Guía de procedimientos y servicios

TU987D

Cese de la actividad o reformas no sustanciales de los albergues turísticos.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Presidencia de la Xunta de Galicia

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Este Decreto tiene por objeto la ordenación de los albergues turísticos situados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Los cambios de titularidad, cambios en la escritura social y aquellos otros que no supongan reformas sustanciales, así como los ceses de actividad, tan sólo requerirán de su comunicación a la Área de la Agencia de la provincia en la que se sitúe el establecimiento.

El/la empresario/a turístico que pretenda desarrollar la actividad de alojamiento turístico en la modalidad de albergue turístico.

Xunta de Galicia

Presidencia da Xunta de Galicia

Axencia Turismo de Galicia

Dirección de Competitividade

Área de Fomento e Desenvolvemento Empresarial

A Barcia. Estrada Santiago-Noia Km.3

15896  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546360/ 981546364

Fax: 981546371

http://turismo.xunta.es

Xunta de Galicia

Presidencia da Xunta de Galicia

Axencia Turismo de Galicia

Área Provincial de Turismo da Coruña

R/ Vicente Ferrer, 2

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184674/ 981184681

Fax: 981184678

Xunta de Galicia

Presidencia da Xunta de Galicia

Axencia Turismo de Galicia

Área Provincial de Turismo de Lugo

Ronda da Muralla, 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294220/ 982294227

Fax: 982889053

Xunta de Galicia

Presidencia da Xunta de Galicia

Axencia Turismo de Galicia

Área Provincial de Turismo de Ourense

Avenida da Habana nº 81

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386043/ 988386035

Fax: 988214976

Xunta de Galicia

Presidencia da Xunta de Galicia

Axencia Turismo de Galicia

Área Provincial de Turismo de Pontevedra

María Victoria Moreno 43 – 6º andar

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805553

Fax: 986805575

Área de Fomento e Desenvolvemento Empresarial
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Este decreto entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el DOG y la comunicación se efectuará en el plazo de 10 días desde que se hubieran producido a efectos de su anotación en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este decreto:

a) Los albergues de peregrinos de titularidad pública, que se rigen por su normativa específica.

b) Los albergues juveniles integrados en la red de albergues de juventud, que se regirán por su normativa específica.

c) Los establecimientos dedicados a alojamientos en habitaciones colectivas por motivos escolares, docentes o sociales, tales como áreas provisionales destinadas a eventos culturales, deportivos o recreativos, que se regirán por sus normas específicas.

  • Venta de libros oficiales de Levanza Obligatoria que no tengan tarifa específica. ( 33.01.00)
  • Diligenciado de libros. ( 30.01.00)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

  • Comunicación según el Anexo V.

  • Las comunicacións, deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a traves de los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es), de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común y en el artículo 24 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes, comunicaciones y declaraciones responsables será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

    Opcionalmente, tambien se podrán presentar las comunicación en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

  • La sede electrónica de la Xunta de Galicia tendrá a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los procedimientos regulados en el decreto más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que se podrá presentar en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 48/2016, de 21 de abril, por el que se establece la ordenación de los albergues turísticos (DOG nº 85 del 4 de mayo de 2016).

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