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Detalle procedemento
TR359D
Inscripción de la apertura y/o cierre de delegaciones o establecimientos en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Empleo, Comercio y Emigración
A efectos de la inscripción y depósito de los estatutos en el registro, se entiende por asociación profesional de trabajadores autónomos, conforme a lo establecido en el artículo 20.2º de la Ley 20/2007, del 11 de Julio, del Estatuto del trabajo autónomo, aquella que tenga por finalidad la defensa y tutela colectiva de los intereses profesionales de las/os trabajadoras/es autónomas/os y funciones complementarias, que podrá desarrollar todas aquellas actividades lícitas dirigidas a esta finalidad. En ningún caso podrá tener ánimo de lucro.
Este procedimiento regula a inscripción de la apertura y cierre de delegaciones o establecimientos.
Se entiende que las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos desarrollan su actividad principalmente en la Comunidad Autónoma de Galicia cuando más del 50% de sus personas asociadas estén domiciliadas en ella.
Será potestativa la inscripción de las federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos comprendidas en el mismo ámbito territorial.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Subdirección Xeral de Emprego
Servizo de Emprego Autónomo
Edificios Administrativos San Lázaro, s/n
15871 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545625/ 981957590
Fax: 981544678
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Solicitud según el Anexo I.
Acta de la reunión o del acuerdo adoptado o certificado del acta o del acuerdo en el que deberá constar, además de la fecha en la que se adoptara: la calle, número, municipio, localidad, provincia y el código postal del domicilio de la nueva delegación o establecimiento, en el caso en que se inscriba su apertura o de la delegación o establecimiento que se cierra, en el caso en que se inscriba su cierre.
En caso de que se acuerde la apertura o el cierre de una o varias delegaciones o establecimientos, deberán constar los datos del punto anterior respecto a cada una de ellas.
Justificante de abono de la tasa correspondiente.
COMPROBACIÓN DE DATOS:
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla conrrespondiente y aportar una copia de los documentos:
NIF de la entidad solicitante
DNI/NIE de la persona representante
NIF de la entidad representante
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo I)
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Positivo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 31 de julio de 2015 por la que se adaptan y se incorporan a la sede electrónica de la Xunta de Galicia los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Trabajo y Bienestar (DOG nº 146 del 4 de agosto de 2015).
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Decreto 406/2009, del 22 de Octubre, por lo que se crea el Registro de Asociaciones Profesionales Autónomos de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 222 del 12 de noviembre de 2009).
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Orden de 17 de septiembre de 2010 por la que se desarrolla el Decreto 406/2009, de 22 de octubre, por el que se crea el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 185 del 24 de septiembre de 2010).
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