Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
PR330L
Inscripción de locales de hostelería y/o autorización de instalación y localización de máquinas auxiliares de apuestas.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Hacienda y Administración Pública
Inscripción de locales de hostelería y/o autorización de instalación y localización de máquinas auxiliares de apuestas.
Este procedimiento tiene un doble objeto:
- La inscripción de locales de hostelería en el Registro de Apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia para obtener una autorización de instalación y localización de maquinas auxiliares de apuestas.
- El otorgamiento de una autorización de instalación y localización de maquinas auxiliares de apuestas.
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Secretaría Xeral Técnica e do Tesouro
Subdirección Xeral de Xogo
Servizo de Xogo
Unidade Xogo - A Coruña
Edificio Administrativo Monelos - Praza Luis Seoane, s/n
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981185971
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Secretaría Xeral Técnica e do Tesouro
Subdirección Xeral de Xogo
Servizo de Xogo
Unidade Xogo - Lugo
Rolda da Muralla nº 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294884
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Secretaría Xeral Técnica e do Tesouro
Subdirección Xeral de Xogo
Servizo de Xogo
Unidade Xogo - Ourense
Avda. da Habana, 79 - 6º
32004 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386931
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Secretaría Xeral Técnica e do Tesouro
Subdirección Xeral de Xogo
Servizo de Xogo
Unidade Xogo - Pontevedra
R/ Fernández Ladreda nº 43
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805374
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Secretaría Xeral Técnica e do Tesouro
Subdirección Xeral de Xogo
Servizo de Xogo
Unidade Xogo - Pontevedra
R/ Concepción Arenal, 8 - 1 (Vigo)
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817071
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Para obtener una autorización de instalación y localización de maquinas auxiliares de apuestas es necesario que el local esté inscrito en el Registro de Apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia o en cualquiera de los registros de Juego de esta Comunidad Autónoma o se inscriba en el momento de solicitar la autorización en el Registro de Apuestas.
Podrá inscribirse como local de hostelería en el Registro de Apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia cualquier local que no se encuentre en alguna de las circunstancias descritas en el artículo 54.2 del Reglamento de Apuestas.
a) Si el local de hostelería está inscrito en algún registro de juego de la Comunidad Autónoma de Galicia:
Documento de conformidad firmado por la persona titular del local, por la empresa comercializadora y explotadora y, en su caso, por la empresa operadora de máquinas de tipo B.
Justificante acreditativo del pago de la tasa administrativa correspondiente.
b) Si el local de hostelería no está inscrito en la sección III del Registro de Apuestas
Fotocopia del DNI de la persona titular del establecimiento (en el caso de no autorizar su consulta según el modelo que se adjunta en la hoja 3) o NIF y copia de la escritura pública de constitución en el caso de persona jurídica
Fotocopia del DNI de la persona representante de la empresa comercializadora y explotadora de apuestas, en el caso de no autorizar la consulta e, en su el caso, de la persona representante de la empresa operadora de máquinas B en el caso de no autorizar la consulta.
Fotocopia de la solicitud de licencia municipal de apertura a nombre de la persona titular del establecimiento.
Copia del documento por el que se acredite la realización de una actividad económica de hostelería en el local.
Documento acreditativo de la titularidad o disponibilidad del local.
Documento de conformidad firmado por la persona titular del local, por la empresa comercializadora y explotadora.
Justificante acreditativo del pago de la tasa administrativa correspondiente.
- Inicio
- Solicitud (Anexo XII)
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Ámbito Autonómico
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Decreto 162/2012, de 7 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 148 del 3 de agosto de 2012).
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Orden de 3 de septiembre de 2012 por la que se aprueban los modelos normalizados de solicitudes previstas en el Reglamento de apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 162/2012, de 7 de junio (DOG nº 171 del 7 de Septiembre de 2012).
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Corrección de errores. Orden de 3 de septiembre de 2012 por la que se aprueban los modelos normalizados de solicitudes previstas en el Reglamento de apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 162/2012, de 7 de junio (DOG nº 183 del 25 de Septiembre de 2012).
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Decreto 180/2016, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 162/2012, de 7 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 243 del 22 de diciembre de 2016).
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Ley 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos de Galicia (DOG nº 128 de 6 de julio de 2023), modificada por la Ley 10/2023, del 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
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