Guía de procedimientos y servicios
Ir á sección pai
Detalle procedemento
PE113G
Selección de una entidad colaboradora para la entrega y distribución de los fondos de las ayudas del programa de dinamización e incentivo del consumo de pescado y marisco frescos en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos pescado en pescaderías.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería del Mar
Regular el procedimiento para la selección de la endidad colaboradora que participará en la entrega y distribución de las ayudas económicas que harán efectivas a través de los bonos pescado en pescaderías de acuerdo con la Orde de la Consellería del Mar por la que se establezca el procedimiento de concesión de estos.
Podrán ser entidades colaboradoras las entidades financieras privadas con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, válidamente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
– Tener oficinas comerciales abiertas, al menos, en los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes de las cuatro provincias gallegas.
– Haber colaborado en la gestión financiera de la Xunta de Galicia en los últimos dos años.
La entidad financiera colaboradora actuará en nombre del órgano concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, entregando y distribuyendo los fondos públicos a los comercios adheridos al programa.
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica
Subdirección Xeral de Valorización dos Produtos do Mar
Servizo de Mercados
Praza de Europa, 5A-4º
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546261
Email: servizomercadospesca@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
17/05/2025 00:00 - 21/05/2025 23:59
El plazo máximo de presentación de las solicitudes será de cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Solicitudes.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, según el modelo que se incluye como anexo II de esta orden.
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las entidades interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria.
Las entidades interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:
– Escritura de constitución/modificación.
– Poder acreditativo de la representación de la persona que firma la solicitud de participación.
– Memoria técnica y toda la documentación que, a juicio de la entidad solicitante, permita a la Administración valorar la solicitud conforme a los criterios objetivos fijados en el artículo 6 de esta orden.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario adjuntar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De manera excepcional, si no se hubieran podido obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
La documentación complementaria se deberá presentar electrónicamente.
Si alguna de las entidades interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.
Las entidades interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias adjuntadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos.
Para tramitar de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la entidad interesada se oponga a su consulta:
1. NIF de la entidad solicitante.
1. DNI/NIE de la persona representante.
2. Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT.
3. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
4. Certificado de estar al corriente de el pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
En caso de que las entidades interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario y adjuntar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la entidad interesada para realizar la consulta.
Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las entidades interesadas que presenten los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta del ciudadano de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Plazo de resolución:
Quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
-
Ámbito Autonómico
-
Orden de 14 de mayo de 2025 por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la entrega y distribución de los fondos de las ayudas del Programa de dinamización e incentivo del consumo de pescado y marisco frescos en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Peixe en pescaderías (DOG nº 93 del 16 de mayo de 2025).
-
Extracto de la Orden de 14 de mayo de 2025 por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la entrega y distribución de los fondos de las ayudas del Programa de dinamización e incentivo del consumo de pescado y marisco frescos en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Peixe en pescaderías (DOG nº 93 del 16 de mayo de 2025).
-
Otros procedimientos relacionados
Inscripción de nuevas organizaciones en el registro de organizaciones de consumidores y usuarios de Galicia.
Abierto todo el año
Ayudas destinadas a los familiares de los profesionales del mar fallecidos en el ejercicio de su actividad.
Plazo abierto: 09/01/2026 00:00 - 15/12/2026 23:59
Ayudas destinadas a la primeira adquisición de un buque de pesca
Plazo abierto: 06/01/2026 00:00 - 05/02/2026 23:59
Permiso de explotación a pie.
Abierto todo el año