Guía de procedimientos y servicios

SA440A

Inicio de actividad, modificación de datos declarados o cese total de actividad de una empresa funeraria, tanatorio, velatorio o crematorio.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Sanidad

Sobre el procedimiento

La Xunta de Galicia pone a disposición de la ciudadanía una serie de catálogos que sirven de guía y recogen de forma clara y por orden cronológico todos los trámites administrativos exigibles y las actuaciones necesarias para la implantación de las iniciativas empresariales.

Puede obtener más información sobre esta figura en la Oficina Galicia Empresa.

Acceda al catálogo relacionado con su iniciativa clicando sobre este enlace.

La sanidad mortuoria, como parte integrante de la actividad de las administraciones públicas en materia de salud, comprende:

a) La regulación de toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres o restos, excepto las actividades relacionadas con la obtención de órganos, tejidos y piezas anatómicas de personas donantes fallecidas y las autopsias clínicas o judiciales, que se regirán por su normativa específica.

b) Las normas sanitarias de exposición, transporte, cremación, inhumación, exhumación y reinhumación.

c) Las condiciones técnico-sanitarias que deben reunir las empresas funerarias, tanatorios, velatorios y crematorios.

d) Las condiciones técnico-sanitarias que tienen que cumplir los cementerios y lugares especiales de enterramiento.

e) La función inspectora y la potestad sancionadora para el caso del incumplimiento de la normativa vigente en la materia.

f) La creación del censo de empresas y establecimientos funerarios de Galicia.

Empresas del sector funerario.

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de A Coruña

Servizo de Control de Riscos Ambientais de A Coruña

R/ Durán Loriga, 3-7ª

15003  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981155832

Fax: 981155813

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Lugo

Servizo de Control de Riscos Ambientais de Lugo

Montevideo, 9

27001  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982292087

Fax: 982292128

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Ourense

Servizo de Control de Riscos Ambientais de Ourense

Avda. Zamora, 13

32005  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988066325

Fax: 988066331

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Pontevedra

Servizo de Control de Riscos Ambientais de Pontevedra

R/Fernández Ladreda, 43-1º

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986885878

Fax: 986505610

Dirección Xeral de Saúde Pública
Requisitos y documentación

La Xunta de Galicia pone a disposición de la ciudadanía una serie de catálogos que sirven de guía y recogen de forma clara y por orden cronológico todos los trámites administrativos exigibles y las actuaciones necesarias para la implantación de las iniciativas empresariales.

Puede obtener más información sobre esta figura en la Oficina Galicia Empresa.

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Plazo de presentación: ABIERTO

El presente Decreto entrará en vigor al mes de su publicación en el Diario Oficial de Galicia (a partir del 18 de octubre de 2023).

1. Sin perjuicio de la comunicación prevista en los artículos 24 y siguientes de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, las personas titulares de las empresas funerarias, tanatorios o velatorios presentarán ante la correspondiente jefatura territorial de la consellería competente en materia de sanidad, antes del inicio de la actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en este decreto de conformidad con el modelo establecido en el anexo V (SA440A). Del mismo modo, se procederá a comunicar cualquier variación en las circunstancias o datos previamente declarados, como el caso de la modificación o el cese total de la actividad.

2. Las empresas que se encuentren legalmente establecidas en otro lugar del territorio nacional no tendrán el deber de presentar la declaración responsable, excepto que tengan algún establecimiento en Galicia. En este último caso deberán presentar una declaración responsable por cada establecimiento que tengan en Galicia conforme el modelo previsto en el anexo V

3. La presentación de la declaración responsable de conformidad con el modelo establecido en el anexo V (SA440A), cumpliendo con todos los requisitos, así como el pago de la tasa correspondiente, habilita para el inicio de la actividad o la apertura del establecimiento, y faculta a la Administración pública para verificar la conformidad de los datos contenidos en aquella declaración responsable.

4. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial de cualquier dato o información que se incorpore a la declaración responsable o la no presentación de la documentación que, en su caso, sea requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinarán la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad desde el momento que se tenga constancia de dichos hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penitenciarias, civiles o administrativas en las que se pueda incurrir.

  • Declaración responsable del inicio de actividad de una empresa funeraria, tanatorio, velatorio o crematorio ( 31.53.01)
  • Declaración responsable de modificación de datos o cese total de actividades de una empresa funeraria, tanatorio, velatorio o crematorio ( 31.53.02)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Declaración responsable según el Anexo V.

Comprobación de datos.

1. En relación con las declaraciones responsables, solicitudes y comunicaciones previstas en este decreto se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI/NIE de la persona declarante, solicitante o comunicante.

b) DNI/NIE de la persona representante.

c) NIF de la entidad declarante, solicitante o comunicante.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario y aportar una copia de los documentos. Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de una copia de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de declaraciones responsables, solicitudes o comunicaciones.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

La Xunta de Galicia pone a disposición de la ciudadanía una serie de catálogos que sirven de guía y recogen de forma clara y por orden cronológico todos los trámites administrativos exigibles y las actuaciones necesarias para la implantación de las iniciativas empresariales.

Puede obtener más información sobre esta figura en la Oficina Galicia Empresa.

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Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 129/2023, de 31 de agosto, de sanidad mortuoria de Galicia (DOG nº 177 del 18 de septiembre de 2023).

    • Corrección de errores. Decreto 129/2023, de 31 de agosto, de sanidad mortuoria de Galicia (DOG nº 187 del 2 de octubre de 2023).

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