Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
PR330D
Inscripción de empresas fabricantes e importadoras de material de apuestas.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Hacienda y Administración Pública
Aprobación del Reglamento de apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia
Este procedimiento se tramitará para inscribir en el Registro de Apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia a todas aquellas empresas que estén interesadas en homologar material de apuestas que se desee comercializar y explotar en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Secretaría Xeral Técnica e do Tesouro
Subdirección Xeral de Xogo
Servizo de Xogo
R/ Pastoriza, 8
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546410/ 981546442
Email: xogosc@xunta.es
Plazo de presentación: Abierto todo el año
a) Estar constituida bajo la forma jurídica de sociedad mercantil, de conformidad con los requisitos establecidos en la legislación mercantil vigente. El capital social deberá estar totalmente suscrito y desembolsado y será como mínimo de 60.000 euros.
b) Tener como objeto social la fabricación o importación de material de apuestas.
c) Ostentar la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea. La participación directa o indirecta de capital extranjero se ajustará a lo establecido en la legislación vigente sobre inversiones extranjeras en España.
d) Tener constituida y depositada una fianza a favor de la dirección general competente en materia de juego, por importe de 15.000 euros.
a) Copia de la escritura pública de constitución y estatutos sociales, así como la acreditación de su inscripción en el registro mercantil y de la identidad y condición de representante de la persona firmante de la solicitud.
b) Copia del NIF de la sociedad.
c) Relación de personas socias y, de cada uno de los socios, el siguiente documento según el caso:
Personas físicas: copia autentificada del DNI o número de documento y firma de la autorización para que sea verificado por la Administración en la base de datos de NIF del Ministerio del Interior.
Personas extranjeras: documento equivalente.
Personas jurídicas: escritura pública de su constitución.
d) Certificado de conducta ciudadana de las persoas socias conforme a la Ley 68/1980, de 1 de diciembre.
e) Relación de las personas con poder de representación de la empresa y plazo de su permanencia en el cargo y el siguiente documento, según el caso:
Personas físicas: copia autenticada del DNI o número de documento y firma de la autorización para que sea verificado por la Administración en la base de datos de NIF del Ministerio del Interior.
Personas extranjeras: documento equivalente.
Personas jurídicas: escritura pública de su constitución.
f) Identificación de los miembros de la junta directiva, consejo de administración, apoderados, cargos gerenciales y de dirección del negocio. Declaración responsable.
g) Original del resguardo del depósito de la fianza.
h) Justificante acreditativo del pago de la tasa administrativa correspondiente.
- Inicio
- Solicitud (Anexo IV)
Plazo de resolución: 2 meses
Sentido del silencio: Positivo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Decreto 162/2012, de 7 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 148 del 3 de agosto de 2012).
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Orden de 3 de septiembre de 2012 por la que se aprueban los modelos normalizados de solicitudes previstas en el Reglamento de apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 162/2012, de 7 de junio (DOG nº 171 del 7 de Septiembre de 2012).
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Ley 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos de Galicia (DOG nº 128 de 6 de julio de 2023), modificada por la Ley 10/2023, del 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
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Otros procedimientos relacionados
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