Guía de procedimientos y servicios

VI480A

Inscripción en el registro de demandantes de suelo empresarial de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Este decreto tiene por objeto crear y regular el Registro de Demandantes de Suelo Empresarial de Promoción Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.

A estos efectos, se entenderá por suelo empresarial de promoción pública aquel cuya promoción se lleva a cabo por los organismos o entidades pertenecientes a la Comunidad Autónoma que tengan entre sus funciones o fines sociales la promoción de suelo empresarial.

Podrán solicitar la inscripción como demandantes de suelo empresarial las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que pretendan desarrollar una actividad empresarial y estén interesadas en acceder a una superficie de suelo empresarial de promoción pública dentro del ámbito de aplicación previsto en el presente decreto.

La inscripción de la persona solicitante deberá especificar, además de la actuación donde pretende implantarse, al menos, el ayuntamiento, la superficie que se solicita, la actividad que se pretende desarrollar en las mismas, los puestos de trabajo que se proyecta crear, así como el plazo en el que se prevé poder iniciar las obras una vez realizada la puesta a disposición de los terrenos.

La inscripción en el registro con carácter previo a la resolución de inicio de la actuación y la posterior formalización del compromiso de compra dará derecho a la adjudicación directa de la superficie de suelo solicitada y reservada.

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Secretaría Xeral de Vivenda e Urbanismo

Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS)

Área Central. Fontiñas

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981541982

Email: dx.igvs@xunta.es

http://www.igvs.es

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Departamento Territorial da Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas de A Coruña

Área Provincial do Instituto Galego de Vivenda e Solo da Coruña

Praza de Luis Seoane, s/n

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184801

Fax: 981184860

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Departamento Territorial da Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas de Lugo

Área Provincial do Instituto Galego de Vivenda e Solo de Lugo

Avda. Ramón Ferreiro 28

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294602

Fax: 982294624

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Departamento Territorial da Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas de Ourense

Área Provincial do Instituto Galego de Vivenda e Solo de Ourense

Rúa Sáenz Díez, 1

32071  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386271

Fax: 988386235

Xunta de Galicia

Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas

Departamento Territorial da Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas de Pontevedra

Área Provincial do Instituto Galego de Vivenda e Solo de Pontevedra

Rúa Alcalde Hevia 7

36071  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805610

Fax: 986805663

Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Desde el día siguiente al de la publicación del Decreto en el Diario Oficial de Galicia.

Vigencia de la inscripción.

1. La inscripción en el registro tendrá una vigencia de un año desde la resolución administrativa de inscripción, en la cual figurará expresamente la fecha de finalización de dicho plazo.

2. En el período de los tres meses anteriores a la fecha de finalización del plazo, el demandante podrá solicitar la renovación de la inscripción. En el caso de no dictarse la resolución denegatoria de la inscripción, el demandante entenderá estimada su solicitud de renovación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43.2.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

En el caso de renovación, se mantendrá el ingreso de la cuota de inscripción inicial.

3. En todo caso, el registro sólo conservará su vigencia en cada una de las actuaciones que se vayan a desarrollar hasta la resolución de inicio de la actuación prevista en el artículo 18 del presente decreto.

Actualización de datos.

1. Las personas solicitantes deberán comunicar al registro cualquier modificación de los datos aportados con la solicitud inicial.

2. Cuando la persona demandante no hubiese comunicado las modificaciones, éstas no serán tenidas en cuenta a efectos de adjudicaciones futuras.

Baja en el registro.

Son causas de baja en el registro las siguientes:

a) Haber desistido de la solicitud.

b) La falta de formalización del compromiso de compra previsto en el artículo 19 por causa imputable a la persona solicitante.

c) Incurrir en falsedad u ocultación en los datos que se aportan al registro.

d) Falta de solicitud de renovación de la inscripción al finalizar el plazo de vigencia.

  • Las solicitudes de inscripción en el Registro de Demandantes de Suelo Empresarial de Promoción Pública de la Comunidad Autónoma se presentarán debidamente cubiertas en el modelo oficial que se adjunta como anexo a este decreto, el cual deberá venir acompañado de la documentación especificada en dicho anexo según sea la persona solicitante física o jurídica.

  • Solicitud efectuada por persona física:

    • Copia del resguardo de la transferencia del importe de inscripción.

    • Si procede, copia de alta en el IAE.

  • Solicitud efectuada por persona jurídica:

    • Copia de la escritura de constitución y modificaciones, en su caso.

    • Copia del resguardo de la transferencia del importe de la inscripción.

    • Declaración responsable sobre la veracidad de los datos relativos a la cuenta bancaria.

    • Copia de alta en el IAE.

Después de presentar

Plazo de resolución: 3 meses

Sentido del silencio: Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 108/2012, de 29 de marzo, por el que se regula el Registro de Demandantes de Suelo Empresarial de Promoción Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 69 del 11 de abril de 2012).

    • Resolución de 11 de junio de 2013 de apertura del Registro de Demandantes de Suelo Empresarial de Promoción Pública y de publicación del suelo empresarial disponible en la Comunidad Autónoma de Galicia relativo a las actuaciones promovidas por el IGVS y sus sociedades públicas adscritas (DOG nº 114 del 17 de junio de 2013).

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