Guía de procedimientos y servicios

FA300C

Inscripción, modificación de datos o baja en el registro de personas representantes designadas por una persona intermediaria de crédito inmobiliario.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Hacienda y Administración Pública

Sobre el procedimiento

1. El presente decreto tiene por objeto la creación del Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y del Registro de Prestamistas Inmobiliarios de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Asimismo, es objeto de este decreto la regulación de dichos registros, incluido el siguiente procedimiento relacionado:

- FA300C Inscripción, modificación de datos o baja en el registro de personas representantes designadas por una persona intermediaria de crédito inmobiliario.

El procedimiento FA300C, acompañado de la documentación justificativa del abono de la tasa correspondiente, y se presentarán por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

Intermediarios de crédito inmobiliario de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Facenda e Administración Pública

Secretaría Xeral Técnica e do Tesouro

Subdirección Xeral de Política Financeira

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981545171

Fax: 981545156

Subdirección Xeral de Apoio Técnico-Xurídico
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Los intermediarios de crédito inmobiliario inscritos en el registro deberán comunicar las modificaciones que se produzcan en alguno de los datos previamente aportados en el plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en el que tenga lugar la correspondiente modificación. En el caso de intermediarios de crédito inmobiliario vinculados a un sólo prestamista, será este último el que realice la comunicación.

De acuerdo con el artículo 29 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, la inscripción en el registro requerirá la previa verificación del cumplimiento de los requisitos para poder operar previstos en dicha ley y en su normativa de desarrollo, por parte de la autoridad competente para su gestión.

  • Anexo IX debidamente cubierto.

  • Documentación justificativa del pago de la tasa correspondiente. (Cód. 30.02.00).

Comprobación de datos.

Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente en el Anexo VIII y aportar una copia de los documentos.

  • DNI/NIE de la persona solicitante.

  • DNI/NIE de la persona representante.

  • Certificado de antecedentes penales.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 23/2021, de 4 de febrero, por el que se crean y se regulan los registros de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y de Prestamistas Inmobiliarios de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 29 del 12 de febrero de 2021).

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