Guía de procedimientos y servicios

PR461D

Inscripción en el proceso selectivo unitario policia local. CONCURSO

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2021 - Plazo cerrado: 21/06/2021 00:00 - 16/07/2021 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

Sobre el procedimiento

1. El objeto del proceso selectivo es cubrir 73 plazas de los cuerpos de Policía Local, categoría de policía, turno de oposición libre, y 18 plazas por turno de concurso para movilidad, subgrupo C1.

2. Las plazas no cubiertas por el turno de concurso se acumularán el turno de oposición libre y serán publicadas a través de resolución de la persona que ocupe la Dirección General de la Agasp.

3. El número, denominación y características de las plazas que se convocan a este proceso selectivo se especificará en el anexo III de esta orden.

Hasta la fecha final en la que se publique el listado definitivo de personas admitidas a este proceso, previa publicación en el DOG a través de resolución de la Dirección General de la AGASP, puede ser modificado el anexo III de esta orden, relativo al número, denominación y características de las plazas que se convocan.

4. El presente proceso selectivo se regirá por lo establecido en estas bases y para lo no previsto se estará a lo dispuesto en la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales; en el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que la desarrolla, y en la Orden de 28 de enero de 2009, por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de la policía local, y el Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local.

Funcionarios aspirantes a otros Cuerpos de la Policia Local.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)

Dirección Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Secretaría Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Servizo de Formación en Seguridade Pública

Avenida da Cultura, s/n

36680  Estrada, A  (Pontevedra)

Teléfono: 886206110

Email: formacion.agasp@xunta.gal

http://agasp.xunta.gal

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

21/06/2021 00:00 - 16/07/2021 23:59

Según la Resolución de 10 de junio de 2021, de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Presidencia, Justicia y Turismo, referente a la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso y acceso a los cuerpos de Policía Local de distintos Ayuntamientos (BOE nº 146, de 19 de junio de 2021), se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes desde el día 21 de junio hasta el 16 de julio de 2021.

Las personas interesadas en participar en este proceso, en el turno de concurso, deberán poseer en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener los siguientes requisitos:

a) Ostentar en propiedad, la categoría de policía en otros cuerpos de la Policía local de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Contar con una antigüedad mínima de 3 años en esa categoría.

  • Inscripción en los procesos selectivos para la selección de los miembros de los cuerpos de la policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local derivada de la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos ( 30.03.04)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal, correspondiente al anexo II de esta orden.

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuera realizada la subsanación.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

No se tendrá en cuenta la documentación que no quede debidamente acreditada dentro del plazo de presentación de solicitudes.

No tendrán que realizar una nueva solicitud aquellas personas que la hicieron en el plazo del 23 de julio de 2020 al 19 de agosto de 2020

Tasas.

Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacción reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, como requisito necesario para participar en este proceso selectivo, se deberá abonar previamente en concepto de inscripción el importe de 32.48 euros (código de la tasa: 30.03.04) y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Para el ingreso de la tasa se empleará un impreso de autoliquidación como el señalado en el anexo VII con los códigos para su formalización facilitados en el mismo.

La no presentación de este impreso de autoliquidación , en el que deberá figurar la fecha y sello de la entidad bancaria, con el formulario de solicitud en el proceso selectivo determinará la exclusión en dicho proceso de la persona aspirante, no siendo posible su subsanación fuera del plazo de solicitudes.

Se podrá también realizar el pago por Internet en las entidades financieras autorizadas. Para ello, deberán acceder la oficina tributaria, a través de la web de la Agencia Tributaria de Galicia (www.atriga.gal). En este supuesto, una vez efectuado el pago, se imprimirá el justificante de haber abonado la tasa (modelo 730) que será lo que se presente con la solicitud.

En ambos supuestos, la presentación del justificante del abono de las tasas no supondrá la substitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Exención y bonificación en el abono de la tasa.

Estarán exentos del pago de esta tasa por derecho de inscripción.

a) Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.

Se aplicará una bonificación del 50 % del importe de la tasa:

a) Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo desde, por lo menos, los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas en que soliciten su participación y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.

Las circunstancias de exención y bonificación serán comprobadas por la Administración, y deberán ser acreditadas, presentando con la solicitud a documentación que a continuación se indica, solo en el caso de oponerse a dicha comprobación:

– Copia del título oficial de familia numerosa, de carácter común o especial.

– Certificación negativa de la percepción actual de prestación/subsidio por desempleo y antigüedad como demandante de empleo expedida por el Servicio Público de Empleo.

Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.

