Guía de procedimientos y servicios

ED311F

Premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales de música, danza, y de artes plásticas y diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2023 - Plazo cerrado: 17/06/2023 00:00 - 17/07/2023 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Convocar en la Comunidad Autónoma de Galicia los premios extraordinarios en la modalidad de enseñanzas artísticas profesionales en los ámbitos de Música, de Danza, y de Artes Plásticas y Diseño para el alumnado que finalizará las enseñanzas profesionales de Música, de Danza o de ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño, en el curso 2022/23 en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Galicia y cumpla los requisitos establecidos en esta orden.

Alumnado que finalizase las enseñanzas profesionales de Música, de Danza o de ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño, en el curso 2022/23 en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Formación Profesional

Subdirección Xeral de Aprendizaxe Permanente, Ensinanzas Artísticas, Idiomas e Deportivas

Servizo de Ensinanzas de Réxime Especial e Aprendizaxe Permanente

Edificio Administrativo San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546556/ 981546555

Email: sereap@edu.xunta.gal

https://www.edu.xunta.gal

Dirección Xeral de Formación Profesional
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

17/06/2023 00:00 - 17/07/2023 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Podrá optar a los premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

Ámbito de música.

a) Haber finalizado las enseñanzas profesionales de Música, en el curso 2022/23, en centros públicos o privados autorizados de enseñanzas profesionales de Música de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de Música. A estos efectos, las materias validadas no serán tenidas en cuenta. En caso de que la persona aspirante hubiese ingresado en sexto curso, la nota media se calculará teniendo en cuenta únicamente las materias de dicho curso.

c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá, además, presentar una copia de una grabación de vídeo, en formato AVI o MPEG, en soporte DVD, en la cual la persona aspirante interprete tres piezas (obras o movimientos completos de obras) de diferentes estilos, de una dificultad no inferior al nivel de sexto curso de enseñanzas profesionales de Música, con una duración máxima de 25 minutos, y un tamaño máximo de un gigabyte (1 GB), entre las tres piezas. El alumnado únicamente podrá presentar la solicitud de manera individual, realizando la interpretación como solista, con acompañamiento de la agrupación que precise, en su caso. Dicha grabación no podrá estar editada, deberá corresponder a una grabación en directo sin aplicación de ningún tipo de procesamiento de sonido y/o imagen. El alumnado podrá realizar más de una toma de vídeo siempre y cuando realice una interpretación continua de cada movimiento. La persona aspirante deberá especificar los títulos y autores/autoras de las piezas que interpreta tanto en la solicitud (anexo I) como en el soporte de la grabación, respetando el orden de interpretación.

Ámbito de danza.

a) Haber finalizado las enseñanzas profesionales de Danza, en el curso 2022/23, en centros públicos o privados autorizados de enseñanzas profesionales de danza de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de Danza. A estos efectos, las materias validadas no serán tenidas en cuenta. En caso de que la persona aspirante hubiese ingresado en sexto curso, la nota media se calculará teniendo en cuenta únicamente las materias de dicho curso.

c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá, además, presentar una copia de una grabación de vídeo, en formato AVI o MPEG, en soporte DVD, en la cual la persona aspirante interprete, con el acompañamiento que precise, en su caso, tres piezas (variaciones, obras o fragmentos de obras coreográficas) de diferentes estilos, de una dificultad no inferior al nivel de sexto curso de las enseñanzas profesionales de Danza, con una duración máxima de 15 minutos y un tamaño máximo de un gigabyte (1 GB), entre las tres piezas. El alumnado podrá realizar una toma de vídeo distinta para cada una de las tres piezas (variaciones, obras o fragmentos de obras coreográficas), siempre que realice una interpretación continua de cada pieza. La persona aspirante deberá especificar los títulos y coreógrafos/as de las piezas que interpreta tanto en la solicitud (anexo I) como en el soporte de la grabación, respetando el orden de interpretación. Cuando la variación, obra o fragmento de la obra coreográfica presentada corresponda a una interpretación en conjunto, deberá especificarse qué bailarín/bailarina, dentro del grupo, es la persona aspirante.

