Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
ED311E
Premios de ESO al esfuerzo y a la superación personal.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
1. Se convocan en la Comunidad Autónoma de Galicia los premios de educación secundaria obligatoria al esfuerzo y a la superación personal (código de procedimiento ED311E) correspondientes al curso 2019/20.
2. La finalidad de estos premios es dar reconocimiento público al esfuerzo y a la dedicación del alumnado de esta etapa educativa, reforzar aquellos aspectos que inciden en la mejora del sistema educativo y unir excelencia con equidad, igualdad de oportunidades y posibilidades de desarrollo personal.
Número, presupuesto y características de los premios
1. Se podrá conceder hasta un máximo de 20 premios.
2. Cada premio estará dotado con 750 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 10.20.423A.480.1 de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, de los presupuestos del año 2020 con una dotación global de 15.000 €. La concesión de las ayudas reguladas en esta orden tendrá como límite global el crédito asignado para este fin.
3. Estos premios de educación secundaria obligatoria al esfuerzo y a la superación personal son compatibles con cualquier otro tipo de premios, bolsas o ayudas concedidos por alguna Administración pública competente o cualquier ente público o privado, nacional, de la Unión Europea u organismos internacionales.
Podrá optar a los premios de educación secundaria obligatoria al esfuerzo y a la superación personal el alumnado que reúna las siguientes condiciones:
1. Haber cursado durante el año académico 2019/20 cuarto curso de educación secundaria obligatoria en el régimen ordinario en cualquiera de los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Estar propuesto por el equipo docente para la expedición del título de graduado en educación secundaria.
3. Los alumnos y alumnas que sean personas candidatas al premio deberán merecer un especial reconocimiento por la dedicación y esfuerzo demostrada a lo largo de la etapa en superar sus dificultades, bien de tipo personal, educativas y/o del entorno familiar y sociocultural, por lo que se hacen merecedores de optar a esta modalidad de premios.
El perfil objeto de estos premios se corresponde con el alumnado que procede de entornos socioculturales desfavorecidos o de entornos familiares disfuncionales que supongan desventaja manifiesta de cara a conseguir finalizar sus estudios, o en proceso de superación de enfermedades crónicas o con discapacidades que condicionan su rendimiento escolar, su relación personal y su inserción social.
Obligaciones de las personas ganadoras
1. El alumnado que obtenga premio tiene la obligación de facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control que les competen, según dispone el artículo 14.1.k) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
2. El alumnado ganador debe facilitar la titularidad de una cuenta bancaria con 24 dígitos y declarar sobre la veracidad de los datos relativos a dicha cuenta en que se ingresará, mediante transferencia bancaria, la dotación del premio, según el modelo de anexo III.
3. La persona beneficiaria tiene la obligación del reintegro, total o parcial, de la subvención o de la ayuda pública percibida en el supuesto de incumplimiento de las condiciones establecidas para su concesión, tal como indican los artículos 14.1.j) y 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa
Subdirección Xeral de Inspección e Avaliación do Sistema Educativo
Servizo de Avaliación do Sistema Educativo
San Caetano s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881997383 / 981540205 / 981540188
Fax: 981546550
Plazo de presentación: CERRADO
09/09/2020 00:00 - 06/10/2020 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles computados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
1. Las solicitudes (anexo I) se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, (https://sede.xunta.gal). Será imprescindible cubrir previamente los datos en la aplicación que se encuentra en la dirección https://www.edu.xunta.es/premiosedu, desde donde deberá generarse el formulario normalizado cubierto con los datos correspondientes.
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
2. Las solicitudes las suscribirán directamente las personas interesadas con plena capacidad de obrar o, en su caso, los/las representantes legales de las personas solicitantes.
3. Para la presentación electrónica de este procedimiento, la sede electrónica de la Xunta de Galicia dispone de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios, podrán dirigirse al teléfono de información 012 o a la dirección electrónica 012@xunta.gal
Si las dudas están relacionadas con la presente convocatoria, podrán hacer sus consultas en la dirección electrónica premios@edu.xunta.gal
La simple presentación de la solicitud lleva implícita la aceptación plena de todas las bases de esta convocatoria, y constituye una manifestación expresa de que la persona solicitante reúne los requisitos exigidos para participar en el procedimiento, así como de que son veraces los datos que consigne en ella.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las la administraciones públicas:
a) Documento de identidad, DNI o NIE de la persona solicitante y/o de la persona representante.
b) Expediente de los estudios de educación secundaria obligatoria cursados por la persona solicitante.
c) Certificado de estar al corriente del pago de deberes tributarias con la AEAT.
d) Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.
e) Certificado de estar al corriente del pago de deudas con la Administración pública de la comunidad autónoma.
f) Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan la esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo I)
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
- Fase de justificación
- Reclamación a las puntuaciones (Anexo II)
- Solicitud de datos bancarios (Anexo III)
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 27 de agosto de 2020 por la que se convocan los premios de educación secundaria obligatoria al esfuerzo y a la superación personal correspondientes al curso 2019/20 (DOG nº 182 de 8 de septiembre de 2020).
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Extracto de la Orden de 27 de agosto de 2020 por la que se convocan los premios de educación secundaria obligatoria al esfuerzo y a la superación personal correspondientes al curso 2019/20 (DOG nº 182 de 8 de septiembre 2020).
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Resolución de 30 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se procede a designar a los miembros y hacer pública la composición de la comisión de selección que valorará los méritos de las personas candidatas a los premios de educación secundaria obligatoria al esfuerzo y a la superación personal correspondientes al curso 2019/20 (DOG nº 204 de 8 de octubre de 2020).
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Orden de 2 de diciembre de 2020 por la que se conceden los premios de educación secundaria obligatoria al esfuerzo y a la superación personal correspondientes al curso 2019/20, convocados por la Orden de 27 de agosto de 2020 (Diario Oficial de Galicia de 8 de septiembre) (DOG nº 254 del 18 de diciembre de 2020).
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Otros procedimientos relacionados
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