Guía de procedimientos y servicios

PR461L

Inscripción proceso de acceso por el sistema de concurso oposición previsto en el artículo 38.d de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de Policías Locales, en el cuerpo de la Policía Local de Xinzo deLlimia, escala ejecutiva, categoría inspector de Policia Local.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2023 - Plazo cerrado: 01/03/2023 00:00 - 28/03/2023 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

Sobre el procedimiento

Aprobar las bases generales reguladoras y convocar el proceso selectivo de acceso por el sistema de concurso-oposición previsto en el artículo 38.d) de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en el cuerpo de Policía Local de Xinzo de Limia, escala ejecutiva, categoría de inspector, subgrupo A2, código de procedimiento PR461L.

1. Objeto de la convocatoria.

1.1. El objeto del proceso selectivo de acceso por el sistema de concurso-oposición previsto en el artículo 38.d) de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, es cubrir 1 plaza del cuerpo de Policía Local de Xinzo de Limia, escala ejecutiva, categoría de inspector, subgrupo A2.

1.2. Este proceso se regirá por lo establecido en estas bases y para lo no previsto se estará a lo dispuesto en la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que la desarrolla, en la Orden de 28 de enero de 2009, por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de Policía Local o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada, y en el Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de Policía Local, vigilantes municipales y auxiliares de Policía Local.

El código del procedimiento regulado en esta orden es PR461L.

Admisión de aspirantes.

1. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de la Agasp publicará en el DOG y en la página web de la Agasp la resolución por la que se declaren con carácter provisional las personas admitidas y excluidas, con el motivo de la exclusión, con indicación de la exención o no de la prueba de conocimientos de la lengua gallega. En el caso de no existir personas excluidas, o que las personas excluidas lo estén por motivos no subsanables, el listado será considerado como definitivo.

2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el DOG, para poder subsanar, en su caso, el defecto que motivó la exclusión o la no exención de la prueba de conocimientos de la lengua gallega.

Dispondrán del mismo plazo de reclamación las personas que, habiendo presentado debidamente la solicitud de participación en el proceso, no consten ni como admitidas ni como excluidas en la relación publicada.

3. No se podrá subsanar la presentación de solicitud fuera de plazo habilitado a este efecto, ni el no pago de la tasa establecida. Las estimaciones o desestimaciones de las solicitudes de subsanación se entenderán implícitas en la resolución de la Dirección General de la Agasp por la que se apruebe el listado definitivo de personas admitidas y excluidas que se publicará en el DOG y en la página web de la Agasp.

El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzgará que se les reconozca a las personas aspirantes la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso.

Cuando de la documentación que deben presentar tras superar el proceso se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieren derivar de su participación.

Personas interesadas en participar en el proceso.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)

Dirección Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Secretaría Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Servizo de Coordinación, Planificación e Selección

Rúa da Cultura, s/n

36680  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 615369305

Fax: 886206110

Email: seleccion.agasp@xunta.gal

https://agasp.xunta.gal/es

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

01/03/2023 00:00 - 28/03/2023 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

As persoas interesadas en participar no proceso deberán posuír na data que finalice o prazo de presentación de solicitudes e manter os seguintes requisitos:

a) Ter a nacionalidade española.

b) Ter feitos os 18 anos e non exceder, de ser o caso, a idade de xubilación forzosa.

c) Estar en posesión do título oficial de grao universitario ou equivalente.

No caso de titulacións obtidas no estranxeiro, deberán posuír o documento que acredite fidedignamente a súa homologación ou a credencial de recoñecemento do título para os efectos profesionais.

d) Non padecer enfermidade ou defecto físico que impida o desempeño das correspondentes funcións.

e) Non ter sido separado/a mediante expediente disciplinario do servizo de calquera das administracións públicas ou dos órganos constitucionais ou estatutarios das comunidades autónomas, nin acharse en inhabilitación absoluta ou especial para o desempeño de empregos ou cargos públicos por resolución xudicial, cando se trate de acceder ao corpo ou escala de persoal funcionario do cal a persoa foi separada ou inhabilitada.

