Códigos de identificación de órganos, centros y unidades

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece en su artículo 66 que las solicitudes que se formulen deberán contener el órgano, centro o unidad administrativo al que se dirige y su correspondiente código de identificación.

Las oficinas de asistencia en materia de registros estarán obligadas a facilitar a los interesados el código de identificación si el interesado lo desconoce. Asimismo, las Administraciones Públicas deberán mantener y actualizar en la sede electrónica correspondiente un listado con los códigos de identificación vigentes.

Puede descargar la información del Directorio Oficial de la Xunta de Galicia en los siguientes formatos: