Guía de procedimientos y servicios

MT701A

Autorización de obras en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Cerrado

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Requerirán autorización autonómica las obras, instalaciones y usos en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre promovidos por personas físicas y jurídicas distintas de la Comunidad Autónoma gallega.
Personas físicas o jurídicas.

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Departamento Territorial da Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas de A Coruña

Servizo de Urbanismo da Coruña

Edificio Servizos Múltiples - Rúa Vicente Ferrer, 2

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184858

Fax: 981182255

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Departamento Territorial da Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas de Lugo

Servizo de Urbanismo de Lugo

Avda. Ramón Ferreiro, 28

27002  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294394

Fax: 982294422

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Departamento Territorial da Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas de Pontevedra

Servizo de Urbanismo de Pontevedra

Rúa Fernández Ladreda, 43, 1º

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805648

Fax: 986805661

Dirección Xeral de Urbanismo
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 5 de Julio de 2016.

  • PARA TODAS LAS SOLICITUDES:

    • Copia del NIF, DNI o NIE de la persona solicitante, sólo en el caso de no autorizar su consulta.

    • Justificante de tener abonado las tasas correspondientes.

    • Documentación acreditativa de la propiedad, sólo en el caso de denegar su consulta o documentación acreditativa de la disponibilidad, en el caso de no titulares, del predio sobre lo cuál se pretende actuar.

    • Información fotográfica completa de la zona.

    • Plano, a escala 1/1000, de deslinde definitivo o, en su caso, de definición provisional de la línea probable de deslindamento del dominio público marítimo-terrestre y del límite interior de la zona de servidumbre de protección, expedido o autenticado por el Servicio Provincial de espaldas, en el que se señale el predio en que se pretende realizar el uso para el cuál se solicita la autorización, localizando en el la instalación u obra proyectada.

  • EN EL CASO DE OBRA MENOR:

    • Memoria descriptiva de las obras con expresión de sus características, uso previsto y presupuesto.

    • Planos de definición, incluyendo alzados y sección características.

    • Bosquejo de la obra, con indicación de medidas, en caso de cierre.

    • Plano de perfil y topográfico de la parcela, escala 1:500, estado previo y estado definitivo.

  • EN El CASO DE OBRA MAYOR:

    • Copia del proyecto básico firmado por el tecnico competente.

    • Memoria justificativa y descriptiva con anexos, en su caso, que deberá recoger las características de la instalación y otros datos relevantes, tales como criterios básicos del proyecto, programa de ejecución de los trabajos y, en su caso, el sistema de evacuación de aguas residuales.

    • Planos de situación a escala idónea.

    • Plano topográfico del estado actual, a escala no inferior a 1/1000.

    • Planos de alzados y secciones características.

    • Planos de planta general, con representación del deslinde, límite interior de la ribera del mar, servidumbre de tránsito y de protección.

    • Presupuesto con la valoración de las unidades de obras y partidas más significativas.

Después de presentar

Plazo de resolución: Seis meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 9 de junio de 2016 por la que se adaptan y se habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (DOG nº 113 del 15 de junio de 2016).

    • Decreto 158/2005, del 02 de junio, por el que se regulan las competencias autonómicas en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre (DOG nº 115 del 16 de junio de 2005).

  • Ámbito Estatal
    • Ley 22/1988, del 28 de julio, de Costas (BOE nº 181, del 29 de julio de 1988).

    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre de 1992).

    • Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE nº 313, de 31 de diciembre de 2002).

    • Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (BOE nº 89, de 13 de abril de 2013).

    • Corrección de errores del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (BOE nº 125, de 25 de mayo de 2013).

    • Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas (BOE nº 129, de 30 de mayo de 2013).

    • Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas (BOE nº 247, de 11 de octubre de 2014).

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