santiago de Compostela, o el lugar que se señale como punto de salida, tanto el día de ida para la actividad como el día de llegada de esta.

En el supuesto de abandono de la actividad o expulsión del/de la participante, será responsabilidad de los padres/madres o tutores/as legales el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que se ocasionen.

Los/as jóvenes gallegos/as residentes en Galicia, nacidos/as en el año señalado en el anexo I para cada actividad.

Los/as adjudicatarios/as de las plazas están obligados/as:

1. A incorporarse a la actividad y regresar por los medios y en los plazos establecidos.

2. A no abandonar la actividad sin el permiso de la persona responsable. En todo caso, el abandono de la actividad antes de su finalización requerirá la comparecencia de los/as padres/madres o tutores/as, o persona debidamente autorizada por estos/as, y será responsabilidad de estos/as el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que por tal causa se ocasionen, tal y como se especifica en el artículo 2.2. de esta orden.

3. A respetar las normas establecidas por los equipos de animación, las normas de régimen interior de las respectivas instalaciones y, en general, las establecidas por la legislación vigente en la materia. Podrán ser expulsadas de él campamento las personas participantes que no respeten las citadas normas y cuando su comportamiento dificulte o impida la convivencia.

4. La plaza es intransferible.

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Dirección Xeral de Xuventude

Edificio Administrativo San Lázaro, 3º andar

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881999025 / 881999194 / 981545293 / 881999314

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude da Coruña

Servizo de Xuventude e Voluntariado da Coruña

CC. Elviña - Avda. Salvador de Madariaga, 9-1º

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 881881240 / 881881238 / 881881241/ 881881239

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Lugo

Servizo de Xuventude e Voluntariado de Lugo

Ronda da Muralla, 70

27001  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294224 / 982294353 / 982294923

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Ourense

Servizo de Xuventude e Voluntariado de Ourense

Avda. da Habana, 81 baixo

32004  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386120 / 988386116 / 988386113

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Pontevedra

Servizo de Xuventude e Voluntariado de Vigo

Rúa Concepción Arenal, 8, 1º andar

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817078 / 986817080 / 986817781 / 986817656

Dirección Xeral de Xuventude
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

26/04/2018 00:00 - 18/05/2018 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

En cuanto a la edad mínima y máxima para participar en la Campaña de verano 2018, hay que destacar lo siguiente:

- Los/as nacidos/as en el año 2000 no podrán cumplir 18 años antes de la finalización del campamento.

- Los/as nacidos/as en el año 2009 deberán tener cumplidos 9 años al inicio del campamento.

Para ser admitido en el campamento será necesario no padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio y saber nadar, sin perjuicio de lo señalado para las personas con discapacidad en el artículo 3.5 de esta orden.

Ninguno/ninguna participante podrá ser admitido/a en más de un campamento por año.

Personas con discapaidade.

Las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33 % podrán participar en esta convocatoria cumpliendo los siguientes requisitos:

a) Hacer constar su condición en el apartado que figura en su impreso de solicitud, con el fin de planificar los apoyos personales necesarios si los había precisado.

b) Que en el certificado de reconocimiento de discapacidad no se recoja la necesidad de ayuda de tercera persona.

c) Tener capacidad de integración en un grupo y que sus limitaciones y/o necesidades especiales les permitan participar y beneficiarse de las actividades que se van a desarrollar en el destino que soliciten. La programación de actividades y las características de las instalaciones de cada campamento podrán consultarse en la página web de juventud (http://xuventude.xunta.es/).

En función del tipo de discapacidad, podrá excepcionarse, de ser el caso, el requisito de saber nadar. En este supuesto, el/la menor con discapacidad no podrá participar en las actividades de agua.

Las personas solicitante con discapacidad que cumplan los requisitos señalados deben optar, de conformidad con el artículo 4 de esta orden, por una de estas dos vías: por el procedimiento general o por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión, de manera que quedarán excluidas en el supuesto de que presenten la solicitud por ambos procedimientos.