Será aplicable, non obstante, o beneficio da rehabilitación conforme as normas penais e administrativas, que a persoa aspirante deberá acreditar mediante o correspondente documento oficial.

f) Carecer de antecedentes penais por delito doloso.

g) Ser funcionario/a de carreira do corpo de Policía Local nun dos concellos da Comunidade Autónoma de Galicia.

h) Ter en propiedade a categoría de oficial do corpo de Policía Local dun concello da Comunidade Autónoma de Galicia.

i) Estar en servizo activo na categoría de oficial.

j) Contar con una antigüedad mínima de seis años de servicio activo como personal funcionario de policía, computándose también en este caso el tiempo de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia.

  • Inscripción en los procesos selectivos para la selección de los miembros de los cuerpos de la policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local derivada de la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos ( 30.03.04)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

1. Forma y plazo de presentación de solicitud.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, que figura como anexo I a esta convocatoria.

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/Chave365).

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

No se tendrá en cuenta la documentación que no quede debidamente acreditada dentro del plazo de presentación de solicitudes.

2. Tasas.

2.1. Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, como requisito necesario para participar en este proceso, se deberá abonar dentro del plazo de presentación de solicitudes, en concepto de derecho de inscripción, el importe de 33,13 euros y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes.

Para el pago de la tasa se deberá actuar de la siguiente manera:

– Pago electrónico: deberá introducir los datos de la tarjeta de crédito o débito en la opción de pago electrónico y en ese momento obtendrá el justificante 730 correspondiente.

– Pago electrónico-con certificado digital: podrá realizar el pago con cargo a la cuenta de la persona titular del certificado desde la opción de pago electrónico y en ese momento obtendrá el justificante 730 correspondiente.

– Pago presencial: deberá seleccionar esta opción en la solicitud, imprimir el documento de pago (modelo 739) y realizar el ingreso del importe de la tasa en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia, donde se le facilitará un ejemplar sellado como justificante. Una vez hecho el pago presencial en la entidad financiera deberá presentarse con la solicitud de participación en el proceso el justificante sellado por la entidad bancaria.

Los códigos para cumplimentar las tasas son los siguientes:

Consellería: Presidencia, Justicia y Deportes: Código 04

Delegación: servicios centrales: Código 13

Servicio: Academia Gallega de Seguridad Pública: Código 19

Tasa: denominación: inscripción en los procesos selectivos para la selección de personal de los cuerpos de Policía Local de Galicia: Código 30.03.04

La falta de pago de la tasa correspondiente, en su caso, determinará la exclusión en el proceso de la persona aspirante, no siendo posible su subsanación fuera del plazo de presentación de solicitudes.

La presentación del justificante del abono de las tasas no supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso.

2.2. Exención y bonificación en el abono de la tasa.

2.2.1. Estarán exentos del pago de esta tasa por derecho de inscripción:

– Personas con discapacidad igual o superior al 33 %.

– Personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.

2.2.2. Se aplicará una bonificación del 50 % del importe de la tasa:

– Personas que sean miembros de familias numerosas de categoría general.

– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos regulados en este artículo, las personas que sufrieran daños físicos o psíquicos a consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que conviviera con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

Las circunstancias de exención y bonificación deberán ser acreditadas, según el supuesto que corresponda, presentando con la solicitud la siguiente documentación:

– Familia numerosa de categoría general o especial: certificado de familia numerosa de carácter general o especial o carnet familiar en que conste dicho carácter, siempre que no sea expedido por la Xunta de Galicia.

– Personas con discapacidad: tarjeta acreditativa del grado de discapacidad o certificado de discapacidad expedido por el órgano competente en la materia, siempre que no sea expedido por la Xunta de Galicia.

– Víctimas de terrorismo: resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

3. Documentación complementaria.

3.1. Las personas interesadas en participar en el proceso deberán presentar con su solicitud (anexo I) la siguiente documentación:

a) Justificante del pago de la tasa (código 30.03.04).

b) Certificado de familia numerosa de carácter general o especial o carnet familiar en que conste dicho carácter, siempre que no sea expedido por la Xunta de Galicia, en su caso.

c) Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad o certificado de discapacidad expedido por el órgano competente en la materia, siempre que no sea expedido por la Xunta de Galicia, en su caso.

d) Resolución administrativa por la que se reconozca la condición de víctima de terrorismo, en su caso.

e) Relación de los méritos que se acrediten, por cada uno de los apartados de los que consta el concurso según lo especificado en el anexo II.

f) Copias de la documentación acreditativa de los méritos alegados. La documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse en el orden en el que figura cada uno de los méritos en la relación de méritos.

g) Certificado acreditativo de ostentar en propiedad la categoría de oficial en uno de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma gallega, de estar en servicio activo en dicha categoría y contar con una antigüedad mínima de seis años de servicio activo como personal funcionario de policía. Para su cómputo se tendrán en cuenta los períodos durante los cuales la persona funcionaria se encontró en situación de segunda actividad por causa de embarazo o lactancia.

h) Certificado de Celga 4 o equivalente, siempre que no fuera expedido por la Secretaría General de Política Lingüística de la Xunta de Galicia.

