Guía de procedimientos y servicios

TR820H

Solicitud de prórroga de ERTE.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2021 - Plazo cerrado: 01/10/2021 00:00 - 15/10/2021 23:59

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

Sobre el procedimiento

Esta orden tiene  por objeto regular el procedimiento y aprobar y dar publicidad al modelo normalizado (código de procedimiento TR820H) para su tramitación por medios electrónicos, sobre la solicitude de prórroga en los expedientes de regulación temporal de empleo que estén vigentes a fecha de 30 de septiembre de 2021 en base a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos y de aquellos a los que resulte de aplicación el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Personas físicas (trabajadores autónomos) y jurídicas (empresas).

Xunta de Galicia

Consellería de Emprego, Comercio e Emigración

Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais

Subdirección Xeral de Relacións Laborais

Ed. Administrativo San Lázaro, s/n - planta 0

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544615

Email: relacionslaborais.emprego@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Emprego, Comercio e Emigración

Departamento Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración da Coruña

Servizo de Emprego, Relacións Laborais, Traballo Autónomo e Economía Social da Coruña

Avda. Salvador de Madariaga, 9-1º - Centro comercial de Elviña

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981185895/ 981185896/ 981185897

Email: stes.ctb.coruna@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Emprego, Comercio e Emigración

Departamento Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración de Lugo

Servizo de Emprego, Relacións Laborais, Traballo Autónomo e Economía Social de Lugo

Ronda da Muralla nº 70 baixo

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294331, 982294329

Email: stes.traballo.lugo@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Emprego, Comercio e Emigración

Departamento Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración de Ourense

Servizo de Emprego, Relacións Laborais, Traballo Autónomo e Economía Social de Ourense

Avda. da Habana, nº 79 - 7ª E

32004  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386402/ 988386815/ 988386401

Xunta de Galicia

Consellería de Emprego, Comercio e Emigración

Departamento Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración de Pontevedra (Vigo)

Servizo de Emprego, Relacións Laborais, Traballo Autónomo e Economía Social de Vigo

Rúa Concepción Arenal, nº 8 - 2º

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817685, 986817009

Email: relacions-laborais.emprego.vigo@xunta.gal

Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

01/10/2021 00:00 - 15/10/2021 23:59

El plazo de presentación de la solicitud comenzará el día 1 de octubre de 2021 y finalizará el 15 de octubre de 2021

Forma y plazo de presentación.

La solicitud de prórroga deberá hacerse obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I), disponible en la Sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. De conformidad con el artículo 68.4 da Lei 39/2015, de 1 de octubre, del procedi miento administrativo común de las  Administracións Públicas, si alguna de las personas interesadas obligadas a la presentación electrónica presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la comunicación aquella en la que fuese  realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365.

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas deberán adjuntar a la solicitude los siguientes documentos:

- Relación de las horas o días de trabajo suspendidos o reducidos durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2021 de cada una de las personas trabajadoras, debidamente identificadas en relación con cada uno de los centros de trabajo.

- En el caso de expedientes a los que resulte de aplicación el artículo 23 del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo, informe de la representación de las personas trabajadoras con las que se negoció el ERTE.

2. La documentación complementaria deberase presentar electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través  de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará  como fecha de presentación aquella en la que se hubiera realizado la enmienda.

Las personas interesadas  se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente da solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.

4. En el caso de que alguno  de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia,  se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

1. Para  la tramitación de este procedimiento  se consultarán  automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las Administraciones públicas salvo que la persona interesada se oponga a su consulta:

– Documento acreditativo da personalidad de la persona solicitante, consistente en el NIF en el caso de personas jurídicas y DNI o NIE en el caso de trabajadores/as autónomos/as con personas trabajadoras contratadas.

– DNI, o NIE de la persona representante.

– NIF de la entidad representante.

2.  En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente habilitado en el formulario correspondiente y aportar los documentos. Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo  a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica  de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Según la disposición adicional cuarta del Real Decreto-Ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, las empresas deberán presentar ante la sede electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social un listado de personas trabajadoras previo a la solicitud de las medidas extraordinarias en materia de cotización y de prestaciones por desempleo.

En este enlace se encuentra toda la información relativa a esta comunicación al Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Esta relación de personas trabajadoras no se enviará a la Xunta de Galicia.

Plazo de resolución:

La autoridad laboral dictará resolución en el plazo de diez días hábiles desde la presentación de la solicitud por parte de la empresa.

Sentido del silencio:

Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 30 de septiembre de 2021 por la que se regula el procedimiento y se aprueba y se da publicidad al modelo de solicitud de prórroga de expedientes relativos a procedimientos de regulación de empleo vinculados a la COVID-19 vigentes a fecha de 30 de septiembre de 2021 (DOG nº 190 del 1 de octubre de 2021).

  • Ámbito Estatal
    • Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo (BOE nº 233 de 29 de septiembre de 2021)

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