  • Las personas con discapacidad que no presenten su solicitud individual por la vía general (procedimiento BS303A) y opten por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión (las incluidas en el anexo I B) deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo IV (procedimiento BS303G).

  • Los impresos de solicitud deben ser cumplimentados de acuerdo con las siguientes normas:

    • a) Cada joven solo podrá cumplimentar una solicitud y elegirá, por orden de prioridad, un máximo de cinco turnos o actividades. Cada turno o actividad está identificada con un código en el anexo I, apartados A, B y C, de esta orden.

    • b) Los datos del/de la solicitante deben ser los del/de la joven que opta a participar en las actividades. En el caso de solicitudes múltiples deberán cumplimentarse los datos de todos/as los/as hermanos/as que soliciten su participación.

    • c) Las solicitudes deberán firmarlas los/las padres/madres o tutores/as de los/as menores solicitantes.

    • d) Las personas solicitantes deben residir en la Comunidad Autónoma de Galicia y por tanto, la dirección que se incluya en la solicitud deberá ser, necesariamente, en algún ayuntamiento de Galicia.

    • e) La duplicidad de una solicitud dará lugar a la inadmisión de ambas, quedando el/la solicitante fuera del sorteo.

  • Transcurrido un mes desde la publicación de la orden, la persona interesada deberá comprobar, en la página web http://xuventude.xunta.es/ , la correcta mecanización de su solicitud, a fin de enmendar los errores detectados. En esa página aparecerá un enlace para consultar los datos de las solicitudes. Para tener acceso a estos deberá incluirse el número de DNI del/de la padre/madre o tutor/a que cumplimentó la instancia, así como la fecha de caducidad de ese DNI. Si las personas interesadas detectan algún error en los datos mecanizados o no encuentran la solicitud, deben llamar a cualquiera de los números de teléfono de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado que aparecen en el anexo VII. La comunicación de los errores deberá efectuarse, como fecha límite, hasta tres días antes del señalado para la realización del sorteo. Una vez transcurrido ese día, contra los errores u omisiones de solicitudes no procederá reclamación alguna.

  • Los/as participantes seleccionados/as deberán presentar en el plazo de 15 días naturales contado desde el siguiente al de la realización del sorteo, preferiblemente por vía electrónica, la siguiente documentación (los modelos estarán disponibles en la página web http://xuventude.xunta.es/ ):

    • a) Justificación de pago.

    • b) Si el /la menor no dispusiera de DNI deberá aportar la copia del libro de familia.

    • c) Tarxeta sanitaria ou seguro médico privado.

    • d) Cuestionario de saúde e autonomía persoal (anexo VI).

    • e) Declaración responsable de que sabe nadar.

  • En el caso de personas con discapacidad, además:

    • a) Certificado acreditativo del grado de discapacidad y copia del dictamen técnico facultativo, emitido por el equipo de valoración y orientación correspondiente, cuando no se autorice expresamente, en el formulario de solicitudes, la comprobación de estos datos de discapacidad o dichos documentos no fueran expedidos en nuestra comunidad autónoma.

    • b) Cuestionario de salud y autonomía personal (anexo VI), con todos los apartados cumplimentados y la información actualizada que permita valorar los apoyos específicos que precisa, si es el caso. (No se prestará ningún tipo de atención que no se refleje en este documento o en informes complementarios que acompañen a la solicitud).

  • Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las Administraciones públicas:

  • a) DNI da/s persoa/s solicitante/s.

  • b) NIE da/s persoa/s solicitante/s.

Se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud qué le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

  • a) Certificado de discapacidad.

  • b) Título de familia numerosa.

  • c) Certificado de familia monoparental.

  • d) Carné joven.

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y aportar los documentos.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, podrá solicitarse a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

  • Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

    Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en los artículos 14.1 y 16.4. de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

  • La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

    Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

  • La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán preferentemente por medios electrónicos accediendo a la Carpeta del ciudadano de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 16 de abril de 2018 por la que se regula la oferta de plazas juveniles dentro del programa Campaña de verano 2018 y se procede a su convocatoria (DOG nº 80 del 25 de abril de 2018).

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