Guía de procedimientos y servicios

TU996D

Cese de la actividad o reformas no sustanciales de los apartamentos y viviendas turísticas.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Presidencia de la Xunta de Galicia

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
1. Los cambios de titularidad, cambios en la escritura social y aquellos otros que no supongan reformas sustanciales, así como los ceses de actividad, tan sólo requerirán de su comunicación al Área de la Agencia de la provincia en la que se sitúe el establecimiento.

2. La comunicación se efectuará mediante modelo normalizado, previsto en el anexo VII, en el plazo máximo de 10 días desde que se hubieran producido a efectos de su anotación en el REAT.

3. La comunicación de los cambios no sustanciales y del cese de la actividad se elevará, junto con un informe, a la dirección competente por razón de la materia de la Agencia Turismo de Galicia, que procederá a la anotación en el REAT de los cambios producidos o del cese de la actividad.

Xunta de Galicia

Presidencia da Xunta de Galicia

Axencia Turismo de Galicia

Área Provincial de Turismo da Coruña

R/ Vicente Ferrer, 2

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184674/ 981184681

Fax: 981184678

Xunta de Galicia

Presidencia da Xunta de Galicia

Axencia Turismo de Galicia

Área Provincial de Turismo de Lugo

Ronda da Muralla, 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294220/ 982294227

Fax: 982889053

Xunta de Galicia

Presidencia da Xunta de Galicia

Axencia Turismo de Galicia

Área Provincial de Turismo de Ourense

Avenida da Habana nº 81

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386043/ 988386035

Fax: 988386727

Xunta de Galicia

Presidencia da Xunta de Galicia

Axencia Turismo de Galicia

Área Provincial de Turismo de Pontevedra

María Victoria Moreno 43 – 6º andar

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805553

Fax: 986805575

Axencia Turismo de Galicia
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Este decreto entrará en vigor a los 3 meses de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 10 de mayo de 2017.

Cumplir los requisitos establecidos por la normativa vigente.

  • Venta de libros oficiales de Levanza Obligatoria que no tengan tarifa específica. ( 33.01.00)
  • Diligenciado de libros. ( 30.01.00)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

  • Comunicación según el Anexo VII.

  • Las comunicaciones, se presentarán preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 12/2017, de 26 de enero, por el que se establece la ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 29 del 10 de febrero de 2017).

    • Instrucción interpretativa 1/2017, de 9 de mayo, para la aplicación del Decreto 12/2017, de 26 de enero, por el que se establece la ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 89 del 10 de mayo de 2017).

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