Guía de procedimientos y servicios

IN855A

Programa Ignicia prueba de concepto.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2016 - Plazo cerrado: 03/09/2016 00:00 - 03/10/2016 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento
Esta resolución ten por obxecto aprobar as condicións xerais polas que se rexerá o Programa Ignicia proba de concepto, que ten como finalidade poñer en valor e apoiar o desenvolvemento das aplicacións comerciais da investigación xerada polos centros de coñecemento, de acordo co previsto no artigo 31 da Lei galega 5/2013, do 30 de maio, de fomento da investigación e da innovación.

Constitúese, polo tanto, cos seguintes obxectivos:

a) Facilitar a transferencia de resultados de investigación desde organismos de investigación ao mercado.

b) Acelerar e aumentar os éxitos nos procesos de transferencia tecnolóxica.

c) Contribuír á rendabilización económica e social do investimento público en investigación.

d) Internacionalizar a función de transferencia na tecnoloxía.

e) Detectar cedo proxectos con potencial innovador e de mercado.

2. Asimismo, por medio de esta resolución, se procede a su convocatoria para el año 2016 en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva (código de procedimiento IN855A).

*

a) Solicitudes de acceso al Programa Ignicia prueba de concepto (maduración+inversión):

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

b) Solicitudes de acceso exclusivamente a la fase de inversión:

el plazo para la presentación de solicitudes a esta fase estará abierto hasta el 10 de septiembre de 2018.

Poderán ser promotores de proxectos e participar na presente convocatoria os organismos de investigación e difusión de coñecementos (públicos e/ou privados sen ánimo de lucro) con centros radicados en Galicia.

Considéranse organismos de investigación e difusión de coñecementos, segundo a definición do artigo 2.83 do Regulamento (UE) nº 651/2014, toda entidade (por exemplo, universidades, fundacións de investigación, centros tecnolóxicos ou de investigación...), independentemente da súa personalidade xurídica ou forma de financiamento, cuxo principal obxectivo sexa realizar de xeito independente investigación fundamental, investigación industrial ou desenvolvemento experimental ou difundir amplamente os seus resultados mediante o ensino, a publicación ou a transferencia de coñecementos; cando unha entidade deste tipo leve a cabo tamén actividades económicas, o financiamento, os custos e os ingresos das ditas actividades deberán contabilizarse por separado.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Axencia Galega de Innovación (GAIN)

Rúa Airas Nunes, s/n (Conxo)

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981957437 / 981957386

Fax: 981541039

Email: gain@xunta.es

http://gain.xunta.es

Axencia Galega de Innovación (GAIN)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

03/09/2016 00:00 - 03/10/2016 23:59

Se amplía el plazo de presentación de solicitudes de acceso exclusivamente a la fase de inversión hasta el 10 de septiembre de 2018. *Información en el último párrafo del apartado documentación.

Requisitos de los proyectos

1. El programa apoyará aquellos proyectos que aborden pruebas o actuaciones posteriores a la obtención del resultado de investigación que se pretende explotar y que permitan validar una tecnología en condiciones reales o cuasi reales.

2. Los proyectos presentados deberán estar situados en un TRL4 o superior.

Los TRL o Technology Readiness Levels se refieren a los niveles de madurez de una tecnología. De acuerdo con el sistema TRL, se consideran nueve niveles que se extienden desde los principios básicos de la nueva tecnología hasta llegar a sus pruebas con éxito en un entorno real:

TRL1: principios básicos observados y reportados.

TRL2: conceptos y/o aplicación tecnológica formulada.

TRL3: función crítica, analítica y experimental, y/o prueba del concepto característica.

TRL4: validación de componentes y/o disposición de los mismos en entorno de laboratorio.

TRL5: validación de componentes y/o disposición de los mismos en un entorno relevante.

TRL6: modelo de sistema o subsistema o demostración de prototipo en un entorno relevante.

TRL7: demostración de sistema o prototipo en un entorno real.

TRL8: sistema completo y certificado a través de pruebas y demostraciones.

TRL9: sistema probado con éxito en un entorno real.

3. Los proyectos presentados deberán tener la capacidad de generar resultados con aplicación en la sociedad; estos resultados deberán tener potencial comercial y generar retornos, independientemente del plazo en el que éstos se produzcan.

  • 1. Junto con la solicitud (anexo I) presentada por el representante legal del organismo de investigación, deberá aportarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia un ejemplar de la documentación que a continuación se relaciona:

    a) Solicitudes de acceso al Programa Ignicia prueba de concepto (maduración+inversión):

    a.1) En el caso de no autorizar la verificación de datos de identidad, deberá presentarse copia del DNI/NIE de la persona física representante legal.

    a.2) Memoria tecnica, en el modelo que se incluye como anexo II.

    b) Solicitudes de acceso exclusivamente a la fase de inversión:

    b.1) En caso de no autorizar la verificación de datos de identidad, deberá presentarse copia del DNI o NIE de la persona física representante legal cuando corresponda.

    b.2) Informe tecnico, en el modelo que se incluye como anexo III, y que contendrá:

    – Informe sobre el estado de la ciencia del proyecto, validado y firmado por experto/s externo/s de contrastada experiencia en el ámbito.

    – Plan de desarrollo y comercialización.

    b.3) Informe de auditoría legal, en el modelo que se incluye como anexo IV, validado y firmado por experto/s externo/s de contrastada experiencia en el ámbito.

    2. A los efectos de facilitar los procesos de evaluación por parte de expertos de nivel internacional, los anexos II y III tendrán que ser presentados en cualquiera de las dos lenguas oficiales de nuestra comunidad autónoma y en ingles.

    3. Los anexos I, II, III y IV estarán disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es) y en la página de la Agencia Gallega de Innovación (http://gain.xunta.es).

    4. La documentación complementaria se presentará electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en los artículos 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

    5. En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica por parte del representante legal superara los tamaños límite establecidos por la sede electrónica, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para eso, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaño máximo admitido de la documentación complementaria para cada procedimiento.

    6. La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada o presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

  • *El plazo de presentación de solicitudes será el siguiente:

    a) Solicitudes de acceso al Programa Ignicia prueba de concepto (maduración+inversión):

    El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

    Se entenderá como último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de publicación. Si el último dia fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

    b) Solicitudes de acceso exclusivamente a la fase de inversión:

    Sólo para aquellos proyectos que hayan participado con anterioridad en otros programas de desarrollo precomercial de los resultados de investigación o similares, o bien, aquellos proyectos que presenten un grado de evolución y maduración que les posibilite solicitar el acceso exclusivamente a la fase de inversión, el plazo para la presentación de solicitudes a esta fase estará abierto hasta el 10 de septiembre de 2018.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cinco meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 12 de agosto de 2016 por la que se establecen las condiciones generales del Programa Ignicia prueba de concepto y se procede a su convocatoria (DOG nº 166 de 2 de septiembre de 2016).

    • Corrección de errores. Resolución de 12 de agosto de 2016 por la que se establecen las condiciones generales del Programa Ignicia prueba de concepto y se procede a su convocatoria (DOG nº 208 del, 2 de noviembre de 2016).

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