Guía de procedimientos y servicios

IG420A

Calificación de agentes comerciales mediadores en el exterior para el apoyo a la internacionalización de la empresa gallega.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Economía e Industria

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Calificación de agente comercial mediador en el exterior para la prospección de mercados y apoyo a la internacionalización de la empresa gallega. Estos agentes deben ser expertos en comercio exterior, canales de distribución y servicios a la internacionalización, con gran conocimiento del mercado del país para el cual soliciten la calificación y pueden obtener la calificación para varios países.
Personas jurídicas con plena capacidad de obrar que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos y superen una determinada puntuación en la evaluación de los criterios, según el baremo que se relaciona en el apartado 5.

Xunta de Galicia

Consellería de Economía e Industria

Instituto Galego de Promoción Económica - Igape

Área de Internacionalización

Complexo Admtvo. San Lázaro, s/n

15703  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 900815151

Fax: 981541114

Área de Internacionalización
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Para cada país a los que opten:

- Suficiente y acreditada experiencia como profesional en comercio exterior.

- Infraestructura permanente, medios personales y materiales suficientes, y grado de implantación adecuado, para el desarrollo de las funciones objeto de estas bases.

- Nivel alto de idioma español o, en su defecto, dominio del inglés, y, en todo caso, dominio del idioma del país para lo cual se solicite la calificación.

- Solvencia económica en relación a los servicios a prestar objeto de estas bases.

- No estar incluido en ninguna de las prohibiciones del artículo 20 del Real Decreto legislativo 2/2000, del 16 de junio, que aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas.

  • Solicitud según el Anexo I.

  • Documentación acreditativa de la capacidad de obrar del solicitante:

    • a) En función de la naturaleza y nacionalidad del solicitante:

      • En el caso de personas jurídicas solicitantes españolas, copia del NIF, sólo en el caso de no autorizar su consulta.

      • En el caso de personas jurídicas solicitantes españolas: escritura de constitución o modificación, si es el caso, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme la legislación aplicable. Si no lo fuera, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, si es el caso, en el correspondiente registro oficial.

      • En el caso de personas solicitantes de países miembros de la UE o signatarios del acuerdo sobre el espacio económico europeo: acreditación de inscripción en los registros indicados en el anexo I del Real Decreto 1098/2001.

      • En el caso de personas solicitantes de países terceros no-miembros de la UE: informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio del solicitante, en la que se haga constar, despues de acreditación por el solicitante, que figura inscrito en el registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidade en el tráfico local en el ámbito de las actividades objeto de esta clasificación.

    • b) Poder bastante a favor del firmante de la solicitud de calificación, inscrito en el registro oficial que corresponda.

  • Documentación acreditativa de la solvencia tecnica y económica del solicitante:

    • a) Relación de los principales trabajos realizados en materia de comercio exterior en el país/eres a los que se opta y, si es el caso, de los sectores y/o gama de productos a los que opta, detallando importes globales, fechas y beneficiarios.

    • b) Relación de medios materiales y humanos de que dispone la empresa.

    • c) Relación de medios materiales y humanos a destinar a las actividades objeto de estas bases, especificando currículo vitae de los medios humanos, y justificación de su titulación academica, de idiomas, etc.

    • d) Canales de comercialización o gama de productos en que está más introducido el solicitante.

    • e) Estados financieros de los dos últimos ejercicios e informe de la institución financiera acreditativo de la solvencia económica.

    • f) Cualquiera otro aspecto que el solicitante considere de interes.

  • Oferta tecnica y económica según el modelo previsto en el Anexo II (se cubrirá en el formulario de solicitud para cada país a lo que se opte los servicios que oferta el agente con plazos y precios).

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 22 de octubre de 2015 por la que se adaptan e incorporan a la sede electrónica de la Xunta de Galicia los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Economía, Empleo e Industria (DOG nº 204 del 26 de octubre de 2015).

    • Resolución de 2 de noviembre de 2004 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica, Igape, que aprueba las bases reguladoras para la calificación de agentes comerciales mediadores en el exterior para el apoyo a la internacionalización de la empresa gallega (DOG nº 223 del 16 de noviembre de 2004).

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