3.2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

La consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación presentada por los/las aspirantes se sancionará con la anulación de la solicitud, sin perjuicio de las demás medidas legales que correspondan.

3.3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

3.4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

4. Comprobación de datos.

Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante.

c) Títulos oficiales no universitarios.

d) Títulos oficiales universitarios.

e) Certificado de Celga 4 o equivalente expedido por la Secretaría General de Política Lingüística.

f) Certificado de inexistencia de antecedentes penales.

Se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a) Titulo de familia numerosa expedido por la Administración autonómica.

b) Certificado de discapacidad expedido por la Administración autonómica.

En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

5. Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 85 del 3 de mayo de 2007).

    • Decreto 60/2010, de 8 de abril, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en materia de uniformidad, acreditación y medios técnicos (DOG nº 75 del 22 de abril de 2010).

    • Ley 9/2016, de 8 de julio, por la que se modifica la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 131 del 12 de julio de 2016).

    • Decreto 243/2008, de 16 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 211 del 30 de octubre de 2008).

    • Decreto 77/2010, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 89 del 12 de mayo de 2010).

    • Corrección de errores.-Decreto 77/2010, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 98 del 26 de mayo de 2010).

    • Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 22 del 2 de febrero de 2009)

    • Corrección de errores.-Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 31 del 13 de febrero de 2009).

    • Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local (DOG nº 222 del 22 de noviembre de 2017).

    • Orden de 10 de enero de 2023 por la que se aprueban las bases generales reguladoras y se convoca el proceso selectivo de acceso por el sistema de concurso-oposición previsto en el artículo 38.d) de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en el cuerpo de la Policía Local de Xinzo de Limia, escala ejecutiva, categoría de inspector (DOG nº 28 del 9 de febrero de 2023).

    • Corrección de errores.Orden de 10 de enero de 2023 por la que se aprueban las bases generales reguladoras y se convoca el proceso selectivo de acceso, por el sistema de concurso-oposición previsto en el artículo 38.d) de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en el cuerpo de la Policía Local de Xinzo de Limia, escala ejecutiva, categoría de inspector (DOG nº 39 del 24 de febrero de 2023).

    • Resolución de 17 de marzo de 2023 por la que se nombra al tribunal que deberá calificar el proceso selectivo de acceso por el sistema de concurso-oposición previsto en el artículo 38.d) de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en el cuerpo de la Policía Local de Xinzo de Limia, escala ejecutiva, categoría de inspector, convocado mediante la Orden de 10 de enero de 2023 (Diario Oficial de Galicia número 28, de 9 de febrero) (DOG nº 61 del 28 de marzo de 2023).

    • Resolución de 29 de marzo de 2023 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo de acceso, por el sistema de concurso-oposición, previsto en el artículo 38.d) de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en el cuerpo de la Policía Local de Xinzo de Limia, escala ejecutiva, categoría de inspector (código de procedimiento PR461L), convocado por la Orden de 10 de enero de 2023 (Diario Oficial de Galicia número 28, de 9 de febrero) (DOG nº 68 del 10 de abril de 2023).

    • Resolución de 25 de abril de 2023 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo de acceso por el sistema de concurso-oposición previsto en el artículo 38.d) de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, en el cuerpo de la Policía Local de Xinzo de Limia, escala ejecutiva, categoría de inspector (código de procedimiento PR461L), convocado por la Orden de 10 de enero de 2023 (Diario Oficial de Galicia número 28, de 9 de febrero) (DOG nº 80 del 26 de abril de 2023).

  • Ámbito Estatal
    • Resolución de 9 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Academia Gallega de Seguridad Pública, de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se publica la convocatoria del proceso selectivo de acceso por el sistema de concurso oposición en el Cuerpo de la Policía Local de Xinzo de Limia, Escala Ejecutiva, categoría de Inspector (BOE nº 50 de 28 de febrero de 2023).

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