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Detalle procedemento
PR212D
Certificación de la Inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes
El 18/03/2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Decreto por el que se modifica el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de hecho. Entra en vigor a los 20 días de su publicación, esto es, el 7 de abril del 2025, siendo de aplicación a todos los procedimientos de inscripción, cancelación y de modificación que se inicien a partir de su entrada en vigor.
Certificación de la Inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia.
Parejas de Hecho.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes da Coruña
Servizo de Administración Local e Interior da Coruña
Rúa Vicente Ferrer, nº 2
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981185974
Fax: 881881084
Email: parellasdefeito.pr.coruna@xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Lugo
Servizo de Xustiza e Administración Local de Lugo
Ronda da Muralla, nº 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294205/ 982294262
Email: rexistroparellasdefeito.pr.lugo@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Ourense
Servizo de Xustiza e Administración Local de Ourense
Avda. da Habana, nº 79 - 6º
32004 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386408
Fax: 988386384
Email: parellas.xustiza.ourense@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Departamento Territorial da Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes de Pontevedra
Servizo de Xustiza Gratuita e Administración Local de Pontevedra
Rúa Fernández Ladreda, nº 43 - 9º
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805312/ 986805383
Fax: 986805391
Email: parellasdefeito.pr.pontevedra@xunta.gal
El 18/03/2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Decreto por el que se modifica el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de hecho. Entra en vigor a los 20 días de su publicación, esto es, el 7 de abril del 2025, siendo de aplicación a todos los procedimientos de inscripción, cancelación y de modificación que se inicien a partir de su entrada en vigor.
Plazo de presentación: ABIERTO
De conformidad con la Disposición final única del Decreto 17/2025, de 10 de marzo, por lo que se modifica el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre (DOG nº 53 de 18 de marzo de 2025), el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 7 de abril de 2025 y permanecerá abierto indefinidamente.
A los efectos de aplicación de la Ley de Derecho Civil de Galicia, se equiparan al matrimonio las relaciones maritales mantenidas con intención o vocación de permanencia, con lo que se extienden, por lo tanto, a los miembros de la pareja, los derechos y las obligaciones que esta ley les reconoce a los cónyuges.
Tendrán la condición de parejas de hecho las uniones de dos personas mayores de edad, capaces, que convivan con la intención o vocación de permanencia en una relación de afectividad análoga a la conyugal y que la inscriban en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia.
Documentación para la presentación:
Solicitud normalizada según el anexo V de este Decreto.
Documentación a comprobar por la Administración, salvo oposición de las personas solicitantes, en cuyo caso tendrán que aportarla:
Datos de identidad de las personas solicitantes (DNI/NIE).
Las solicitudes de certificación de la inscripción, deberán contener los datos identificativos de la persona del solicitante y el motivo de la certificación. Cuando el solicitante sea una persona distinta a alguno de los dos componentes de la pareja inscrita deberá indicar si es persona con interés legítimo, cuál es su interés y acreditarlo documentalmente.
Las solicitudes de cancelación de la inscripción a petición de uno de los miembros de la pareja y de certificación se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Opcionalmente, se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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Ámbito Autonómico
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Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG nº 124 del 29 de junio de 2006).
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Corrección de errores.-Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG nº 189 del 29 de septiembre de 2006).
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Ley 10/2007, de 28 de junio, de reforma de la disposición adicional tercera de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG nº 127 del 2 de julio de 2007).
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Decreto 248/2007, del 20 de Diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia(DOG nº 5 del 8 de Enero de 2008).
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Decreto 146/2014, de 13 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia (DOG nº 224 del 21 de noviembre de 2014).
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Decreto 17/2025, de 10 de marzo, por el que se modifica el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia (DOG nº 53 del 18 de marzo de 2025).
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