Guía de procedimientos y servicios

PE113H

Bono peixe

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2025 - Plazo cerrado: 11/07/2025 00:00 - 30/10/2025 23:59

Consellería del Mar

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Regular la convocatoria del bono peixe 2025 y la adhesión de los comercios interesados.

Podrán ser personas beneficiarias del bono las personas físicas mayores de edad y residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que realicen las actuaciones establecidas en el artículo 5 de las bases reguladoras.

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica

Subdirección Xeral de Valorización dos Produtos do Mar

Servizo de Mercados

Praza de Europa, 5A 4º

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981069080

Email: servizomercadospesca@xunta.gal

Dirección Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

11/07/2025 00:00 - 30/10/2025 23:59

Plazo adhesión comercios

El plazo para adherirse al programa será desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia hasta el agotamiento del crédito disponible o, en todo caso, hasta el 1 de octubre de 2025, sin perjuicio de su posible ampliación en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Plazo descarga bonos

La descarga de los bonos por las personas usuarias se realizará en la web www.bonopeixe.gal. Los bonos tendrán formato digital a través de un código QR y estarán disponibles para su utilización en una APP que permita realizar pagos (Walet o similar).

Los bonos estarán disponibles en la web www.bonopeixe.gal para su descarga por las personas usuarias a partir del día siguiente al décimo día hábil contado desde la apertura del plazo de adhesión de los comercios, es decir desde el 28 de julio y hasta el 30 de octubre, fecha de fin del programa, excepto en caso de que el importe total de los descuentos efectivamente realizados en compraventas alcance los 2.500.000,00 €.

Mediante orden de la Consellería del Mar se podrán modificar los antedichos plazos si razones organizativas o de otra índole así lo habían aconsejado, dándose la oportuna publicidad.

El programa bonos Peixe en Pescaderías estará vigente hasta el 30 de octubre de 2025.

1. Los comercios minoristas o comerciales minoristas ambulantes que deseen adherirse al programa bonos Peixe en Pescaderías deberán registrarse en la web www.bonopeixe.gal indicando la siguiente información:

  • Nombre y apellidos o razón social

  • Establecimiento comercial o domicilio fiscal en Galicia

  • NIF

  • Nombre, apellidos y DNI o NIE de la persona representante

  • Nombre comercial

  • Dirección del establecimiento o establecimientos comercial participantes

  • Número/números de teléfono móvil a efectos de su uso en la campaña

  • Correo electrónico

  • IAE principal (incluido en el anexo I)

  • IBAN de la cuenta bancaria

  • Página web del establecimiento comercial (en su caso)

En el supuesto de los comerciales minoristas comprendidos dentro del código IAE 663.1, venta ambulante de pescado y marisco, CNAE 4723 Comercio al por menor de pescado y mariscos (venta minorista fuera de local), los datos referentes a la dirección del establecimiento comercial, podrán ser sustituidos por la identificación del vehículo principal utilizado para la actividad comercial.

2. Para la solicitud y la obtención de los bonos, cada persona usuaria deberá darse de alta en la web www.bonopeixe.gal indicando la siguiente información:

  • Nombre y apellidos

  • Mayoría de edad

  • DNI o NIE

  • Localidad de residencia (código postal)

  • Número de teléfono móvil

  • Correo electrónico

1. Los comercios minoristas o comerciales minoristas ambulantes que deseen adherirse al programa bonos Peixe en Pescaderías deberán registrarse en la web www.bonopeixe.gal indicando la siguiente información:

  • Nombre y apellidos o razón social

  • Establecimiento comercial o domicilio fiscal en Galicia

  • NIF

  • Nombre, apellidos y DNI o NIE de la persona representante

  • Nombre comercial

  • Dirección del establecimiento o establecimientos comercial participantes

  • Número/números de teléfono móvil a efectos de su uso en la campaña

  • Correo electrónico

  • IAE principal (incluido en el anexo I)

  • IBAN de la cuenta bancaria

  • Página web del establecimiento comercial (en su caso)

En el supuesto de los comerciales minoristas comprendidos dentro del código IAE 663.1, venta ambulante de pescado y marisco, CNAE 4723 Comercio al por menor de pescado y mariscos (venta minorista fuera de local), los datos referentes a la dirección del establecimiento comercial, podrán ser sustituidos por la identificación del vehículo principal utilizado para la actividad comercial.

2. Para la solicitud y la obtención de los bonos, cada persona usuaria deberá darse de alta en la web www.bonopeixe.gal indicando la siguiente información:

  • Nombre y apellidos

  • Mayoría de edad

  • DNI o NIE

  • Localidad de residencia (código postal)

  • Número de teléfono móvil

  • Correo electrónico

3. Opcionalmente, los bonos se podrán solicitar de manera presencial en la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica y en los departamentos territoriales y comarcales de la Consellería del Mar.

4. Podrán consultarse automáticamente los datos de los comercios o comerciales minoristas incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

  • DNI o NIE de la persona solicitante

  • NIF de la entidad solicitante

  • DNI o NIE de la persona representante

  • Certificado de la AEAT de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE)

  • Alta en el Registro Gallego Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios (REGASA)

En caso de que la persona interesada se oponga su consulta deberá presentar los correspondientes documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

5. Las personas interesadas, o sus representantes, podrán autorizar expresamente a los/las empleados/as para la solicitud y la obtención de los bonos en formato papel. En este supuesto se deberá acreditar la representación expresa por cualquiera medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración responsable en comparecencia personal de la persona interesada ante el/la funcionario/a de la Administración.

Después de presentar

Plazo de resolución:

La resolución de concesión del bono se publicará en la página web oficial de la Consellería del Mar, con indicación de las personas beneficiarias del bono de descuento y el importe de las ayudas concedidas.

Sentido del silencio:

Con el cambio de los bonos en la forma establecida en el artículo 13 de las bases reguladoras, las ayudas se entenderán concedidas.

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 27 de junio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de dinamización e incentivo del consumo de pescado y marisco frescos en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Peixe en pescaderías, y se procede a su convocatoria para el año 2025 y a la apertura del plazo para la adhesión de los comercios (DOG nº 131 de 10 de julio de 2025).

    • Extracto de la Orden de 27 de junio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de dinamización e incentivo del consumo de pescado y marisco frescos en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Peixe en pescaderías, y se procede a su convocatoria para el año 2025 y a la apertura del plazo para la adhesión de los comercios (DOG nº 131 de 10 de julio de 2025).

    • Corrección de errores. Orden de 27 de junio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del programa de dinamización e incentivo del consumo de pescado y marisco frescos en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Peixe en pescaderías, y se procede a su convocatoria para el año 2025 y a la apertura del plazo para la adhesión de los comercios (DOG nº 138 de 21 de julio de 2025).

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