Las personas interesadas en el turno de concurso para movilidad de este proceso deberán aportar con su solicitud obligatoriamente por medios electrónicos la siguiente documentación:

a) Justificante del ingreso de la tasa, con el sello de la entidad bancaria con indicación de la fecha.

b) Certificado acreditativo de ostentar, en propiedad, la categoría de policía en los cuerpos de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Galicia y contar con una antigüedad mínima de tres años en esa categoría.

c) Relación de los méritos que se acrediten, por cada uno de los apartados de los que consta el concurso según lo especificado en el anexo IV.

d) Copias de la documentación acreditativa de los méritos alegados.

e) Copia del título de familia numerosa, en el caso de no ser expedido por la Xunta de Galicia.

La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para cotejo de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.

- No será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

- La consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación aportada por los/las aspirantes se sancionará con la anulación de la solicitud, sin perjuicio de las demás medidas legales que correspondan.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

Para la tramitación de este procedimiento, en el turno de oposición libre, se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante.

c) NIF de la entidad representante.

d) Títulos no universitarios oficiales (bachillerato, técnico o equivalente).

e) Certificado de inexistencia de antecedentes penitenciarios.

f) Situación de desempleo.

g) Titulo de familia numerosa, en el supuesto de ser expedido por la Xunta de Galicia.

h) Certificado Celga 4 o equivalente solo cuando sea expedido por la Secretaría General de Política Lingüística.

i) Permisos de conducir de las clases B y A2.

En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y aportar los documentos.

Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

- En el turno de concurso se comprobará, en los casos de exención de tasas, el título de familia numerosa en el supuesto de ser expedido por la Xunta de Galicia.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta del ciudadano de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 85 del 3 de mayo de 2007).

    • Decreto 243/2008, de 16 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 211 del 30 de octubre de 2008).

    • Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 22 del 2 de febrero de 2009)

    • Corrección de errores.-Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 31 del 13 de febrero de 2009).

    • Decreto 60/2010, de 8 de abril, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en materia de uniformidad, acreditación y medios técnicos (DOG nº 75 del 22 de abril de 2010).

    • Decreto 77/2010, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 89 del 12 de mayo de 2010).

    • Corrección de errores.-Decreto 77/2010, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 98 del 26 de mayo de 2010).

    • Ley 9/2016, de 8 de julio, por la que se modifica la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 131 del 12 de julio de 2016).

    • Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local (DOG nº 222 del 22 de noviembre de 2017).

    • Orden de 26 de noviembre de 2020 por la que se nombra al tribunal que deberá calificar el proceso selectivo unitario para el ingreso en los cuerpos de la policía local, escala básica, categoría de policía, turnos de acceso libre y concurso (DOG nº 249 del 11 de diciembre de 2020).

    • Orden de 8 de julio 2020 por la que convoca proceso selectivo para el acceso e ingreso en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía, turnos de acceso libre y concurso (DOG nº 137 de 10 de julio de 2020).

    • Resolución de 26 de enero de 2021 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo unitario para el acceso a la escala básica, categoría de oficial, en los cuerpos de policía local, turno de acceso por promoción interna y movilidad.(DOG nº 23 de 4 de febrero de 2021).

    • Corrección de errores. Resolución de 26 de enero de 2021 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo unitario para el acceso a la escala básica, categoría de oficial, en los cuerpos de policía local, turno de acceso por promoción interna y movilidad.(DOG núm. 30 de 15 de febrero de 2021).

    • Orden de 2 de junio de 2021 de modificación de la Orden de 8 de julio de 2020 por la que convoca el proceso selectivo para el acceso e ingreso en los cuerpos de la Policía local de Galicia, escala básica, categoría de policía, turnos de acceso libre y concurso (DOG nº 108 del 9 de junio de 2021).

    • Resolución de 28 de julio de 2021 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo unitario para el acceso a los cuerpos de Policía local, categoría de policía, turno de concurso. (DOG nº 149 de 5 de agosto de 2021).

    • Resolución de 28 de septiembre de 2021 por la que se aprueban y hacen públicas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo unitario para el acceso a los cuerpos de Policía Local, categoría de policía, turno de concurso (DOG nº 193 del 6 de octubre de 2021).

  • Ámbito Estatal
    • Resolución de 19 de junio de 2019, de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, referente a la convocatoria de plazas de Policía Local de distintos Ayuntamientos (BOE nº 152 do 26 de junio de 2019).

    • Resolución de 10 de junio de 2021, de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Presidencia, Justicia y Turismo, referente a la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso y acceso a los cuerpos de Policía Local de distintos Ayuntamientos (BOE nº 146, de 19 de junio de 2021).

    • Resolución de 10 de julio de 2020, de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, referente a la convocatoria de plazas de Policía Local en distintos Ayuntamientos (BOE nº 199 de 22 de julio de 2020).

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