Ámbito de artes plásticas y diseño.

a) Haber finalizado un ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño, en el curso 2022/23, en centros públicos o privados autorizados de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Haber obtenido una nota media final igual o superior a 8,75 en el ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño cursado. La nota media final se obtendrá del promedio aritmético de las calificaciones de los módulos que tengan expresión numérica, sin que se tengan en cuenta en dicho cálculo las calificaciones de «apto», «exento» o «validado». En el cálculo de la nota media no se incluirá la calificación del proyecto integrado o proyecto final.

c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá, además, presentar la memoria y documentación gráfica del proyecto integrado o proyecto final del ciclo formativo de grado superior por el cual concurre, en formato PDF, AVI o MPEG con un tamaño máximo de un gigabyte (1 GB).

Solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Opcionalmente, se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

2. Las solicitudes las suscribirá la persona interesada o la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

3. La sede electrónica de la Xunta de Galicia dispone de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes para la presentación electrónica de este procedimiento. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios, podrán dirigirse al teléfono de información 012 o a la dirección electrónica 012@xunta.gal

Si las dudas están relacionadas con la presente convocatoria, podrán hacer sus consultas en la dirección electrónica sereap@edu.xunta.gal

Documentación complementaria.

Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:

1. Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho en el caso de actuar por medio de representante.

2. Certificación académica de los estudios objeto de baremo, en la cual se refleje la calificación final obtenida por la persona aspirante, firmada por el/la secretario/a con el visto bueno del/de la director/a del centro público en el que esté el expediente académico de la persona aspirante.

3. Documentación según corresponda a los respectivos ámbitos:

Ámbito música y danza: una copia de vídeo en formato AVI o MPEG en soporte DVD, con un tamaño máximo de un gigabyte (1 GB).

Ámbito artes plásticas y diseño: memoria y documentación gráfica del proyecto integrado o proyecto final del ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño por el cual concurre, en formato PDF, AVI o MPEG, con un tamaño máximo de un gigabyte (1 GB).

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada. De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

En el ámbito de artes plásticas y diseño, el proyecto final o proyecto integrado en formato PDF, AVI o MPEG podrá ser entregado, de ser necesario, en soporte DVD. En cuyo caso el DVD deberá ser enviado al Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Aprendizaje Permanente, Edificio Administrativo San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela.

En los ámbitos de música y de danza, la copia del vídeo en formato AVI o MPEG en soporte DVD deberá ser enviado al Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Aprendizaje Permanente, Edificio Administrativo San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela.

No serán admitidos los proyectos integrados, proyectos finales, vídeos de música, vídeos de danza en formatos y/o tamaños diferentes a los establecidos en la presente convocatoria.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante, solo en el caso de actuar por medio de representante.

c) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

d) Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.

e) Certificado de estar al corriente en el pago con la Agencia Tributaria de Galicia (Atriga).

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos. Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cinco meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 2 de junio de 2023 por la que se convocan los premios extraordinarios en la modalidad de enseñanzas artísticas profesionales en los ámbitos de música, de danza, y de artes plásticas y diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia correspondientes al curso 2022/23 (DOG nº 114 del 16 de junio de 2023).

    • Extracto de la Orden de 2 de junio de 2023 por la que se convocan los premios extraordinarios en la modalidad de enseñanzas artísticas profesionales en los ámbitos de música, de danza, y de artes plásticas y diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia correspondientes al curso 2022/23 (DOG nº 114 del 16 de junio de 2023).

    • Resolución de 20 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se designan los miembros y se hace pública la composición del jurado de selección que analizará y valorará las solicitudes de las personas aspirantes a los premios extraordinarios en la modalidad de enseñanzas artísticas profesionales en los ámbitos de música, de danza y de artes plásticas y diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2022/23 (DOG nº 185 del 28 de septiembre de 2023).

    • Resolución de 15 de diciembre de 2023 por la que se publica la adjudicación de los premios extraordinarios en la modalidad de enseñanzas artísticas profesionales en los ámbitos de música, de danza, y de artes plásticas y diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2022/23, convocados por la Orden de 2 de junio de 2023 (Diario Oficial de Galicia número 114, de 16 de junio) (DOG nº 243 del 26 de dicembre de 2023).

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