Guía de procedimientos y servicios

PE401E

Transmisión del permiso de explotación para embarcaciones.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería del Mar

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Si Usted quiere solicitar la transmisión de un permiso de explotación para embarcación deberá hacerlo conjuntamente con la transferencia de la embarcación y luego de la conformidad de la Delegación Territorial de la Consejería de Pesca y Asuntos Marítimos.
Personas físicas o jurícas, titulares de un permiso de explotación.

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica

Subdirección Xeral de Pesca

Servizo de Pesca

RÚA VALIÑO, 63-65

15703  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544072

Fax: 981544740

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

RÚA RAMÓN Y CAJAL, N 2 - 5º ANDAR

15006  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981182029

Fax: 981182027

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Celeiro

RÚA RAMON CANOSA, N 1- CELEIRO

27863  Viveiro  (Lugo)

Teléfono: 982555002

Fax: 982555005

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

RÚA CONCEPCIÓN ARENAL, N 8

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817113

Fax: 986817160

Servizo de Pesca
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

En el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la conformidad por parte de la Jefatura Territorial, el nuevo armador deberá acreditar la efectividad de la transmisión de la titularidad en la explotación de la embarcación con la hoja de asiento de inscripción marítima donde se refleje el cambio de armador. Asimismo, aportará el documento que acredite el alta en el régimen especial de la seguridad social de los trabajadores del mar de la empresa que explote comercialmente el buque y del personal enrolado en este.

Transcurrido el plazo de tres meses sin acreditar este extremo, quedará sin efecto la conformidad otorgada.

  • Expedición o duplicado de permisos de explotación. ( 30.17.01)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

  • Solicitud según el Anexo I.

  • En el supuesto de cotitularidades y/o para la persona actual titular de la embarcación, anexo II.

  • Copia de la escritura acreditativa de la constitución de la sociedad inscrita en el registro mercantil.

  • Copia de los estatutos por los que se rige.

  • Abono de la tasa administrativa.

  • Copia de la hoja de asiento de inscripción marítima certificada literal completa.

  • Copia del rol de despachos y dotación de la embarcación desde la expedición del permiso de explotación y de ser el caso desde la última renovación hasta la fecha de presentación de la solicitud.

  • En aquellos casos en que, como consecuencia de la transmisión, la nueva persona titular de la embarcación solicite cambiar de puerto, deberá indicar el puerto base de destino.

  • Comprobación de datos.

Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y aportar una copia de los documentos.

  • DNI/NIE de la persona solicitante.

  • DNI/NIE de la persona representante.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cuatro meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 425/1993, de 17 de diciembre, por el que se refunde la normativa vigente sobre el permiso de explotación para ejercer la actividad pesquera y marisquera (DOG nº 13 del 20 de enero de 1994).

    • Decreto 48/2013, do 7 de marzo, polo que se modifica o Decreto 425/1993, do 17 de decembro, polo que se refunde a normativa vixente sobre o permiso de explotación para exercer a actividade pesqueira e marisqueira (DOG nº 57 del 21 de marzo de 2013).

    • Orden de 6 de abril de 2004 por la que se regulan los procedimientos de expedición, renovación, traslado y transmisión de los permisos de explotación para embarcaciones (DOG nº 68 del 7 de abril de 2004).

    • Orden de 6 de noviembre de 2009 por la que se modifica la Orden de 6 de abril de 2004 por la que se regulan los procedimientos de expedición, renovación, traslado y transmisión de los permisos de explotación para embarcaciones (DOG nº 224 del 16 de noviembre de 2009).

    • Orden del 28 de Junio de 2004 por la que se regula la autorización de establecimiento y cambio de puerto base de buques (DOG nº 129 del 6 de julio de 2004).

    • Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG nº 243 del 16 de diciembre de 2008).

    • Ley 6/2009, de 11 de diciembre, de modificación de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG nº 243 del 15 de diciembre de 2009).

    • Orden de 22 de abril de 2015 del Vicepresidente y Conselleiro de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza por la que se adaptan e incorporan a la sede electrónica de la Xunta de Galicia los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería del Medio Rural y del Mar (DOG núm. 77 del 24.04.2015).

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